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Entrevista on line: Más conocimiento, más lucha

Juristas cubanos respondieron a las interrogantes de los cibernautas sobre el caso de los Cinco

Autor:

Juventud Rebelde

Juristas especializados en Derecho Penal, Civil, entre otras materias, respondieron las dudas de nuestros lectores sobre aspectos relacionados con el caso de los Cinco Héroes, encarcelados injustamente en Estados Unidos, con la premisa de que más conocimiento se traduce en mayor capacidad de lucha y convocatoria.

El Doctor Rodolfo Dávalos Fernández y los másteres Nuris Piñero Sierra, José Candia Ferreira y Jorge Bodes protagonizaron este empeño de los juristas cubanos en medio de las actividades por su día, que se celebrará el próximo 8 de junio.

Los expertos explicaron las violaciones procesales del juicio más largo de la historia jurídica estadounidense hasta ese momento, y evidenciaron que el caso se trató como un problema político más que penal.

Respuestas a las interrogantes:

Carlomagno: Cuba ha reiterado que Obama puede liberar a nuestros compatriotas. Mi pregunta es: ¿esta no sería una decisión estrictamente política? ¿O tendría asiento en la probada injusticia del proceso?

Bodes: Carlomagno, el Presidente de los Estados Unidos de América, como en la generalidad de otros países, tiene facultades para poner en libertad a nuestros compatriotas, mediante el indulto administrativo, que por supuesto es una decisión política, aunque a pesar de ello puede continuar con su propaganda de que los sancionados son espías y el resto de las mentiras que han elaborado, a pesar de que sabemos, y se ha confirmado, que han existido y existen, violaciones de los derechos humanos, del debido proceso penal y de las garantías y derechos de los sancionados.

Candia: Carlomagno: La decisión de liberar a nuestros compatriotas no necesariamente tiene que basarse en la probada injusticia del proceso, aunque siempre ello estaría implícito, pero públicamente pudiera justificarse por razones humanitarias o como un gesto para el cambio de las relaciones con el Gobierno cubano; es muy difícil que, de acceder al indulto, el gobierno norteamericano reconozca que se hace en virtud de que ha sido un proceso injusto, viciado y orquestado con el fin de desacreditar a Cuba y enviar un mensaje de intolerancia hacia los actos que nuestro país está obligado a realizar para defenderse de las agresiones de la mafia terrorista que tiene refugio en Miami.

Jesús: Es muy importante que se trate este tema. Porque hay desconocimiento, al menos de mi parte, del tema legal en este caso. ¿Exactamente en qué posición están nuestros hermanos Tony, Ramón y especialmente Gerardo? Si pudiesen los especialistas detallar los casos en la medida de lo posible.

Prof. Rodolfo Dávalos: Desde el 2011 se presentó en el caso de Gerardo Hernández, una apelación colateral, también conocida como procedimiento o recurso de Habeas Corpus, al amparo de la Sección 2255 del Código de Procedimiento Penal Federal de EEUU, que autoriza esta acción por una sola vez a un sancionado, cuando surgen nuevas evidencias que puedan demostrar violaciones constitucionales de los derechos de los acusados. Posteriormente, como según la Ley el término para esta acción es de un año, contado a partir del conocimiento de las nuevas evidencias, se presentaron también Habeas Corpus para Ramón y Tony.

La acción se fundamenta en el hecho de haberse conocido que un grupo de periodistas en Miami fueron pagados por el Gobierno (la Fiscalía) para publicar artículos, noticias falsas y comentarios tendenciosos sobre los CINCO, llamándoles tendenciosamente «espías», con el objetivo de confundir a la opinión pública en la Florida e influir en los jurados. Solo durante el proceso se publicaron 1111 artículos de esta naturaleza, a razón de cinco diarios (casualmente, uno por cada acusado). Este hecho, debidamente probado, es una flagrante violación constitucional, porque permite que la maquinaria propagandística gubernamental y los fondos a ella destinados, se utilice en un proceso, donde el mismo gobierno (la Fiscalía) está obligado a probar la culpabilidad de los acusados. Es una violación de la integridad del juicio, de la quinta y sexta enmienda de la Constitución de EEUU, que tutelan, respectivamente, el derecho de todo acusado al debido proceso legal y a un juicio justo con un jurado imparcial.

De esta solicitud se dio traslado a la Fiscalía, la que se opuso, la defensa presentó su réplica, también contestada por la Fiscalía y se pidió una audiencia o vista oral para sostener los argumentos, lo que está pendiente de decisión por misma jueza que llevó el proceso en el Distrito Federal de Miami Dade, Joan Lenard.

Mariela: Legalmente hablando ¿qué acciones puede tomar un ciudadano para ayudar en la causa de los Cinco?

Nuris: Dirigirse al presidente Obama, denunciando el arbitrario e injusto proceso criminal seguido contra los Cinco, al no tener pruebas las autoridades estadounidenses que permitieran encausarlos. Denunciar en todos los foros y organismos internacionales el caso, reiterando lo ya expresado por el Grupo de Detenciones Arbitrarias en mayo de 2005, cuando catalogaron el proceso como arbitrario. Insistir en la Decisión del XI CIRCUITO, del 9 de agosto del 2005, mediante la cual el Tribunal se pronunció por un Nuevo Juicio, ante la falta de garantías, en particular del debido proceso y el derecho a la defensa.

Sachiel: ¿Pueden sumarse más abogados al grupo legal, incluyendo acciones legales desde otros paises? ¿Por qué el Habeas Corpus no ha funcionado en los cinco casos? ¿Puede legalmente alguno de los cinco, o los cinco, establecer demanda contra el sistema judicial norteamericano por daños y perjuicios y reclamar indemnización moral y material?

Nuris: El proceso penal ya concluyó. El habeas corpus, es un proceso extraordinario, interpuesto ante la Jueza de primera instancia que les juzgó. Ramón, Antonio y Gerardo, cuentan con abogados de acuerdo a lo establecido. Los abogados de otros países pueden sumarse a la denuncia, reiterando la responsabilidad civil por actos ilícitos en que viene incurriendo el Gobierno de los Estados Unidos al permitir que sus funcionarios y autoridades realicen acciones carentes de legalidad en este caso. Resaltar la vulneración de la Ley de Neutralidad Americana que obliga a no permitir que se realicen o financien acciones militares desde EE.UU. contra un Estado, con el cual el Gobierno de Estados Unidos, no tiene una declaración formal de guerra. Lejos de accionar como corresponde el Gobierno de los Estados Unidos ha permitido la impunidad de delincuentes comunes que vienen realizando actos terroristas contra Cuba desde su territorio.

En la actualidad se mantienen en trámites tres habeas corpus, interpuesto el primero a favor de Gerardo Hernández Nordelo en octubre del año 2010 y posteriormente los presentados a favor de Ramón Labañino y Antonio Guerrero. La ley no estipula un término para que la Jueza ofrezca su Decisión sobre los habeas corpus. Es evidente que Justicia demorada, no es justicia.

Nadia: Desde 1998 hasta 2001 estuvieron en el proceso contra los Cinco. ¿Cómo fue eso posible, tanto tiempo para demostrar nada y al final hicieron lo que ellos quisieron? Me refiero a la Fiscalía.

Bodes: Estimada Nadia, es como tú dices. Este es un proceso político, manipulado, en el que el gobierno de Estados Unidos pagó a periodistas para crear un clima de parcialidad contra los cinco acusados de un inventado cargo de espionaje, que no existió, pues desde el punto de vista legal no se demostró que los acusados estuvieran recopilando información que afectara o pudiera emplearse contra la seguridad de los Estados Unidos, ellos estaban buscando información de las actividades terroristas que desarrollaban desde el territorio de ese país un grupo de extremistas, e incluso esa información le fue facilitada al gobierno de Estados Unidos por Cuba, y lejos de perseguir y confirmar lo que se le entregó, lo que hicieron fue detener a los antiterroristas que procuraban esa información.

La Fiscalía en este juicio, lo que hizo fue presionar y emplear subterfugios jurídicos para calificar como delitos los actos antiterroristas de nuestros cinco compañeros, por eso demoraron el proceso, violando así uno de los principios del derecho procesal penal, que es la agilidad, y al final quebrantaron el derecho calificando como delitos, actos que no lo integran. Fue, y es, un proceso legal, viciado por la posición política del gobierno, es un proceso político.

Candia: Nadia: La Fiscalía actúa en el ejercicio de su función de persecución de los delitos, según instrucciones de los gobiernos respectivos, expresadas en políticas generales o en instrucciones concretas para determinados casos. En el caso de los cinco cubanos, con evidentes implicaciones y fines de orden político por su incidencia en las relaciones agresivas del gobierno de los EEUU con Cuba, la Fiscalía puso todo su empeño en demostrar que los agentes cubanos realizaban una actividad que resultaba un peligro para la seguridad nacional de los EEUU. Cuando fueron detenidos en septiembre de 1998, se les acusó de actuar como agentes del gobierno cubano que no se habían registrado legalmente en los EEUU, así como por falsificación de documentos de identidad y otros delitos menores; sin embargo, meses después se fabricó la acusación por un presunto delito de conspiración para cometer espionaje y más adelante se agregó contra Gerardo el cargo de conspiración para asesinato, de modo que se justificara la solicitud de severísimas penas contra los acusados. Estos graves cargos prosperaron y dieron lugar a las injustas condenas que aún sufren tres de los cinco, debido no solo a la presión del gobierno y a los prejuicios existentes en cuanto a Cuba y lo que provenga de nuestro país que predomina en los EEUU, sino especialmente porque el juicio se llevó a cabo en la localidad de Miami, que es el centro de la actividad anticubana en ese país y tanto la jueza, como los miembros del jurado e incluso muchos testigos que comparecieron en el juicio, se sentían en alguna medida intimidados por la posible reacción de la mafia anticubana respecto a cualquier cosa que pudiera beneficiar a los acusados. Pero además, estuvieron sometidos a una campaña propagandística articulada en el sur de la Florida (mientras la gran prensa estadounidense silenciaba el proceso de los cinco) dirigida a crear un ambiente hostil hacia los acusados y a presentarlos como criminales peligrosos, cuando en realidad estaban allí para combatir a los verdaderos criminales, sin haber realizado nunca ningún acto violento o dañoso para los EEUU o sus ciudadanos.

Mirna: Según un principio universal de Derecho, toda persona es inocente salvo que se demuestre lo contrario y es obligación del acusador presentar las pruebas o evidencias necesarias para demostrar la culpabilidad del acusado. Esto no sucedió con Gerardo. ¿Podríamos decir que el juicio está inconcluso, que aún le deben justicia? ¿Cómo es posible entonces que lo mantengan preso los del Gobierno de Estados Unidos?

Nuris: El principio Universal relativo a la presunción de inocencia, rige en el sistema federal criminal de los Estados Unidos, siendo un estándar obligado probar la culpabilidad que se imputa más allá de toda duda razonable. Esta obligación que tutela la relación entre el principio de oportunidad y el de legalidad, se viola respecto a todos, enfatizando el carácter político del proceso criminal a que fueron sometidos. El cargo relativo a la conspiración para cometer asesinato, fue en particular un montaje de la Fiscalía en representación del Gobierno de los Estados Unidos porque para que alguien pueda ser procesado bajo este delito, el hecho tiene que haber ocurrido en territorio estadounidense o en aguas internacionales y al negar la información de los radales estadounidenses, sobre los que alegaron no funcionaron el 24 de febrero del 1996, no aportar la bitácora del Buque, que refirieron vio en altamar una explosión, y ocultar la información del satélite de los Estados Unidos, ocultan la verdad material respecto a este hecho para encubrir la falta de jurisdicción y competencia de ese Tribunal, en atención a que la decisión de las dos avionetas que violaron el espacio aéreo cubano, fue una decisión soberana del Estado Cubano, en la cual Gerardo, no tuvo nada que ver, habiendo quedado demostrada su inocencia real en esos hechos. Debe recalcarse que oportunamente las autoridades cubanas informaron a las estadounidenses que no permitirían más violaciones de su espacio aéreo, lo que fue declarado por expertos estadounidenses en el juicio. Las avionetas que sobrevolaron el espacio aéreo cubano, violaron no solo leyes internacionales y cubanas, sino también las propias estadounidenses pero Basalto, líder de este hecho, permanece gozando de total impunidad.

El juicio concluyó pero el poder judicial provocó el desequilibrio entre Justicia y Derecho, demostrando el carácter político de este caso, donde existe responsabilidad del Gobierno de los Estados Unidos por los actos ilícitos realizados por sus funcionarios contra el pueblo de Cuba, viniendo obligados a ofrecer el remedio para semejante agravio. De ahí que se impone la inmediata libertad de Gerardo, Ramón y Antonio si pretenden salvar la honra del pueblo de los Estados Unidos. Ramsey Clark, ex fiscal general de Estados Unidos, dijo recientemente, que si fuera el Fiscal del caso, de inmediato remitiría comunicación a la Jueza, levantando los cargos y ordenando la inmediata libertad.

Mantienen en prisión aún a Gerardo, Ramón y Antonio porque este es un caso político y solo la opinión pública internacional y en particular de los Estados Unidos hará posible que sean liberados. No podemos esperar a que Antonio y Ramón cumplan el tiempo que deben permanecer en prisión y menos permitir que Gerardo permanezca toda su vida en esa cárcel.

Jmjp: Es indudable que la lucha por la liberación de los 5 se ha internacionalizado a tal magnitud que creo que hoy en cada rincón del mundo hay un movimiento por la liberación de los mismos, sin embargo dentro del propio estados unidos, quizás sea donde mayores actividades se realizan en pos de esta causa y por lo que sé el gobierno ha hecho caso omiso a este reclamo. Mi pregunta es ¿existe algún acción jurídica por el grupo de abogado de los 5, con alguna posibilidad de que se atienda nuevamente este caso, fundamentalmente el caso de Gerardo?

Prof. Rodolfo Dávalos: JMJP: Ver la respuesta que acabo de dar a Jesús, en ella se explica el Habeas Corpus, que es la única acción jurídica o alternativa legal que queda en este largo y amañado proceso.

Roberto: ¿Por qué el enunciado afirma que el juicio es más político que penal?

Prof. Rodolfo Dávalos: Por la acción manifiesta y constante del gobierno de EE.UU. en el proceso, que distorsionan y violan los derechos de cualquier acusado, y han originado hechos y violaciones nunca vistos en un proceso legal. Desde casi la detención misma, aún sin cargos jurídicamente formulados, los Cinco fueron llevados a celdas de castigo, llamadas el hueco, y en ellas permanecieron durante 17 meses, sin contacto alguno con los familiares, con el objetivo de ablandarlos y que confesaran un delito que no cometieron. Luego fue invocada y aplicada una Ley sobre secretividad de documentación, llamada CIPA (Clasified information procedure act - ley de procedimiento de información clasificada) para entorpecer el acceso a la evidencia; pagados periodistas por el Gobierno para hacer una propaganda tendenciosa contra los Cinco durante el proceso, y llevado a cabo un juicio con violaciones manifiestas de la Constitución de EE.UU., la ley estadounidense y el derecho internacional. Se ha negado el derecho a la visita de las esposas de Gerardo, como se le negó a la de René, se han entorpecido visitas familiares.

En definitiva porque son inocentes de los delitos imputados, que solo la acción y presión del gobierno puede mantener. Los Cinco no tuvieron acceso a documento alguno clasificado, ni esa era su intención, no penetraron en agencias estatales, no obtuvieron ni buscaron información secreta, protegida por la ley o el gobierno de EE.UU. Los Cinco solo penetraron organizaciones terroristas que planeaban acciones contra Cuba. Las pruebas de quienes son los terroristas y dónde estaban y qué hacían, obtenidas por los Cinco, fueron entregadas por el MININT de Cuba al FBI, y la respuesta fue detener a los Cinco. Lo más que podía hacer un gobierno que se respete es deportarlos por no haber declarado el propósito de su estancia en EE.UU. Pero eso no es espionaje, ni conspiración para cometerlo. La injusticia e ilegalidad es manifiesta y solo puede sostenerse por la acción permanece del Gobierno de EE.UU. Es un castigo a Cuba y a su pueblo, por el hecho de ser dignos.

Ramiro: Concretamente, ¿cuáles fueron las violaciones cometidas en el proceso contra los Cinco?

Prof. Rodolfo Dávalos: Hay decenas de violaciones. Todo el proceso mismo es una gran violación constante, Permanente, generalizada, donde se suceden unas tras otras las violaciones legales de un proceso penal cualquiera en EEUU.

Le diré solo unas cinco:

1. Hay un principio de Derecho, que viene desde Roma, que reza: nullum crimen ni pena, sin previa lege penale, ello quiere decir que no hay delito, ni pena sin una previa ley penal que tipifique ese hecho y lo sanciones. Los 5 no cometieron espionaje, ni conspiraron para cometerlo, pues el espionaje según la ley de EEUU es buscar y obtener (o tratar de hacerlo) información clasificada, protegida por el gobierno, que de conocerse por personas no autorizadas pueden causar un daño o lesión grave a la defensa, seguridad o intereses del Estado y la nación.

Los Cinco solo penetraron organizaciones terroristas que planeaban atentado y acciones contra Cuba, nunca una agencia o Departamento del gobierno de EEUU, no tuvieron acceso, ni buscaron, ni era su propósito acceder a ello. No hay espionaje por esa acción, de acuerdo a la ley, ni conspiración para cometerlo.

2. Acusados de un delito que no cometieron, nada más ser detenidos fueron llevados celdas de castigo, es un establecimiento penitenciario, eran acusados, no sancionados, no habían cometidos ninguna violación del régimen penitenciario y sin embargo los mantuvieron allí, en el llamado hueco, durante 17 meses, para aislarlos, ablandarlo, hacerlos confesar e impedir una defensa adecuada. Violación de la octava enmienda de la Constitución de EEUU que prohíbe los tratos crueles e inhumanos.

3. Se pidió no celebrar el juicio en Miami, ciudad detenida en el tiempo, invadida por un odio ancestral contra Cuba revolucionaria, el único lugar del mundo donde era imposible juzgar imparcialmente a cinco agentes cubanos (ser agente no es ser espía). Se negó ese derecho sin embargo, poco después la propia Fiscalía demandada por el agente Ramírez de Inmigración, por un supuesto perjuicio sufrido cuando el caso del niño Elián, planteo, solicitó y obtuvo del mismo tribunal en Miami que la sede del juicio fuera transferida a otro lugar, bajo el argumento que era imposible juzgar en Miami un hecho vinculado con Cuba... Violación de la sexta enmienda de la Constitución, falta de un jurado imparcial.

4. Se pagaron periodistas por el gobierno para publicar durante la celebración del proceso, artículos, falsa noticias, y notas tendenciosas sobre los 5, llamándoles espías, y atribuyéndoles supuestas acciones terroristas, todo ello pagándoles del dinero del gobierno, con el objetivo de crear un ambiente más desfavorable aún sobre los acusados e influir en los jurados. Violación de la quinta enmienda de la Constitución, falta del debido proceso legal.

5. Se pidió por la Fiscalía (el gobierno) y se aceptó por la Jueza que el proceso se celebrara bajo CIPA (clasified information procedure act o ley de procedimiento de información clasificada), con el objetivo de clasificar como secretas toda la evidencia e impedir o dificultar el acceso a ella por los acusados y sus abogados, cuando no había un solo documento secreto o clasificado. Violación de la ley procesal estadounidense, del acceso a la evidencia o discovery, y del debido proceso legal.

Hay decenas, violaciones de Derecho penal, constitucional, procesal, internacional y de familia (como el derecho a la visita de las esposas de Gerardo y René, constantemente denegado), pero haría muy larga esta respuesta.

Rubén: James Carter, ex presidente de Estados Unidos, dijo: Creo que la retención de los Cinco cubanos no tiene sentido, ha habido dudas en los tribunales de EE.UU. y también entre las organizaciones de derechos humanos en el mundo. Para mí tiene razón. Pero sería bueno conocer el basamento legal de esta afirmación, todo lo posible.

Nuris: Carter en el informe sobre su última visita a Cuba, expresó que Obama conocía su opinión sobre el caso antes y después de su estancia en La Habana y que doce años, en aquel entonces era mucho tiempo para permanecer en prisión.

Tanto Carter como el Grupo de Detenciones Arbitrarias, Amnistía Internacional y la propia Corte del XI CIRCUITO, corroboraron que el proceso careció de las garantías constitucionales establecidas en la V Enmienda de los Estados Unidos sobre el debido proceso y en la VI Enmienda, respecto al derecho a la defensa y al juicio justo y al jurado imparcial. Garantías que incorporan a la Constitución de los EU derechos establecidos en la Declaración de Derechos Humanos de Naciones Unidas y que no han sido respetadas en el caso de los Cinco, a pesar de encontrarse obligado a ello.

La manipulación de la evidencia, negándola a los Cinco y sus abogados bajo la aplicación de la Ley de Procedimiento de la Información Clasificada y por otra parte entregándola tergiversada a periodistas y medios de la opinión pública de la Florida, contratados ilegalmente por la Fiscalía, demuestra cómo se han venido burlando de la ley las autoridades de los EU respecto al caso de los Cinco. Este extremo es uno de los que se mantiene como argumento de los habeas corpus y acusa una violación como expresé antes de las garantías del debido proceso y del derecho a la defensa. Es a su vez, una muestra de la ausencia de los elementos para enjuiciar a ninguno de los Cinco y el carácter político que ha tenido por casi ya 16 años este caso. De ahí que prestigiosos juristas estadounidense como Arthur Heitzer hayan escrito a Obama, exigiendo respeto a la Ley y un juego limpio como le exige Arthur.

Líderes religiosos de Estados Unidos han solicitado también al Presidente de los Estados Unidos la libertad de los Cinco, argumentando no solo las violaciones legales, sino también el sufrimiento y las torturas sufridas por los familiares.

Gaby: Hay una reciente moción del Gobierno estadounidense para eliminar una parte sustancial del habeas corpus de Gerardo. ¿Qué significado tiene esto? ¿Cómo actuar en este caso?

Nuris: La Fiscalía en representación del Gobierno de los Estados Unidos se opuso a los argumentos presentados por la defensa en su Memorandum de Ley en relación a la contratación ilegal de los periodistas, y al ocultamiento de la evidencia respecto al delito que imputan a Gerardo sobre la conspiración para cometer asesinato por el derribo de dos avionetas el 24 de febrero de 1996. En la réplica la defensa recalcó como estas violaciones constitucionales incidieron en el caso. En las restantes Mociones presentadas por la defensa sobre la necesidad del obligado descubrimiento de la evidencia y la celebración de audiencias con ese propósito, el Gobierno se ha opuesto y ello significa que no tienen elementos de valor que puedan demostrar culpabilidad de Gerardo. La ley les obliga a mostrar tanto la evidencia inculpatoria como la exculpatoria. No hacerlo es una demostración de fuerza y de violación al Estado de Derecho que dicen ser.

Es imprescindible dar continuidad al proceso legal, conocido como habeas corpus a través del cual se han realizado las argumentaciones, tanto sobre la inocencia real de Gerardo, así como del impacto de la ilegal contratación de los periodistas hasta obtener una opinión de la Jueza, realizando cuántos recursos puedan requerirse, al propio tiempo es necesario mantener informada a la opinión pública internacional sobre este caso, porque cuando los hombres y mujeres honestos profundizan en el conocimiento del injusto y arbitrario proceso a que han sido sometidos los Cinco, se suman al reclamo por su libertad.

Leonel: Jurídicamente hablando, ¿es posible un canje de prisioneros con Estados Unidos? En Cuba está el agente confeso y subversivo de Alan Gross, por ejemplo.

Candia: Leonel: En propiedad no existe un convenio internacional ni bilateral entre Cuba y EE.UU. referido a intercambio de sancionados; esto es una práctica que aislada y selectivamente se ha llevado a cabo entre los Estados, de conformidad con determinados intereses políticos y humanitarios. La posibilidad de un intercambio, en principio, no está excluida, al menos no por parte del Estado cubano que ha expresado la posibilidad de conversar al respecto con representantes de los EE.UU., sobre la base de los principios de igualdad soberana y reciprocidad.

Sin embargo, nuestra lucha debe estar dirigida a que se rectifique la arbitrariedad y la injusticia en el caso de nuestros compatriotas, mediante el perdón o indulto presidencial, ya que las gestiones en el terreno judicial están prácticamente agotadas (del actual recurso de habeas corpus pendiente desde finales de 2010, solo puede esperarse quizás alguna disminución de las condenas, pero es improbable que sean anuladas) por lo que solo queda exigir la adopción de una decisión política, es decir, que el presidente de los EE.UU., de acuerdo con sus facultades legales, ponga fin a este injusto encierro.

Pepe: ¿Cree ud. que si Cuba libera unilateralmente a Alan Gross los americanos no recibirían la medida como sorpresiva y progresiva para ellos soltar a nuestros héroes?. ¿Qué sucedería si ese señor fallece en Cuba? ¿Eso no provocaría una crisis en este asunto, teniendo en cuenta que ese señor tiene casi 65 o mas años?

Nuris: La detención de Alan Gross como la de los Cinco es una responsabilidad del Gobierno de los Estados Unidos. Gross fue contratado para realizar en Cuba, actos que son sancionados por la ley, lo cual es de claro conocimiento de las autoridades que le contrataron. Respecto a los Cinco, el Gobierno de los EE.UU. permitió que se organizaran y financiaran desde la Florida acciones terroristas contra Cuba, facilitando la impunidad de quienes realizaron esos actos, violando la ley de Neutralidad Americana. Los Cinco al ofrecer información sobre los planes de las organizaciones de derecha en EE.UU. contra Cuba, no cometieron delito, solo actuaron en defensa de la paz y tranquilidad ciudadana del pueblo cubano.

Gabriel García Márquez realizó una intermediación a solicitud de Fidel Castro con Clinton, comprometiéndose Clinton a brindar cooperación al Gobierno de Cuba para evitar las acciones terroristas, una delegación del FBI, en junio de 1998, en representación del Gobierno de EE.UU. garantizó que accionarían para poner freno a esos actos, sin embargo lo que ocurrió fue la detención de los Cinco, en septiembre de 1998.

En Derecho Internacional Público, el Estado que provoca el agravio, tiene que ofrecer el remedio. Eso lo conocen todos los Gobiernos y en particular el de EU. Por tanto, es una responsabilidad del Gobierno de Estados Unidos la libertad de Alan Gross y la de los Cinco.

Despedida de los juristas:

Luego de más de dos horas de diálogo, el Doctor Rodolfo Dávalos Fernández y los másteres Nuris Piñero Sierra, José Candia Ferreira y Jorge Bodes se despiden de nuestros lectores:

Gracias por el interés demostrado en el caso de los Cinco, se trata de una manifiesta injusticia que debe mover a todo hombre o mujer digno, sin distinción, a sumarse a la causa, en ella no hay trabajos pequeños, todo puede ayudar. Hay que hacer conciencia ciudadana de la magnitud de la injusticia, hay que reclamar la libertad de los patriotas, pero no como el que pide perdón o clemencia, sino proclamando su inocencia, denunciando las violaciones legales del amañado proceso, exigiendo la inmediata libertad de Gerardo, Ramón y Tony.

A René y a Fernando no les regalaron nada, ni un día, cumplieron su injusta e ilegal condena hasta el último día que les tocaba de acuerdo con la Ley.

Defender a los Cinco, proclamar su inocencia y exigir su inmediata libertad es un acto patriótico, una obligación moral y ética de todo cubano y de todo hombre o mujer dignos del mundo. Nuestra accion debe estar encaminada a sumar voluntades, especialmente en la esfera internacional y dentro del propio pueblo estadounidense. Hay que romper el Muro de Silencio y hacer llegar a la Casa Blanca el reclamo de libertad.

El próximo domingo 8 de junio, culmina la Jornada por el Trabajador Jurídico, cumpliéndose además 13 años del veredicto de culpabilidad para los Cinco. Los juristas cubanos consideramos que la causa a favor de la libertad de los Cinco, es cuestión principal para todos aquellos que tenemos vocación por la Justicia y estamos a favor del respeto al Derecho ajeno.

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