Amelia Ruiz Perez preguntó:
Las oraciones causales que mantienen una vinculación directa con el verbo principal no son adverbiales, se clasifican como oraciones subordinadas en función de complemento circunstancial de causa o simplemente oraciones subordinadas causales.
En la gramática tradicional se sostiene que los complementos circunstanciales (CC) son de naturaleza adverbial. De tal planteamiento se concluye que todo CC que no fuera adverbio debe estar adverbializado y que toda oración que contrae oficio de CC es una oración adverbial.
Sin embargo, tal postura no concuerda con los hechos. Si bien los adverbios allí, entonces y así pueden sustituir a los sustantivos de lugar, tiempo y modo (ej. Viene de Madrid→ Viene de allí; Procede del siglo XIX→ Procede de entonces; Se saludaban con amabilidad→ Se saludaban así), la mayoría de los CC que constan de una preposición y de un sintagma nominal no toleran la conmutación por adverbios. Es el caso de los CC de causa, finalidad, instrumento... Por tanto, la función de CC puede aparecer en un contexto desempeñada por: sintagmas adverbiales, sintagmas nominales con distintas preposiciones y oraciones nominalizadas o transpuestas a la categoría nominal por la conjunción que y acompañadas de la preposición correspondiente: ej. se quedó para que termináramos el trabajo.
Basándose en el hipotético paralelismo entre las subordinadas circunstanciales y el CC de las oraciones simples, y en la consideración que asigna al adverbio la función de CC, algunos gramáticos han sugerido una distinción entre adverbiales propias o circunstanciales (tiempo, modo y lugar) y adverbiales impropias o no circunstanciales (el resto), ya que estas últimas, a diferencia de las anteriores, carecen de equivalentes adverbiales.
En cuanto a la causalidad la Nueva gramática de la lengua española (2009: 3599) establece que desde el punto de vista semántico esta abarca cinco relaciones diferentes: causales propiamente dichas, finales, condicionales, concesivas y consecutivas, que manifiestan desde perspectivas diferentes la relación entre la causa y el efecto, inciden en uno u otro contenido. En la causa, esto es, en aquello que desencadena una acción, se fundamentan las oraciones causales, las condicionales y las concesivas: ej. engordas mucho porque comes abundantemente (causa que provoca un efecto); Si comes abundantemente, engordas mucho (condicional, la relación causa-efecto es hipotética puede que se cumpla la causa pero no el efecto, o viceversa); y Aunque comes abundantemente, no engordas mucho (concesivas, negación de la implicación causa-efecto, no se cumplen las expectativas habituales).
En el efecto (o resultado), esto es, en aquello a lo que conduce lo expresado por el verbo principal, se basan las finales y consecutivas: ej. siempre fumo para calmar los nervios (final, efecto de una motivación previa, de algo intencional); La noche era tan oscura que favorecía a los amantes (consecutiva, descripción de un hecho del que se deducen sus consecuencias).
Algunos de los esquemas causales y finales muestran una relación periférica con respecto al verbo de la oración principal, en estos casos su función consiste en relacionar la oración con una serie de significaciones externas (actitud de los participantes de la comunicación, modalidad, entonación), este grupo suele denominarse modificadores oracionales. (Depto. Lingüística, ILL)