Acuse de recibo
Los calvarios que atraviesan clientes para hacer efectivas las garantías de una compra son viejo asunto en esta columna. Pero no queda otra opción que volver sobre ellos cuando uno recibe misivas como la de Eloy René Morales (Asunción No. 401, entre Lebredo y Roloff, Guanabacoa).
Relata el capitalino que su esposa y él, ambos septuagenarios, compraron hace apenas seis meses una lavadora, con garantía por un año. Finalizando el mes de febrero dejó de funcionar el aparato (tanto la lavadora como la centrífuga), y llamaron, el día 24 de ese mes, al taller que debía solucionar el asunto, en Alamar.
«Nos atendió el técnico Richard. Le explicamos la rotura que presentaba el equipo, y este nos dijo que no tenían transporte para visitarnos. Mi esposa pidió hablar con la administradora (Evelyn), y esta ratificó que no tenían transporte y que debían hacer el reporte. Cuando nos disponíamos a hacer el reporte, en conversación nuevamente con el técnico, nos dijo que debíamos hacerlo personalmente, en el taller de Alamar», rememora el veterano. De tal forma que aparte del disgusto de la rotura, se avecinaban al menos dos viajes hasta Alamar: uno para reportar el daño y otro, con un carro alquilado, para llevar la lavadora.
Inconforme con tal sobrecarga, los propietarios del equipo llamaron a la Oficina de Atención al Cliente del Centro de Servicios Técnicos de la División Tecnología de Cimex. Pero ese día, el propio 24, de 9:00 a 9:20 a.m. y a las 2:00 p.m., nadie tomaba el teléfono. Intentaron de nuevo comunicarse el 3 de marzo y ocurrió lo mismo.
Luego de un esfuerzo económico tremendo para poder adquirir la lavadora —recordemos los elevados precios—, la pareja de ancianos no entiende por qué también han de caer sobre ellos estas dos gestiones de transporte. ¿Por qué no se puede realizar el reporte vía telefónica? ¿Acaso la entidad no debe correr con la movilidad del aparato, que es, a fin de cuentas, uno de sus productos que resultó defectuoso? ¿El mayor objetivo no es la atención esmerada y la satisfacción del cliente? ¿Y qué pasa con los teléfonos habilitados a tal efecto en la División? La corporación empresarial tiene la bola en su cancha.
Menos de dos kilogramos pesaba el paquete que le enviaron al camagüeyano Ewald Michel Nieves Manduley (calle Eudaldo Ávila No. 111, entre e/ Irene Muñoz y Loma, Guáimaro) el pasado diciembre, con motivo del cumpleaños de su hija.
En el pequeño bulto, según narra el remitente, venía una memoria flash de ocho Gigabytes, con música grabada en formato mp3. Cuando se disponía a recogerlo, el destinatario recibió la sorpresa de que debía pagar diez CUC por la inclusión de la referida memoria.
En la oficina de Correos le mostraron un documento enviado por la Aduana donde se detallaban las razones del impuesto en los bultos contentivos de memorias, otros dispositivos de almacenamiento, reproductores multimedia, etc., evoca el agramontino.
«Entiendo perfectamente las regulaciones referidas a importaciones cuando se trata de casos evidentes de numerosos artículos que luego se revenden en el país, y se controla por tanto las cantidades como medida proteccionista de nuestra economía, pero ¡diez CUC! por una sola memoria! (...) ¿A quién se pretende imponer un impuesto regulativo?», se duele el papá.
En otras ocasiones, refiere el afectado, ha recibido envíos similares y jamás le habían cobrado nada. Se supone que las medidas estén encaminadas a evitar las ventas ilícitas y la especulación, pero, de existir estas nuevas regulaciones, ¿en verdad están logrando ese efecto?, se cuestiona.
Ewald intentó comunicarse con la Aduana, empleando varios números telefónicos que le facilitaron en la oficina de Correos de su localidad. Solo uno de esos números encontró una voz detrás que le respondiera. Una vez explicada su preocupación lo pasaron a otra extensión y allí, otra vez, la llamada se perdió. ¿Qué pueden aclarar las autoridades pertinentes al respecto?