Parlamentarios cubanos debaten virtualmente. Autor: Abel Padrón Padilla/ACN Publicado: 20/10/2020 | 01:20 pm
Con la presencia de Esteban Lazo Hernández, presidente del Parlamento cubano, los diputados cubanos estudian en esta jornada los cuatro proyectos de ley que serán presentados para su aprobación en la sesión ordinaria del 28 de octubre.
Reunidos de manera virtual, los parlamentarios debaten elementos relacionados con la Ley del Servicio Exterior, Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros, Ley de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular, y Ley del Presidente y Vicepresidente de la República.
A juicio de José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, las nuevas disposiciones jurídicas fortalecerán la institucionalidad del Estado cubano en correspondencia a lo convenido en la nueva constitución.
Sobre el proyecto de Ley del Servicio Exterior, consideró que esta es «eminentemente orgánica, porque va a jerarquizar y organizar en un solo cuerpo legal todo el contenido estructural y de funcionamiento del Estado en cuanto al servicio y la acción exterior. Norma los principios de esta actividad del Estado en correspondencia con los principios de las relaciones internacionales que se enmarcan en la Constitución de la República».
Entre tanto, la proyectada Ley del Consejo de Ministros va a reglamentar el funcionamiento del Gobierno de la nación. Establece los procedimientos de trabajo de este órgano, la funcionabilidad del primer ministro, los miembros y atribuciones del Consejo de Ministros, así como la forma y diversas acciones como el derecho de interpretación constitucional o el control de constitucionalidad de determinados actos.
Ley de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular, entretanto, «actualizaría la norma actual vigente desde el año 1999. Esto incluye las nuevas figuras gubernamentales recogidas por la carta magna y establece que se creen comisiones para la revocación y otros procedimientos para todos los niveles».
En cuanto al proyecto de Ley del Presidente y Vicepresidente, apuntó que igualmente reglamenta el funcionamiento de ambos cargos, desarrolla las facultades establecidas constitucionalmente y prevé las acciones en caso de sustitución, entre otras cuestiones.
Al presentar ante los diputados el proyecto de Ley del Servicio Exterior, Bruno Rodríguez Parrilla, ministro de Relaciones Exteriores, dijo que, de conformidad con la Constitución de la República, la Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba los lineamientos generales de la política exterior del Estado y el Gobierno.
Entretanto, corresponde al presidente del país la dirección de la política exterior y las relaciones con otros Estados.
«El artículo 3.1 propone que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene como misión proponer, y una vez aprobada, ejecutar la política exterior del Estado y el Gobierno y controlar su cumplimiento», dijo Rodríguez Parrilla.
El canciller cubano explicó que el servicio exterior es el sistema conformado por el servicio interno y el servicio externo, que integran los sujetos y miembros que ejecutan la política exterior del Estado y el Gobierno.
«Son miembros del servicio exterior las personas naturales que laboran en el servicio externo e interno cuando se encuentren directamente ejerciendo atribuciones y obligaciones para cumplir los principios de la política y las acciones exteriores del Estado y el Gobierno».
Al iniciar el debate, Danhiz Díaz Pereira, diputado por la Lisa, se refirió al Artículo 8/ Inciso D y propuso no enmarcar la denuncia solamente en el tema del bloqueo, sino que este apartado incluya cualquier tipo de acciones coercitivas contra el país.
Por su parte, Rolando González Patricio dijo que coincide con «abrir» el espectro del inciso anterior; sin embargo, no estuvo de acuerdo con eliminar la palabra bloqueo del texto jurídico. «No se trata de cualquier cuestión coyuntural, sino de una conquista histórica y, por tanto, se debe hacer una valoración general».
Desde la provincia de Matanzas intervino Pablo Odén Marichal. A su juicio, le preocupa la mención exclusiva del Gobierno de Estados Unidos como único «agresor» contra la política exterior cubana y pidió poner «bloqueos».
Más adelante, Regla Batista Angulo tomó la palabra desde Cienfuegos. La diputada pidió que el Artículo 22 de la Sección Segunda incluya, además de «fomentar, en lo que le compete, el desarrollo de las relaciones políticas, comerciales, económicas, culturales, educacionales y científicas», el término «deportivo».
En otro momento del debate, Elba Martínez Amador, jefa del Grupo de Asesoría Jurídica del Consejo de Ministros, presentó la Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros.
«Esta norma recoge el Decreto Ley 272, 'De la Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros', del 16 de octubre de 2010, así como los cambios constitucionales introducidos en la estructura del Estado», precisó.
La ley está dividida en 13 capítulos, 201 artículos y tres disposiciones finales. Sobre el Consejo de Ministros y su comité ejecutivo, expresa la definición e integración; atribuciones, reuniones y decisiones que lo enmarcan.
Al comentar sobre este proyecto de ley, José Ángel Castañeda propuso fusionar los artículos 29 y 30 de la Sección Quinta, referidos a que el Consejo de Ministros emite decretos y acuerdos, los cuales son firmados por el primer ministro.
Al referirse al Artículo 84, relacionado con el cumplimiento de las atribuciones de los vice primeros ministros, Félix Martínez Suárez, por Guantánamo, pidió revisar la redacción.
Sobre el Artículo 119/ Inciso G, referente a la posibilidad de que el Consejo de Ministros suspenda los acuerdos y demás disposiciones de los consejos provinciales y de los Consejos de la Administración Municipal que no se ajusten a la Constitución, las leyes, los decretos leyes, etc., Pavel Rodríguez Rodríguez, por Holguín, comentó que podría crear conflictos dentro de los territorios porque se «puede estar poniendo restricciones a las facultades del gobernador».
En esta jornada también se presentó a los diputados la primera Ley del Presidente y el Vicepresidente de la República.
La norma establece entre otros aspectos que el Presidente de la República es elegido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de entre sus diputados, por un período de cinco años, de conformidad con la Constitución y las leyes.
En los casos de cese de las funciones del presidente, excepto por terminación del período presidencial, el Vicepresidente asume interinamente las atribuciones del Presidente de la República.
«La sustitución se realiza por un plazo de hasta seis meses, lapso en el que la Asamblea Nacional del Poder Popular elige al Presidente de la República. Ante la falta simultánea y definitiva del Presidente y Vicepresidente de la República, la Asamblea Nacional del Poder Popular elige a sus sustitutos».
Hasta tanto se realice la elección, el presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular asume interinamente el cargo de Presidente de la República.
El diputado Yumil Rodríguez Fernández sugirió que se cambiara la redacción del Por Cuanto y este estableciera que la aprobación de la ley fuera por mayoría simple de la Asamblea Nacional y no por mayoría absoluta.
Por su parte, Jorge González (Popy), propuso esclarecer quién determinaba los casos de “enfermedad», uno de los elementos invalidantes para ejercer la función del presidente.
Sobre este propio tema, Marta Elena Feitó, ministra de Trabajo y Seguridad Social exhortó a tomar en cuenta la legislación laboral actual, en la cual queda recogida cómo se dictamina la incapacidad.
Atendiendo a la situación epidemiológica del país y en correspondencia con el plan de medidas aprobadas para enfrentar la COVID-19 en la nación, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) sesionará por primera vez de manera virtual.
Bajo este formato, unos 225 diputados estarán reunidos en el Palacio de las Convenciones de La Habana, mientras que el resto lo hará en sus provincias.
(Tomado de Cubadebate)