yaimara preguntó:
Las voces endeudamiento y liquidez aparecen registradas en el Diccionario de la Lengua Española, RAE, (2001) con las siguientes acepciones:
endeudamiento. 1. m. Acción y efecto de endeudarse.// 2. m. Conjunto de obligaciones de pago contraídas por una nación, empresa o persona.
liquidez. 1. f. Cualidad de líquido.// 2. f. Comercio. Cualidad del activo de un banco que puede transformarse fácilmente en dinero efectivo.// 3. f. Comercio. Relación entre el conjunto de dinero en caja y de bienes fácilmente convertibles en dinero, y el total del activo, de un banco u otra entidad.
En el caso de la voz liquidez, son la segunda y tercera acepciones las que corresponden al ámbito empresarial y comercial. (Depto. Lingüística, ILL)