Al cumplirse tres años de aprobado el texto constitucional de 2019, su materialización y desarrollo ha ocupado en el último período el tema central de la vorágine político-jurídica de Cuba, por haber sido en primer lugar,un ejercicio democrático que movilizó de forma activa a todos los sectores de la sociedad.
En este marco rescatamos el papel que desempeñó con absoluto protagonismo la juventud, la que ha sido testigo de grandes momentos de épica en la historia del proceso revolucionario cubano, tuvo también activa participación en su proceso de construcción y aprobación de forma trascendente; la posibilidad de reflejo que favoreció el magno texto a los intereses y aspiraciones de la juventud hacen de la Constitución un caudal simbólico impresionante.
En ese empeño que ha caracterizado la historia de la Revolución Cubana de apostar por el camino de la continuidad a través de altísimos niveles de consenso popular y mediante mecanismos de participación que hacen de los procesos un espacio de construcción colectiva, garantizaron que el pueblo fuera titular del poder constituyente. Solo así, fue posible un 90,15 por ciento de participación de los electores inscritos y un 86,85 por ciento de voto positivo de los electores que votaron, en ese referéndum popular que fue expresión de la voluntad del pueblo de elegir con profunda conciencia el camino de la Revolución.
La integración de los jóvenes fue significativa, algunas cifras lo ilustran; unas 1 585 reuniones desarrollaron los estudiantes universitarios y 3 256 los estudiantes de la Enseñanza Media durante la consulta popular, con el protagonismo activo de las federaciones de Estudiantes de la Enseñanza Media (FEEM) y Estudiantil Universitaria (FEU) y la Unión de Jóvenes Comunistas (UJC).
La Constitución tiene que seguir siendo una oportunidad para las juventudes; esa claridad es alcanzable cuando su articulado hace un reconocimiento expreso desde el Preámbulo al papel de los estudiantes en las batallas más trascendentales que definieron la historia heroica del pueblo cubano, este reconocimiento es sin dudas una motivación y un compromiso a seguir construyendo e impulsando.
Hoy, a tres años, recordamos desde las juventudes una particularidad que distingue nuestro texto, que respondiendo al ánimo del constituyente, configura en el artículo 87 la función de participación activa que debe tener la juventud dentro del proceso revolucionario, así como la responsabilidad del Estado para garantizar el desarrollo y esparcimiento plenos de este sector en la sociedad.
La iniciativa legislativa que poseen las direcciones nacionales de las organizaciones sociales y de masas se mantiene como derecho ponderado que tuvo precedente desde la Constitución de 1976.
Subrayando la evidente jerarquización que otorga la Carta Magna a las juventudes, los nuevos derechos que se establecen en su parte dogmática, la protección a la diversidad, la niñez y la adolescencia, las fórmulas más dinámicas de estructurar el aparato estatal, la no discriminación, así como la consolidación de principios como la transparencia, rendición de cuentas, participación popular, independencia y soberanía, son consecuentes con los intereses juveniles.
Considero reconocible el desempeño de militantes y estudiantes que forman parte del sistema del Poder Popular a todos los niveles y que hoy es un síntoma que se expresa con notable crecimiento; las oportunidades que el trabajo comunitario ha posibilitado para despertar sensibilidades ha sido referente para una incorporación significativa de los jóvenes en procesos locales, al involucrarse en la solución de los problemas barriales. La representación estudiantil y juvenil dentro de la comisión redactora de la Carta Magna es un hecho que no tiene antecedentes en el constitucionalismo mundial, y es reflejo de la vocación estatal de sumar a los jóvenes en la toma de decisiones.
Hoy hemos de potenciar el carácter de fenómeno jurídico del texto y sus preceptos se han de tener como norma de Derecho de obligatoria observancia y aplicación directa, como garantía de aseguramiento de esas regulaciones.
La profunda transformación y producción legislativa desde la aprobación de la Constitución es resultado palpable de su desarrollo concreto. Ha sido un empeño la necesidad del control de constitucionalidad, precursor de la entrada en vigor de las leyes por la Asamblea Nacional del Poder Popular, el que considero que será más efectivo en la medida en que se mantenga y perfeccione la práctica de propiciar un amplio conocimiento previo de los proyectos de leyes, tanto para los especialistas, como para el pueblo. También ha sido y debe ser un desvelo la instrumentación efectiva del control posterior concreto, asegurando el derecho mediante la aplicación directa de la Constitución.
Contamos este 10 de abril, ya marcado símbolo en la historia constitucional cubana, con un texto que tiene la cualidad de ser el resultado de la voluntad popular; una obra del poder constituyente democrático enraizada en las realidades de su tiempo, que aborda con madurez sus intereses, que actualizó, completó y amplió de manera significativa y sustancial el catálogo de derechos, ordenándolos coherente y sistémicamente. Aspiramos a que sea este el inicio de un futuro constitucionalmente seguro y popular.
*Presidenta de la FEU. Fragmentos de la intervención en el encuentro del Parlamento cubano con representantes de las organizaciones juveniles y estudiantiles, el 7 de abril último.