Acuse de recibo
Dos veces salió publicada en este espacio la carta del santiaguero Leonardo Lassús Báez, referida a las irregularidades e inconformidad con el consumo eléctrico facturado y pagado en el hogar de su hermana Maira Lucía (calle La Palma, No. 101, El Reparto, municipio de Mella).
El error de la duplicidad es totalmente mío, por ello ofrezco disculpas a las entidades implicadas en el caso y a los lectores todos.
La misiva daba cuenta de que el monto de la factura eléctrica en la casa de Maira Lucía comenzó a descender sospechosamente en febrero de este año, sin que variaran las condiciones del consumo, y la familia alertó de ello a las autoridades facultadas, comenzando por el lector cobrador. De febrero a abril, sistemáticamente, se repitió e intensificó el problema, y los consumidores siguieron dando la voz de alarma.
Aproximadamente el 10 de mayo se cambió el metrocontador de la casa, pero al llegar la factura de ese mes, esta contenía la cifra de 1 003.00 pesos, en lugar de los 36.00 que ya se conocían de la lectura previa.
Así, se sucedieron varios pagos en virtud del rótulo «atraso», escrito a tinta en las facturaciones de la empresa. Y la familia pagó cada uno, pero también reclamó, pues consideraba que no se correspondían con la realidad del consumo. Luego de varios trámites, quejas y dilaciones, en opinión de Leonardo y los suyos no habían recibido ni el trato ni las respuestas adecuadas.
A propósito responde el ingeniero Leonel Ruiz Carrión, director general de la Empresa Eléctrica en Santiago de Cuba. Tras las investigaciones de rigor, explica Leonel que la deficiencia del consumo del metro fue reportada en el mes de abril, motivo por el cual está en análisis el lector cobrador, que no comunicó la falla cuando fue detectada, es decir, en febrero. A este compañero se le propone como medida disciplinaria un descuento del 25 por ciento del salario.
Ciertamente el metrocontador estaba defectuoso y fue cambiado el 9 de mayo —sostiene el directivo. «Debido a ello, el cálculo que se hizo para cobrar por el promedio de consumo del mes fue realizado tomando como base siete días, por lo que dio... 772 kw/h, con un importe de 1003.00 pesos. Lo correcto debió ser sobre la base de 17 días, que fueron realmente consumidos, o sea: 180 kw/h entre 17 por 30 días, equivalente a 318 kw/h, con un importe de 141.00 pesos. Este análisis se había realizado con la supervisora (…) en junio de 2014, a quien se le impuso la medida disciplinaria de amonestación pública, al no detectar el alto consumo del cliente en correspondencia con el histórico».
Añade el funcionario que la cliente Maira Lucía Lassús Báez, hermana de Leonardo, presentó queja por alto consumo en la Oficina Comercial de Mella y se le dio respuesta el 20 de agosto. Ella firmó entonces su conformidad con la contestación.
El Comercial de Palma —señala el ejecutivo— también respondió a la familia y argumentó que el procedimiento aplicado por la Oficina Comercial Mella era correcto y que de todas formas enviaría respuesta del análisis detallado del caso. Dicha respuesta, no obstante, «no llegó al cliente en el modelo oficial, ni consta el nivel de conformidad de este, o sea, que se violó el procedimiento establecido para contestar (…) por lo que se le propone como medida disciplinaria una amonestación ante el colectivo del centro laboral al que pertenece el infractor».
«Resulta procedente aclarar que se denomina “atraso” a los adeudos pendientes por pagar, en este caso, el mes de mayo, que salió en junio y fue ajustado; este proceder está regulado en el Manual de Consumidores de la Unión Eléctrica», apunta el dirigente santiaguero.
Y agrega que la devolución de efectivo a la familia no procede, «pues se verificó que no se le cobró energía de más, al contrario, se comprobó que se le dejó de facturar 745 kw/h, un importe de 353.71 pesos que debe pagar el cliente a la empresa. Se adjuntan documentos que sustentan la investigación».
Agradezco mucho la argumentada respuesta. Solo me queda una pequeña duda referente a aquel importe de 1 003.00 pesos, que según admite el funcionario, se calculó erróneamente. Deduzco, tras leer el último párrafo de la contestación, que no llegó a cobrársele a la familia, porque de lo contrario, supongo, habría que reembolsárselo.