Acuse de recibo
El pasado 29 de abril, la joven Grethel Lázara Sieiro Miranda, quien labora en el Instituto de Investigaciones de la Caña de Azúcar (Inica) en La Habana, contó que por asuntos personales, viajó el 26 de marzo de 2020 a ver a su mamá, en Trinidad. Y ya allí, se cerró el transporte interprovincial por la COVID-19. Imposibilitada de regresar a La Habana, comunicó con el director general del Inica, quien aprobó que trabajara a distancia, contra salario.
En agosto, al mejorar la situación epidemiológica, se restableció el transporte, excepto hacia y desde La Habana. Pidió permiso para viajar de Trinidad a Santiago de Cuba y concluir su tesis de Maestría en la Estación Territorial de Investigaciones de la Caña de Azúcar anexa al Inica, en Palma Soriano. Allí laboró cuatro meses, pues al concluir la tesis, y al no poder virar a La Habana, le encomendaron tareas desde el Inica. A fines de diciembre viajó a Trinidad, para retornar a La Habana a inicios de 2021.
En ese período, Grethel solicitó varias veces a Capital Humano del Inica le enviara vía digital un anexo a su contrato laboral para el trabajo a distancia, el cual debía firmar y nunca recibió. El 7 de enero de 2021 cerró de nuevo el transporte interprovincial. Se comunicó con el director general del Inica, quien le dijo que analizarían su caso. Ella le informó que, aparte del transporte, estaba embarazada con alto riesgo, debía guardar reposo. Insistió en su labor en teletrabajo, y ejecutó lo encomendado.
A fines de enero, en su tarjeta magnética no depositaron salario. Reclamó al Órgano de Justicia Laboral, el cual declaró Sin Lugar su demanda, por ausencia al trabajo, y alegando que no había firmado la tarjeta laboral ni el
anexo del contrato de trabajo a distancia, el que ella tanto solicitó y no le llegó. En febrero siguió varada en Trinidad, laborando del mismo modo, e igualmente sin salario. Con el impedimento de viajar a La Habana, no pudo hacer reclamación alguna al Tribunal Municipal.
«¿Cómo firmar un contrato y un anexo ante la imposibilidad de viajar a la capital con un embarazo de alto riesgo obstétrico?, preguntaba. ¿Cómo defender mis derechos ante un Tribunal si existe el mismo impedimento?... Se me ha negado la retribución por mi trabajo y el desempeño de este a distancia, como aporte al país», decía, desde Trinidad.
Responde Yudelvis Álvarez Fonseca por la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que en el enfrentamiento a la COVID-19 se aprobaron medidas para contener al mínimo el riesgo de diseminación. «Si viajó a otra provincia en vacaciones o en disfrute de licencia no retribuida, vencida esta y ante la imposibilidad de reincorporarse por restricciones de viaje y de movimiento de personas, se prorroga o se concede licencia no retribuida,
según el caso, previa solicitud del trabajador o la persona que este designe, según lo previsto en el Apartado Quinto de la Resolución 19 del 22 de mayo de 2020, de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social», dice.
Añade que, si fue autorizada por su jefe al trabajo a distancia por la situación epidemiológica y el impedimento de regresar, corresponde que le abone el salario completo por la labor cumplida, aunque no exista el suplemento al contrato de trabajo firmado por las partes legalizando las modificaciones a este; pues se presume la relación laboral mediante asignación de tareas por el empleador y su cumplimiento por el trabajador, que corresponde controlar a aquel mediante el trabajo a distancia.
Grethel, añade, no precisó el Órgano de Justicia Laboral que supo de la reclamación, y si se cumplieron todos los trámites procesales, incluida la vista pública, la que debió ser ejercida por un representante, como dispone el Reglamento del Código de Trabajo. La demanda ante el Tribunal Municipal se presenta por conducto del Órgano de Justicia Laboral que tramitó la reclamación mediante escrito en original y copia. Y se puede hacer representar por un abogado de Bufete Colectivo, el que dará cuenta al Tribunal de la imposibilidad de asistir a esta, dado su estado de salud y la imposibilidad de regresar a La Habana.