Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Atlanta de nuevo a la vista

Autor:

Dr. Rodolfo Dávalos

De nuevo habrá «vista» en Atlanta en el caso de los Cinco. Como sabe nuestro pueblo, un panel de tres jueces designados por el Onceno Circuito de Apelaciones revocó, en una documentada sentencia dictada el 9 de agosto de 2005, el ilegal veredicto y las injustas sentencias en el amañado proceso seguido en Miami contra los Cinco. El Gobierno de los Estados Unidos apeló aquella decisión que disponía un nuevo juicio, haciendo uso, una vez más, de presiones y mentiras, lo que motivó que el Pleno del Circuito de Apelaciones, un año después, dictara por mayoría una sentencia anulando la anterior. Así el caso volvía a los jueces que conocieron de la inicial apelación para que se pronunciaran sobre las demás causales o motivos de inconformidad que habían sido planteados.

De esta manera, de acuerdo con las reglas federales del procedimiento apelativo ante la Corte del Circuito, los abogados de la defensa presentaron en diciembre pasado sus escritos complementarios fijando los puntos que deseaban fueran objeto del nuevo debate. Sobre esos escritos se dio traslado a la fiscalía, la que presentó su contestación y, finalmente, de nuevo la defensa entregó su réplica en enero de este año.

Así el expediente del proceso pasó de nuevo a los jueces que conocieron de la primera apelación para su estudio y fue interesada la celebración de una vista o audiencia oral por la defensa, que habrá de celebrarse el 20 de agosto próximo.

Causalmente hace unos días, una llamada telefónica recibida desde Guatemala me puso en contacto con los integrantes de la Coordinadora de Solidaridad con Cuba, en medio de un encuentro sobre el caso de los Cinco en el que abogaban por su libertad. Una primera pregunta indagó por el estado del proceso y, luego de ofrecerles la información anterior, una segunda interrogante no se hizo esperar: ¿Cuáles son los argumentos de la defensa para esta apelación en Atlanta?

Vale la pena recordar que los escritos de los abogados de la defensa de los Cinco, presentados en su oportunidad contra el veredicto y la sentencia dictada en Miami, sumaron unas 24 causales o motivos de inconformidad y ataque a las sentencias. De ellos, uno solo fue objeto de análisis y decisión tanto por el panel de tres jueces como por el Pleno, en este caso el planteado en virtud de la VI enmienda de la Constitución de los EE.UU.: la falta de un jurado imparcial, al amparo del cual se interesaba un cambio de sede para celebrar un nuevo juicio fuera de Miami, lo que, como explicamos antes, fue acogido por los tres jueces primero, y revocado por el Pleno después. Es así que sobre este punto hay «cosa juzgada», y no puede volverse a abrir el debate, pero no así sobre los demás.

Ahora, una vez más, los abogados de la defensa vuelven «a la carga», y toman renovada fuerza los argumentos antes expuestos. Sobre algunos de ellos ha insistido la defensa en sus nuevas declaraciones o exposiciones complementarias presentadas. Ellos son:

La actuación malintencionada y fraudulenta de la Fiscalía durante todo el juicio, que constituye una burla al sistema judicial norteamericano. Una y otra vez la Fiscalía violó las reglas que regulan su actuación, se pasó del límite admitido, con observaciones inadmisibles e incendiarias que vician de nulidad el proceso. No fueron probados ninguno de los dos cargos por los cuales se impusieron las injustas condenas de cadena perpetua. No se cometió Conspiración para cometer espionaje; los Cinco no son espías, porque no fue nunca su propósito obtener información sobre la defensa, la seguridad, los intereses del gobierno de los Estados Unidos. Tampoco se cometió por Gerardo Conspiración para cometer asesinato; no existe vínculo alguno entre Gerardo y el derribo de las avionetas del 24 de febrero de 1996. No se dieron al jurado las debidas instrucciones sobre la defensa de necesidad. El jurado debió ser instruido acerca del amparo legal que tiene la conducta humana, cuando la persona se encuentra en la disyuntiva de tener que llegar hasta infringir la ley en aras de evitar un mal mayor; o sea, de violar una norma legal que establece una obligación reglamentaria (en este caso registrarse como agente de un gobierno extranjero) para poder evitar la comisión de actos extremadamente peligrosos y lesivos a la humanidad como es el terrorismo. La aplicación indebida de CIPA (Classified Information Procedures Act, por sus siglas en inglés), o sea Ley de Procedimiento de Información Clasificada, estatuto legal que autoriza que un proceso en el sistema judicial de los Estados Unidos se desarrolle bajo un procedimiento especial encaminado a proteger información clasificada. Pero, como se ha dicho y demostrado, ningún documento clasificado, secreto, protegido por el Estado norteamericano o de interés para el Gobierno, fue ocupado a ninguno de los Cinco, ni había interés en ello. CIPA fue solo una excusa para dejar las manos sueltas a la fiscalía y amarrar las de la defensa.

Cada uno de estos argumentos merece un análisis más exhaustivo, baste por ahora citarlos para conocer que están sobre el tapete en la mesa de la Corte de Atlanta.

De nuevo los jueces tendrán la responsabilidad de hacer justicia. De nuevo debemos estar atentos, reclamar la solidaridad, no solo ya por la libertad de los Cinco, sino por el propio bien de la humanidad; pues como dijera un pensador «La injusticia hecha a uno solo es una amenaza dirigida a todos».

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