Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Justicia demorada no es justicia

Juristas cubanos respondieron a las interrogantes de los cibernautas sobre el caso de los Cinco, cuando hoy se cumplen 13 años del falaz veredicto que los declaró culpables

Autor:

Juventud Rebelde

Todo lo que los internautas quisieron saber de los aspectos jurídicos del caso de los Cinco antiterroristas cubanos condenados injustamente en EE.UU. fue contestado por especialistas en la entrevista on line que se realizó en la redacción digital de JR el 5 de junio, con la premisa de que más conocimiento se traduce en mayor capacidad de lucha y convocatoria.

Los juristas agradecieron el interés demostrado por saber detalles sobre la injusticia, la  que debe mover a todo hombre o mujer digno a sumarse a la causa. Reafirmaron que no hay trabajos pequeños, todo puede ayudar y debe lograrse conciencia ciudadana de la magnitud de la iniquidad y reclamar la libertad de los patriotas.

El Doctor Rodolfo Dávalos Fernández y los másteres Nuris Piñero Sierra, José Candia Ferreira y Jorge Bodes protagonizaron este empeño en medio de las actividades por su día, que se celebrará este 8 de junio.

Carlomagno: Cuba ha reiterado que Barack Obama puede liberar a nuestros compatriotas. ¿Esta sería una decisión política o tendría asiento en la injusticia del proceso?

Máster Jorge Bodes: El Presidente de Estados Unidos —como en la generalidad de los países— tiene facultades para poner en libertad a nuestros compatriotas mediante el indulto administrativo.

Jesús: ¿En qué posición están nuestros hermanos Tony, Ramón y Gerardo? ¿Pudiesen detallar los casos?

Doctor Rodolfo Dávalos: En el caso de Gerardo Hernández, desde el 2011 se presentó una apelación colateral (también conocida como procedimiento o recurso de Habeas Corpus) al amparo del Código de Procedimiento Penal Federal estadounidense, que autoriza esta acción por una sola vez a un sancionado cuando surgen evidencias de violaciones constitucionales de sus derechos. Se presentaron también Habeas Corpus para Ramón y Tony.

La acción se fundamentó en el hecho de haber conocido que un grupo de periodistas en Miami fueron pagados por el Gobierno (la Fiscalía) para publicar artículos, noticias falsas y comentarios tendenciosos sobre los Cinco, llamándoles «espías», con el objetivo de confundir a la opinión pública en la Florida e influir en los jurados.

Durante el proceso se publicaron 1 111 artículos de esta naturaleza, a razón de cinco diarios (casualmente, uno por cada acusado). Este hecho, debidamente probado, es una flagrante violación constitucional pues permite que la maquinaria propagandística gubernamental y los fondos destinados a ella, se utilicen en un proceso, donde la Fiscalía está obligada a probar la culpabilidad de los acusados. Es una violación de la integridad del juicio, de la quinta y sexta enmienda de la Constitución de EE.UU., que tutelan, respectivamente, el derecho del acusado al debido proceso legal y a un juicio justo con un jurado imparcial.

Se dio traslado de esta solicitud a la Fiscalía y esta se opuso. La defensa presentó su réplica, también contestada por la Fiscalía y se pidió una audiencia o vista oral para sostener los argumentos. Esto está pendiente de decisión por Joan Lenard, jueza que llevó el proceso en el Distrito Federal de Miami Dade.

Mariela: Legalmente hablando, ¿qué acciones puede tomar un ciudadano para ayudar en la causa de los Cinco?

Máster Nuris Piñero Sierra: Puede dirigirse al presidente Obama denunciando el arbitrario e injusto proceso criminal contra los Cinco. Además, denunciar el caso en foros y organismos internacionales. Insistir en la Decisión del XI Circuito, mediante la cual el Tribunal se pronunció por un nuevo juicio, ante la falta de garantías, del debido proceso y el derecho a la defensa.

Sachiel: ¿Pueden sumarse más abogados al grupo legal, incluyendo acciones legales desde otros países? ¿Por qué el Habeas Corpus no ha funcionado en los cinco casos? ¿Puede legalmente alguno de los cinco establecer demanda contra el sistema judicial norteamericano por daños y perjuicios y reclamar indemnización moral y material?

Máster Nuris Piñero Sierra: El proceso penal ya concluyó. El Habeas Corpus es un proceso extraordinario, interpuesto ante la jueza de primera instancia que les juzgó. Ramón, Antonio y Gerardo cuentan con abogados de acuerdo con lo establecido. Los de otros países pueden sumarse reiterando la responsabilidad civil por actos ilícitos en que incurre el Gobierno de EE.UU. al permitir que sus funcionarios realicen acciones carentes de legalidad.

También pueden resaltar la vulneración de la Ley de Neutralidad Americana, que obliga a no permitir que se realicen o financien acciones militares desde EE.UU., contra un Estado con el que el Gobierno estadounidense no tiene una declaración formal de guerra. Ellos han permitido la impunidad de delincuentes comunes que realizan actos terroristas contra Cuba desde su territorio.

Se mantienen en trámites los tres Habeas Corpus. La ley no estipula un término para que la jueza ofrezca su decisión. Pero justicia demorada, no es justicia.

Mirna: Según un principio universal de Derecho, toda persona es inocente salvo que se demuestre lo contrario y es obligación del acusador presentar las pruebas o evidencias necesarias para demostrar la culpabilidad del acusado. Esto no sucedió con Gerardo. ¿Podríamos decir que el juicio está inconcluso, que aún le deben justicia?

Máster Nuris Piñero Sierra: El principio universal relativo a la presunción de inocencia rige en el sistema federal criminal de Estados Unidos y es un estándar obligado probar la culpabilidad que se imputa, más allá de toda duda razonable. Esta obligación, que tutela la relación entre el principio de oportunidad y el de legalidad, se viola respecto a todos, enfatizando el carácter político del proceso criminal al que fueron sometidos.

El cargo relativo a la conspiración para cometer asesinato fue un montaje de la Fiscalía. Para que alguien pueda ser procesado bajo este delito, el hecho tiene que haber ocurrido en territorio estadounidense o en aguas internacionales. Al negar la información de los radares estadounidenses (sobre los que alegaron que no habían funcionado el 24 de febrero de 1996), no aportar la bitácora del buque (que refirieron vio en altamar una explosión), y ocultar la información del satélite de Estados Unidos, esconden la verdad material para encubrir la falta de jurisdicción y competencia de ese Tribunal, en atención a que la decisión sobre las dos avionetas que violaron el espacio aéreo cubano, fue una disposición soberana del Estado cubano, en la cual Gerardo no tuvo nada que ver, y queda demostrada su inocencia en esos hechos.

Las autoridades cubanas informaron a las estadounidenses que no permitirían más violaciones de su espacio aéreo. Esto fue declarado en el juicio por expertos estadounidenses. Las avionetas violaron leyes internacionales, cubanas y estadounidenses.

El juicio concluyó, pero el poder judicial provocó el desequilibrio entre justicia y derecho, demostrando el carácter político de este caso, donde existe responsabilidad del Gobierno de los Estados Unidos por los actos ilícitos realizados por sus funcionarios contra Cuba.

Roberto: ¿Por qué el enunciado afirma que el juicio es más político que penal?

Doctor Rodolfo Dávalos: Por la acción manifiesta y constante del Gobierno de EE.UU. en el proceso, que distorsiona y viola los derechos, y ha originado violaciones nunca vistas en un proceso legal. Desde la detención, aún sin cargos jurídicamente formulados, fueron llevados a celdas de castigo y permanecieron allí durante 17 meses, sin contacto con los familiares, para que confesaran un delito que no cometieron.

Luego fue invocada y aplicada una Ley sobre secretividad de documentación para entorpecer el acceso a la evidencia; y llevado a cabo un juicio con violaciones manifiestas de la Constitución de EE.UU., la ley estadounidense y el Derecho Internacional. Se ha negado el derecho a la visita de la esposa de Gerardo, como se le negó a la de René, y se han entorpecido visitas familiares.

No tuvieron acceso a documentos clasificados, no penetraron agencias estatales, ni buscaron información secreta. Solo se infiltraron en organizaciones terroristas que planeaban acciones contra Cuba. Al tener las pruebas conseguidas por los Cinco, lo más que podía hacer un gobierno que se respete era deportarlos por no declarar el propósito de su estancia en EE.UU. Pero eso no es espionaje, ni conspiración para cometerlo.

Gaby: Una reciente moción del Gobierno estadounidense pide eliminar una parte sustancial del Habeas Corpus de Gerardo. ¿Qué significa esto? ¿Cómo actuar en este caso?

Máster Nuris Piñero Sierra: La Fiscalía se opuso a los argumentos presentados por la defensa en relación a la contratación ilegal de los periodistas, y al ocultamiento de la evidencia respecto al delito que imputan a Gerardo.

En la réplica, la defensa recalcó cómo estas violaciones constitucionales incidieron en el caso. En las restantes mociones presentadas por la defensa sobre la necesidad del descubrimiento de la evidencia y la celebración de audiencias, el Gobierno se ha opuesto. Ello significa que no tienen elementos para demostrar la culpabilidad de Gerardo. La ley obliga a mostrar la evidencia inculpatoria y exculpatoria. No hacerlo es una demostración de fuerza y violación al Estado de Derecho que dicen ser.

Fotos Relacionadas:

Comparte esta noticia

Enviar por E-mail

  • Los comentarios deben basarse en el respeto a los criterios.
  • No se admitirán ofensas, frases vulgares, ni palabras obscenas.
  • Nos reservamos el derecho de no publicar los que incumplan con las normas de este sitio.