La orden de la corte establece que Israel, en cumplimiento de sus obligaciones bajo la Convención sobre la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, y debido al deterioro de las condiciones de vida de los civiles, debe «cesar de inmediato su ofensiva militar y cualquier otra acción en la Gobernación de Rafah que pueda causar al grupo palestino de Gaza condiciones de vida que puedan resultar en su destrucción física, total o parcial ».