Entre las reclamaciones más frecuentes están las relacionadas con el incumplimiento de los términos por parte de las direcciones municipales de Vivienda para pronunciarse en los expedientes que se inician en esta instancia. Autor: Roberto Suárez Publicado: 21/09/2017 | 05:41 pm
El artículo 63 de la Constitución de la República de Cuba establece que todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado. Y aunque ello está estipulado, muchos problemas podrían resolverse elaborando adecuadamente la queja o pidiendo la orientación indicada.
A veces le dedicamos poco tiempo a estas gestiones, o el desconocimiento provoca que la ruta para llegar al destino adecuado y del modo más efectivo sea o parezca larga y sinuosa, pero existen órganos del Estado capacitados para orientar y responder las inquietudes de la población.
La Fiscalía General de la República (FGR) tiene entre sus misiones el control y la preservación de la legalidad, labor que acomete velando por el respeto a la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales.
Este cumplimiento es celado ante los organismos estatales, las entidades económicas y sociales, y los ciudadanos. También la FGR atiende, en representación del Estado, la promoción y el ejercicio de la acción penal pública.
Yerenia Otero Borrego, fiscal jefa del Departamento de Atención a la Población en ese órgano, conversó con Juventud Rebelde para aclarar algunas de las dudas que pudieran existir sobre el procedimiento para resolver problemas mediante la promoción de quejas.
Según la Fiscal, el órgano donde trabaja atiende a todos los ciudadanos que se dirigen allí en busca de orientación para solucionar un conflicto de cualquier índole. No se seleccionan las materias que se deben investigar; todo lo que se presenta a la Fiscalía lleva un tratamiento y una atención especializada.
Las estrategias que se siguen, acotó, pueden ser diversas: desde orientar jurídicamente cómo encaminar un asunto en la vía administrativa, hasta la solución del problema si el caso compete meramente a la Fiscalía. «Pero tramitamos todos los asuntos que las personas nos presentan».
Existe una estructura creada para la Atención a la Población, desde la Fiscalía General hasta las sedes municipales de este organismo, donde se encuentra un fiscal de guardia para encargarse de esas funciones.
Explica la Fiscal que aunque son un órgano único con subordinación vertical, no se le impide al ciudadano presentar su queja en ninguna de las instancias. «Desde cualquiera de los órganos de la Fiscalía que se dirija, tenemos el deber de tramitar su asunto», acotó.
«Cuando la queja llega, pasa a un sistema de depuración y análisis de las principales pretensiones del promovente, para clasificarlas y poder tomar una decisión correcta. Entonces se decide qué procedimiento se adoptará.
«Además, estamos en la obligación de comunicarle al ciudadano cuál fue la decisión de la Fiscalía: la tramitación de su caso o el traslado a otro órgano encargado por la ley de darle respuesta. Pero siempre debe haber una comunicación con el promovente de lo que la Fiscalía realizará», agregó la Fiscal.
Saber quejarse
Otero Borrego precisó que la mayoría de las orientaciones que emiten los fiscales están dirigidas a explicar a las personas el desarrollo de su asunto en la vía judicial o administrativa.
«Existe un procedimiento para hacer valer los derechos que se defienden y hay órganos facultados para pronunciarse con respecto a eso. Lo que hacemos es explicarles a los promoventes cómo llevar su asunto al término que le corresponde».
La Fiscalía nunca debe limitarse a orientar. Aunque algunas cuestiones de litigios son entre partes y el interesado es el encargado de llevar el proceso, hay asuntos en los que intervienen organismos estatales, y esta institución es responsable de seguir el caso hasta el restablecimiento de la legalidad, sobre todo cuando las personas vienen interesándose porque se cumpla algo que está dispuesto.
«Se hace un seguimiento hasta que el ciudadano esté satisfecho con la atención recibida, y con el resultado del accionar de la Fiscalía en la solución de su asunto. En eso desempeñamos un papel muy importante, porque somos un eslabón fuerte para que las personas se sientan protegidas con los derechos que legalmente les corresponden», dijo.
Especializar la atención
A partir de enero de 2012, mediante la Resolución No. 2/12, el Fiscal General estableció la preparación de fiscales con el propósito de proteger a la población y atender quejas y reclamaciones; pues, según reconoce Otero Borrego, la especialización es necesaria, debido al tiempo que consume cada investigación.
Desde que se implantó el cambio, grupos de trabajo capacitados atienden a la población diariamente. Las oficinas están abiertas en el horario de 8 y 15 de la mañana hasta las 5 de la tarde en todas las sedes de la Fiscalía.
A un año de entrada en vigor la Resolución, Otero Borrego comenta que la experiencia ha sido positiva, porque la especialización de los fiscales que atienden denuncias, quejas y peticiones de la población ha servido para hacer mejor este trabajo, sobre todo en las fiscalías municipales, donde se concentra el mayor cúmulo de reclamaciones.
En este año se han atendido en la institución a más de 59 303 personas, de ellas 1 696 en la sede de la Fiscalía General. Se han recibido 10 791 escritos de quejas y peticiones, donde la materia de mayor incidencia es la penal.
Entre las reclamaciones más frecuentes están las relacionadas con las tramitaciones dilatadas de los procesos; decisiones adoptadas por las autoridades; incumplimiento de los términos por parte de las direcciones municipales de Vivienda para pronunciarse en los expedientes que se inician en esta instancia; morosidad en el cumplimiento de las resoluciones que se emiten; y la inconformidad de los ciudadanos con las multas derivadas del sistema de contravenciones.
También sobresalen temas como la vulneración de los términos establecidos para que el órgano de justicia laboral de base resuelva sus reclamaciones, e inconformidades con las decisiones adoptadas en procesos disciplinarios.
Declaró la Fiscal que en el 25 por ciento de los casos les asistió la razón a los ciudadanos y en la mayoría de estos se restableció la legalidad mediante el accionar de los fiscales con el órgano infractor, sin necesidad de realizar un pronunciamiento escrito, logrando así influir en las causas y condiciones que dieron lugar a la violación detectada.
«Otro aspecto en el que se trabaja para lograr mayor calidad en nuestras respuestas es en la interacción entre fiscales y ciudadanos en la tramitación de sus asuntos, lo que propicia mejor comprensión del problema, más calidad en el procedimiento y respuestas que abarquen todas las pretensiones del promovente. El resultado de la investigación realizada por el Fiscal también se brinda de manera personal», explicó Otero Borrego.
Comentó además que en el período de enero a septiembre de este año, la Fiscalía también recibió 778 escritos de inconformidad de los ciudadanos con las respuestas que les ofreció este órgano, lo que representa el ocho por ciento de las quejas tramitadas. En el análisis se determinó que en 69 casos los promoventes tenían razón y fue necesario modificar las decisiones originalmente adoptadas y brindar nuevas respuestas, las que, en ningún caso, ofreció el mismo fiscal que tramitó el asunto.
«No obstante nuestro propósito de ofrecerles a los ciudadanos una correcta atención a partir de sus quejas y peticiones, aún existen insatisfacciones con nuestra actuación, que tienen su expresión en las inconformidades de los promoventes con las respuestas recibidas en primera instancia», explicó la Fiscal Jefa.
«En la medida en que uno se especializa, se da cuenta de que puede hacer mejor este trabajo, que se centra en la correcta protección legal de los derchos de las personas», concluyó.
Algunas funciones de la Fiscalía General de la República
a) Velar por el cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales por los organismos del Estado, las entidades económicas y sociales y por los ciudadanos.
b) Actuar ante violaciones de los derechos constitucionales y las garantías legalmente establecidas y frente a las infracciones de la legalidad en los actos y disposiciones de organismos del Estado y sus dependencias, las direcciones subordinadas a los órganos locales y demás entidades económicas y sociales, exigiendo su restablecimiento.
c) Atender las reclamaciones que presenten los ciudadanos sobre presuntas violaciones de sus derechos.
d) Comprobar el respeto de las garantías constitucionales y procesales durante la investigación de denuncias y otras informaciones sobre hechos delictivos o índices de peligrosidad y velar por la legalidad en la tramitación de los procesos judiciales, de conformidad con las leyes.
e) Dictaminar a instancias de la Asamblea Nacional del Poder Popular o del Consejo de Estado, acerca de la constitucionalidad de las leyes, decretos-leyes, decretos y demás disposiciones generales.
f) Promover y ejercitar la acción penal pública en representación del Estado.
g) Ejercer en representación del Estado las acciones judiciales que correspondan conforme a la legislación vigente, en función del interés social y en su caso, en representación de menores, ausentes o incapaces.
(Artículo 8 de la Ley No. 83 de la Fiscalía General de la República, del 11 de junio de 1997) (tomado de www.fgr.cu)