Acuse de recibo
El pasado 4 de agosto, desde el municipio de Holguín, Enma Luisa Chiong, veterana maestra que se jubiló antes de la última reforma salarial, refería que con ella muchos de los que se habían ido del sector en busca de mejores salarios retornaron, laboraron un año y se jubilaron con el salario nuevo, con pensiones mucho mayores que las que perciben hoy los jubilados de antes, que solo recibieron un aumento modesto, aun cuando muchos siguieron en el aula ante la falta de maestros.
«La diferencia es enorme, decía, ellos con 4 800 pesos y nosotros con 2 500. No es justo y debe revisarse. Los que nos mantuvimos trabajando en las aulas en el momento de retirarnos debemos ganar lo mismo. Porque todos hacemos lo mismo. Incluso, nosotros más, pues nunca nos fuimos, y ayudamos a garantizar maestros en las aulas.
«Nos dicen que ya nos ayudaron, pues nos van a incrementar el dos por ciento del salario actual por cada año de reincorporación; o sea, cien pesos como máximo. Eso es insuficiente con lo que perciben los que hoy se están jubilando y tienen la misma edad y el mismo tiempo de trabajo que nosotros. No es justo ni agradecido con tantos maestros viejos que aún estamos al frente de un aula».
Similares juicios reveló aquí desde el propio Holguín Armando Domínguez Barrios, maestro jubilado con 70 años de edad y 50 ininterrumpidos de labor: «Es necesaria una revisión para los que aún estamos en las aulas y nunca nos fuimos, y no tenemos el mismo derecho que quienes se jubilan hoy, solo porque un año antes de la reforma tramitamos nuestra jubilación», decía.
Responde Benito Rey González, director de Pensiones del Inass, que se respondió a ambos, «explicando que desde el inicio de la aplicación de la legislación que implementa el proceso de Ordenamiento Monetario, en el aspecto relacionado con la transformación de la distribución de salarios y pensiones y lo referido a estas últimas, se vienen recibiendo múltiples y variados criterios, así como propuestas en cuanto a la escala aprobada por la mencionada Resolución, método utilizado en el país para revalorizar estas prestaciones monetarias».
Apunta que aparte de las rectificaciones que puedan hacerse, en las que se valoran criterios de los beneficiarios y de la población, debe tenerse en cuenta que la seguridad social en Cuba es consecuencia del derecho de trabajo. En caso del régimen general que abarca a los asalariados, la cuantía de la pensión depende del salario que se percibe en el momento que se concede.
«No es posible, aduce, elevar las pensiones concedidas acorde a dichos salarios, por un problema económico y la irretroactividad de las leyes. Además, la Seguridad Social en nuestro modelo económico debe contener determinados principios, tales como solidaridad social, integridad, equidad y otros que necesariamente tienen que armonizar con el aspecto económico».
La fuente fundamental de financiamiento de las pensiones, dice, es la contribución del empleador, ascendente a un 12,5 por ciento de la nómina salarial, la contribución individual del trabajador y de los sujetos protegidos por los regímenes especiales. Esta contribución, que forma parte de los ingresos del Presupuesto Nacional, no es suficiente para cubrir el gasto de las pensiones, por lo que el Estado asume la diferencia, y actúa así el aporte estatal, como una variable que garantiza el equilibrio del Sistema.
«Se respetan y agradecen los criterios y propuestas que contribuyan a valorar decisiones en un tema tan sensible y complejo como es la Seguridad Social y que, a su vez, armonicen los intereses de las generaciones que con su saber y esfuerzo han participado en la formación de quienes hoy día tienen la responsabilidad de dirigir los destinos del país. Estimamos que sus alegaciones, aun cuando llevan razón, no son de solución mediata, y requerirán de una homologación compensatoria o revalorización de las pensiones, trabajo preparado y listo a ejecutar cuando las circunstancias y el contexto del país lo permitan».