Acuse de recibo
El pasado 22 de septiembre, y desde Minas, en la provincia de Camagüey, Rosa Martínez Estrada preguntaba por qué las remesas que se envían desde el exterior por medio de Correos de Cuba, solo pueden cobrarse en un correo de la cabecera provincial.
Argumentaba la lectora que si ya los correos están informatizados, por qué no se descentraliza hacia los municipios el cobro de las remesas, teniendo en cuenta la difícil situación que se está viviendo con el transporte y el objetivo del Gobierno cubano de hacer menos difíciles y acercar más los trámites a la población.
Al respecto, explica Jorge Carlos Jiménez Leiva, director adjunto de la Empresa de Correos de Camagüey, que esa entidad tiene como procedimiento establecido el pago de los giros internacionales solo en la oficina de Correos de la zona postal Camagüey 1, sita en la Plaza de los Trabajadores, en la cabecera provincial.
Y es así, señala, atendiendo a que ese servicio solamente se puede brindar donde existe una sucursal del Banco Financiero Internacional (BFI), única entidad bancaria de donde se puede extraer la Moneda Libremente Convertible (MLC) para efectuar ese pago.
Al no existir sucursal del BFI en el municipio de Minas, no se puede prestar este tipo de servicios a los clientes en esa localidad, por lo que los clientes que reciban remesas en divisas por Correos de Cuba tienen que dirigirse a la cabecera provincial a efectuar el cobro.
Informa, además, que la Dirección Nacional del Grupo Empresarial Correos de Cuba decidió ampliar en los próximos meses la prestación de ese servicio en las oficinas de correos Camagüey 2 y Camagüey 3, sitas en la Avenida de los Mártires y Avenida de la Libertad, respectivamente; pero solamente en el municipio de Camagüey.
«Lamentamos no poder cubrir las expectativas de la usuaria, y aunque se trabaja en mejorar y acercar los servicios a la población, en estos momentos no existen posibilidades reales de prestar ese servicio en dicha localidad», concluye.
Agradezco la respuesta. Es una lástima que algún directivo del Grupo Empresarial Correos de Cuba, desde una perspectiva nacional, no haya explicado si tal disposición rige para todos los municipios del país, o hay algunos que se excluyen por tener sucursales del BFI.
Israel Yara Viñales (calle 14, no. 90, entre 3 y Final, Piedrecitas, Camagüey) es una de las tantas víctimas que en el país aguardan por una indemnización por parte de sus victimarios, derivada del fallo de los tribunales y no ejecutada.
Cuenta él que la sala 2da. del Tribunal Provincial de Camagüey, en la causa 33 de 2016, en su fallo, notificado el 4 de julio de ese año, con expediente 1279574, exigía que los dos acusados en el proceso debían resarcirle a él y a Pedro Mejías la suma de 5 254 pesos.
Refiere que él y Pedro han ido muchas veces a la Caja de Resarcimiento de Camagüey con sumos sacrificios, pues deben salir desde tempranas horas de la madrugada para poder llegar desde Piedrecitas a esa ciudad. Y quien los atiende allí les dice que uno de los acusados está laborando, y sobre el otro, hay que ver al jefe de sector para que lo sitúen a trabajar, cuando en realidad los dos están presos.
«Conclusiones: el problema es que en tres años he salido peloteado infinidad de veces. Ya tengo 80 años, y de seguir así, enfermo como estoy, no podré recuperar mi dinero», concluye Israel.
Bastante común es la situación de Pedro e Israel. No basta con que hayan sido víctimas de transgresiones ajenas —vaya a saber cuáles—, sino que son doblemente afectados, pues la indemnización derivada del fallo del tribunal está en manos de los propios quebrantadores de la Ley. ¿No hay en la práctica mecanismos coercitivos que obliguen a cumplir? ¿Se puede burlar la sentencia de un tribunal? ¿Qué hace al respecto la Caja de Resarcimiento que, por cierto, cuando el acusado paga, le retiene al beneficiario un porciento de la indemnización?