Acuse de recibo
El pasado 23 de febrero, Yuliet Gómez Blanco contó que fue víctima de violaciones laborales por la administración de la Empresa de Recuperación de Materias Primas de La Habana, donde trabaja como asesora jurídica y especialista principal, tras declararse con lugar, por el Presidente del Grupo Empresarial de Reciclaje, un recurso de apelación suyo ante una medida disciplinaria aplicada, el 10 de diciembre de 2020, por el Director General de su empresa, de democión definitiva a un cargo de inferior categoría.
El 15 de diciembre presentó recurso de apelación contra esa medida ante el Presidente del Grupo Empresarial de Reciclaje; y mientras, fue trasladada a la UEB de Diez de Octubre como técnica en producción. Pasó a laborar allí el 28 de diciembre, y el 13 de enero presentó certificado médico por infección urinaria al inicio de un embarazo de riesgo. Estuvo ingresada en un hogar materno casi cuatro meses hasta su parto. No pudo reincorporarse a trabajar con un cuello de útero abierto y otros factores de riesgo.
«Los responsables de hacer cumplir lo anterior —decía— desconocieron siempre la decisión de la instancia superior. En mayo de 2021, tras mucha insistencia me notificaron la resolución declarando con lugar mi recurso de apelación. Y me pagaron la indemnización correspondiente a la diferencia de salario entre mi plaza y la que me habían asignado desde diciembre hasta mayo de 2021».
Y desde agosto de 2021, al presentar las licencias prenatales y posnatales, empezaron a descontarle dinero, a pagarle menos de lo que le correspondía. Nació su bebé en agosto de 2021, se comunicó con Capital Humano y Contabilidad de la Empresa, y no dieron solución a los pagos por debajo de lo indicado. Se quejó al Ministerio de Industrias. Y la Directora de Cuadros, en nombre del Presidente del Grupo, indicó a la Empresa cumplir lo establecido.
«Me están realizando pagos inferiores a los que establece el Decreto-Ley 56/2021 y en su momento el 339. Me deben meses de salario y me siguen descontando. He continuado insistiendo por teléfono con la Directora de Cuadros del Grupo Empresarial y con la Directora de Capital Humano de la Empresa, pues desconozco cuánto dinero me han dejado de pagar. Las respuestas recibidas han sido que van a revisar el tema. Y todo sigue igual», concluía.
Al respecto responde Ana M. Martín Pérez, directora jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que tanto el derogado Decreto-Ley 339, del 8 de diciembre de 2016, De la maternidad de la trabajadora, como el vigente Decreto-Ley 56, del 13 de octubre de 2021, De la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias, dispusieron que la base de cálculo para determinar la cuantía de las prestaciones se obtiene del registro de tiempo de servicios y salarios devengados.
«Si como expone, recibió la indemnización correspondiente al quedar sin efecto la medida, correspondía, igualmente, subsanar en el citado registro los salarios que debió haber percibido de la plaza que ocupaba inicialmente de especialista principal del Departamento Jurídico, pues ello incide en las cuantías de las prestaciones de maternidad; la que, en el caso de la económica, es equivalente al salario promedio percibido en los 12 meses inmediatos anteriores al inicio del disfrute de la licencia prenatal y la social, ascendente al 60 por ciento de la base de cálculo de la prestación económica», afirma.
Ambas legislaciones de maternidad, expresa, dispusieron que las cuantías de las prestaciones mensuales no podían ser inferiores al salario mínimo vigente en el país; y de ser así se elevan hasta dicha cuantía, lo cual debe cumplirse en todos los casos. Y concluye que «si se considera afectada, puede establecer su reclamación ante el Órgano de Justicia Laboral de su entidad, según dispone la vigente Ley 116/2013 Código de Trabajo.
Agradezco la respuesta de la directora jurídica del MTSS, que concede la razón a Yuliet. Ojalá que esa madre trabajadora no tenga que acudir al Órgano de Justicia Laboral para defender su derecho, y que la Empresa de Recuperación de Materias Primas de La Habana enmiende su violación en algo tan sagrado, y responda a esta sección porqué desconocieron el pago estipulado.