Acuse de recibo
El pasado 22 de marzo, reseñé la carta de Yosvany Echevarría (Santa Clara), un ex recluso que señalaba obstáculos para conseguir empleo. Entonces, expresé:
«Yosvany explica que cumplió pena en prisión durante 12 años y medio. Allí mantuvo buena conducta, además de calificarse como albañil, carpintero, soldador y cocinero. En este último oficio, laboró en prisión y posteriormente en correccional. El 17 de enero recibió la libertad, y el juez de ejecución le informó que debía arreglar sus documentos en dos días, además de que disponía de siete días para buscar trabajo.
«Señala que consiguió empleo en la campaña antivectorial, y el juez de ejecución lo impidió porque, según él, debe laborar en un centro con horario cerrado y tampoco puede ser en Salud Pública. Posteriormente accedió a un trabajo como estibador en un almacén de Comunales, pero la jefa de Personal allí le cerró el contrato porque no aceptan personas con antecedentes penales.
«Su difícil situación la define el propio Yosvany:
«“Ahora el juez de ejecución vuelve a decirme que siete días es el plazo para resolver trabajo; pero dondequiera que llego no me aceptan por haber estado preso. Quiero incorporarme a la sociedad; no me considero una mala persona. Cometí un error y ya pagué. Creo que merezco una oportunidad”».
Ahora responde la Dirección de Supervisión y Atención a la Población del Tribunal Supremo Popular:
«Procedimos a realizar las averiguaciones sobre los planteamientos de la carta, y verificamos que Yosvany Echevarría González salió en libertad condicional el 17 de enero de 2012, tras cumplir parte de la sanción impuesta de 15 años de prisión, por su participación en delitos de tráfico de drogas y receptación.
«Cuando salió le restaban por cumplir dos años y medio, durante los que permanecerá bajo vigilancia y orientación de un juez de ejecución y otros funcionarios y activistas que participan en el sistema de control, influencia y atención en nuestro país, para las personas que cumplen sanción en libertad.
«Al comparecer inicialmente, como está establecido, ante el juez y representantes del Ministerio del Trabajo y la PNR el 20 de febrero, solicitó se le permitiera trabajar en el policlínico Chiqui Gómez Lubián, como operario de vigilancia y lucha antivectorial, lo que fue denegado en atención a que uno de los delitos por los que resultó sancionado fue precisamente por traficar con psicofármacos.
«En nueva comparecencia, 27 de febrero, le fue aprobado por el juez vincularse como estibador en el almacén de la Unidad Presupuestada de Servicios Comunales de Santa Clara, y fue advertido sobre su deber de mantener una adecuada conducta social, laboral y familiar, e informar al Tribunal cualquier dificultad o situación que lo ameritara.
«El 21 de marzo fue convocado y participó en un encuentro con el juez y representantes de la PNR, Trabajo municipal, los CDR y otros factores de su comunidad, en el que se analizó su situación legal y la de otros sancionados de su zona de residencia, y se puntualizaron derechos y deberes. En esa ocasión Yosvany no planteó dificultad alguna.
«El 22 de marzo (…) se publica el escrito en Acuse de Recibo. Y al ser entrevistado, manifestó desconocer la existencia de la susodicha carta. Dijo que posiblemente fue enviada por una prima suya sin su consentimiento. Y aseguró que, aunque había tenido un percance con la jefa de Personal del centro de trabajo al que se incorporó, el asunto se había resuelto a los pocos días, por lo que permanece laborando en el mismo y se siente satisfecho con su trabajo y el tratamiento que allí recibe; razón por la que consideró innecesario informar de ello al juez de ejecución u otro funcionario.
«Como puede apreciarse en este caso, como en la mayoría, a pesar de algún que otro prejuicio y rezago de los que quedan, funcionaron adecuadamente los mecanismos implementados en el país para garantizar la debida reincorporación a la sociedad de personas que egresan de los establecimientos penitenciarios. Esa labor mancomunada ha propiciado que en la actualidad más del 95 por ciento de los sancionados en similar situación en el país, cumpliendo sanción en libertad bajo condición de mantener conducta adecuada, están vinculados laboralmente, ya sea en el sector estatal o en formas no estatales de empleo».
Solo queda decir que la carta manuscrita a nombre de Yosvany, permanece como prueba en mi poder. Me atengo a lo que expresan los remitentes. Supongo honestidad en ellos.