La reciente ley aprobada en el parlamento cubano es la versión número 38 después de largos períodos de debates Autor: Maykel Espinosa Rodríguez Publicado: 20/07/2023 | 11:32 am
La Ley del Código Penal Militar aprobada este jueves por la Asamblea Nacional del Poder Popular, tras un amplio proceso de estudio y debate, es un instrumento que responde a la necesidad de garantizar la prevención social, la preservación del orden público, la disciplina, la tranquilidad y la seguridad ciudadana.
Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular, explicó que a partir de la actual Constitución de la República, se elaboró un nuevo Código Penal Militar acorde a estos tiempos, el cual incidirá, además, en el fortalecimiento de la justicia militar y la capacidad y disposición combativa de las instituciones armadas.
Comentó que para la elaboración de la norma jurídica — desde noviembre de 2021—, se constituyó un grupo temporal de trabajo integrado por representantes del Tribunal, la Fiscalía General de la República, Bufetes Colectivos, la Fiscalía Militar Principal y los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior y de Justicia.
La ley aprobada es la versión número 38, después de largos períodos de debates. En adición se incorporaron 18 recomendaciones derivadas de investigaciones científicas y fue consultada con distintos expertos y centros educativos. Integra, además, los contenidos del Código Penal e introduce reglas que impactan en el ámbito militar.
Se hicieron 157 propuestas y de ellas fueron aceptadas 87. También se emitieron 34 observaciones y efectuaron encuentros donde se explicaron exhaustivamente los contenidos en función de mejorar la versión que entrará en vigor. Todo ello, como subrayó Remigio Ferro, ha sido «fruto de la elaboración colectiva, plural, desde la base».
Aclaró que el nuevo Código Penal Militar se atempera al contenido de los tratados internacionales en vigor para Cuba, dígase, entre otros, la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, especialmente en los delitos relacionados con la navegación marítima.
A su vez, contribuye al fortalecimiento de la Defensa, Seguridad Nacional, el orden interior y el cumplimiento de la disciplina militar. Logra también uniformar la conceptualización y aplicación de principios generales del derecho penal reconocidos en el vigente Código Penal.
Foto: Maykel Espinosa Rodríguez
Entre los aspectos novedosos, dijo, fija los presupuestos esenciales que permiten la aplicación adecuada de sanciones alternativas a la privación de libertad, en los casos que lo ameriten. Además, rediseña figuras delictivas e incorpora la privación perpetua de libertad en los tipos penales que corresponda, aclaró.
Se establece, agregó, un tratamiento penal diferenciado para las personas mayores de 16 años de edad y menores de 18.
Al resaltar la importancia de la Ley, Jose Luis Toledo Santander, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, expresó que el derecho penal, en intento de salvaguardar la sociedad, deviene una pieza clave dentro del sistema jurídico del Estado.
Precisó que «es coherente con la Constitución y las normas jurídicas cubanas» y que su aprobación favorece el fortalecimiento de la disciplina militar y el mando único para proteger y mantener la independencia y soberanía del Estado.
El diputado Yoel Ortega Dopico resaltó el hecho de que por 20 años en nuestro país no se haya aplicado la pena de muerte. «En un país asediado como el nuestro, eso es algo que nos debería llenar de orgullo. Esta es una Revolución que, ante todo, preserva la vida».
Mientras, la diputada Yamila González Ferrer, reconoció el trabajo de la comisión para tener en cuenta todas las opiniones y afirmó que hay un consenso vinculado al lenguaje inclusivo y no sexista. Y el diputado Miguel Enrique Charbonet Martell destacó el aporte significativo de los profesores de las facultades de Derecho de las universidades en la construcción de la norma.
Luego de someterse a votación, quedó aprobada por unanimidad y se constituyó una comisión para revisar la redacción y el estilo. Su entrada en vigor ocurrirá a los 90 días posteriores de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Foto: Maykel Espinosa Rodríguez
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