La nueva Ley de la Inversión Extranjera ampliará la participación foránea en la economía cubana Autor: Roberto Ruiz Espinosa Publicado: 21/09/2017 | 05:47 pm
Al considerar que el Proyecto de Ley de la Inversión Extranjera guarda la debida correspondencia con la Constitución de la República y el ordenamiento legal de la nación, Las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, y la de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular recomendaron a los parlamentarios su aprobación.
Este Proyecto de Ley fue previamente analizado en reuniones de trabajo territoriales, que contaron con la presencia del 92 por ciento de los diputados, donde se formularon 47 planteamientos, de ellos 30 interesando esclarecimientos y dudas, y otros 17 proponiendo modificaciones, de las cuales se acogieron siete en el proyecto.
Según el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, José Luis Toledo, esta nueva ley tiene sus antecedentes en varios decretos emitidos por el gobierno revolucionario cubano, y en la Ley 77 de la Inversión Extranjera, aprobada por la Asamblea Nacional en 1995.
Igualmente el Proyecto de Ley está en consonancia con los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, aprobados en el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba y ratificados por la Asamblea Nacional, donde se trazan indicaciones y proyecciones en materia de inversión extranjera.
Entre los principales planteamientos de la nueva Ley que se propone aprobar, las comisiones de la Asamblea Nacional reconocieron la plasmación de principios básicos, como el hecho de que las asociaciones con el capital extranjero debe reportar beneficios mutos, y que la reglas que las rijan sean diáfanas y precisas.
A su vez, la norma ofrece garantías al inversionista extranjero, como la debida seguridad jurídica, la no expropiación, excepto por razones de interés social o utilidad pública, y con la debida indemnización.
Otros preceptos son la posibilidad de prorrogar los plazos de la inversión, la libre transferencia al exterior de los dividendos o beneficios, la opción de venta en cualquier momento de su parte en la asociación, así como facilidades y excepciones tributarias.
El dictamen además señala los atractivos de Cuba para invertir, como la calificación de sus recursos humanos, la estabilidad socio-política, la seguridad, la seriedad y honra con los compromisos contraídos y la política firme de lucha contra la corrupción.
Entre las recomendaciones y señalamientos de los diputados miembros de ambas comisiones del Parlamento cubano están las de significar la responsabilidad de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado y entidades nacionales patrocinadoras de la inversión extranjera de presentar al Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera las diferentes propuestas de negocios y por consiguiente su responsabilidad en mantener actualizadas las carteras de inversionistas.
Los diputados recomendaron igualmente que el Ministro de Comercio Exterior informe anualmente al Consejo de Ministros sobre el estado y actualización de este proceso.
A su vez, este ministerio deberá elaborar y desarrollar una estrategia de divulgación de la nueva Ley, posterior a su aprobación, tanto a lo interno como hacia el exterior del país.