Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Dudas del idioma

Respuestas a las preguntas

palabras claves: escritura de, antropónimos, grafía de, nombres propios

Félix Domínguez preguntó:

Sobre los antropónimos (nombres propios de personas) la Ortografía de la Lengua Española (2010, p. 636) expresa: "Sean nombres de pila o apellidos los antropónimos españoles deben someterse a las reglas de acentuación gráfica de nuestra lengua”.

Por lo tanto, el apellido Domínguez sí debe acentuarse, según establece la regla de acentuación de las palabras llanas. (Depto. de Lingüística, ILL)

palabras claves: nombres propios

America Fuentez preguntó:

Los nombres propios son voces o expresiones que, desposeídas de sentido léxico, se emplean para designar o referirse concretamente a seres, entidades u objetos únicos, individualizándolos. Se caracterizan por escribirse con inicial mayúscula. La nueva Ortografía de la lengua española (2010) señala que no reciben un tratamiento especial que los exima de la observancia de las normas ortográficas, pese a constituir un subconjunto particular dentro del léxico de la lengua. Dentro del inventario tradicional de nombres propios hispánicos, pueden distinguirse aquellos que presentan una única forma asentada en español, ej. Álvaro, Inés (para los que no se consideran correctos el uso de otra ortografía); una o más variantes asentadas que se han fijado en la tradición como igualmente válidas, ej. Jenaro/ Genaro, Elena/Helena (a veces por la conservación de grafías arcaicas, fosilizadas en una de sus variantes: Ximena por Jimena o Leyre por Leire); combinaciones gráfico-fónicas, no presentes en palabras patrimoniales, que aparecen en aquellos nombres recibidos de otras lenguas: Vladimiro o Cuauhtémoc. La creación de nuevas unidades por parte de hablantes que valoran sobre todo la originalidad y el exotismo en el nombre de pila, tiende en la actualidad a la formación de anagramas de nombres ya existentes, ej. Airam, a partir de María, Noslen, a partir de Nelson; la unión de segmentos de los nombres de los progenitores, ej. Alenia, de Alejandro y Tania, Hécsil, de Hector y Silvia, Julimar, de Julio y María; la fusión de varias palabras o de fragmentos de enunciados, ej. Yotuel, unión de los pronombres yo, tú y él. Desde el punto de vista lingüístico, no cabría exigir más requisito a los neologismos antroponímicos que su total adecuación a la ortografía y pronunciación españolas. Por ello, con independencia de la extrañeza que pueden causar en el momento de su acuñación o de cuestiones relacionadas con el gusto personal o social, nombres como Yunisleidi o Dinel son perfectamente admisibles desde un punto de vista ortográfico. En cuanto a si pueden o no presentar faltas de ortografía, se aclara que aunque se deben seguir las normas ortográficas de la lengua en los nombres propios, estos deben ser escritos tal cual aparecen registrados en la inscripción de nacimiento o documento de identidad del individuo, para su empleo en trámites legales. (Depto. Lingüística, ILL)

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