Acuse de recibo
El pasado 26 de febrero reflejé una sensible historia en boca de Fernando Manuel Sánchez, un hombre de 61 años, cabillero de la Empresa de Construcción de Obras de Arquitectura (ECOA) 19 de Holguín, que se vio en una situación muy angustiosa y sin una esperanza de momento.
Fernando, quien vive en el central Fernando de Dios, Tacajó, en esa provincia, contaba que tiene un hijo de 27 años, que es síndrome de Down, hidrocefálico, con cardiopatía, no habla, y hay que auxiliarlo en todas sus necesidades. No se le puede dejar solo ni un momento. Siete meses antes, el joven había perdido a su mamá. Y desde octubre de 2013, Fernando Manuel estaba a su cuidado. Solicitó la jubilación para velar por él a tiempo completo, y desde entonces no devengaba salario alguno.
En la empresa le informaron que ya habían enviado su expediente para La Habana, pero él seguía sin una respuesta efectiva: «No puedo seguir sin devengar ingresos, ya que por todas las patologías que padece mi hijo, tengo que alimentarlo, y se toma diariamente 22 tabletas. He tenido la ayuda de una hermana, vecinos y de mi actual esposa, la cual está jubilada por enfermedad», señalaba y consideraba que no había sido bien tratado en su centro laboral.
Al respecto, responde Rafael Santiesteban, director de Recursos Humanos de la ECOA 19, que al producirse el fallecimiento de la madre del muchacho, en los días posteriores lo cuidó una hermana por parte de esta pero, por ser agresivo el joven, no podía controlarlo y no pudo seguir a su cargo.
Fernando —precisa— se vio obligado a solicitar a la administración de una de las unidades básicas de esa empresa una licencia sin sueldo desde el 16 de octubre de 2013. En ese tiempo acudió a Asistencia Social municipal. Y según manifestó, le comunicaron que, a tal efecto, sí se tenía en cuenta la condición de madre cuidadora; no así la de padre cuidador. Le sugirieron que trabajara por cuenta propia, pero no pudo aceptar esa variante, por los problemas que presenta el hijo.
Al no resolver su problema, se personó ante Recursos Humanos de la ECOA 19. «Y le explicamos que no procede la jubilación, pues no cumple todos los requisitos. Le indicamos que consultaríamos con la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, para ver la posibilidad de que autorizaran una Disposición especial Quinta», explica.
Y apunta Santiesteban que el 5 de noviembre se dirigió, mediante correo electrónico, a la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, quien le respondió por teléfono el 13 de noviembre, indicando la documentación que debían enviar a ese Ministerio, y a quién debían dirigirse.
El 14 de noviembre la Dirección de Recursos Humanos de la ECOA 19 se dirigió a la unidad donde laboraba Fernando, para explicarle lo de la documentación. Pero este demoró en presentarse. Al visitarlo, le insistieron en que fuera ágil, para aprovechar y enviar la documentación con su propio jefe inmediato superior, que viajaría a La Habana.
Pero al solicitar Fernando un certificado del hijo al médico, no se lo expidieron hasta tanto no le realizaran un chequeo, pues hacía años no era atendido por un facultativo. Y el certificado demoró en expedición y entrega.
Asegura Santiesteban que «hicimos los trámites necesarios para dar solución a su problema, pero lo que no pudimos fue resolver de inmediato su situación económica. Él nos preguntó si podría recibir una ayuda económica por la Empresa. Le explicamos que no disponíamos de ningún mecanismo que nos respaldara. Pero ante su insistencia nos personamos en el Inass municipal, y con alta de octubre de 2013, el joven recibió una chequera de 242,00 pesos por el fallecimiento de su mamá».
Refiere Santiesteban que finalmente el expediente fue enviado para La Habana en enero de 2014, y les comunicaron que el caso saldría a fines de ese mes o a principios del siguiente. «Humanamente comprendíamos su situación, pero no estábamos facultados a infringir las disposiciones vigentes», precisa.
Apunta el Director de Recursos Humanos que el 10 de marzo pasado, en conversación telefónica con la Dirección de Prevención del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, le comunicaron que se le había aprobado la jubilación de Fernando por una cuantía de 489,00 pesos, y que sería efectiva a partir del mes de febrero. La chequera le llegó a Fernando en abril de 2014, y con carácter retroactivo desde febrero del propio año, concluye Santiesteban.
Agradezco el desenlace positivo de la historia, y solo informo que la carta de respuesta, correo electrónico mediante, llegó a nuestra redacción el pasado 6 de agosto. Los remitentes insistieron en que la habían enviado a esta columna el pasado 24 de marzo, y que le rebotaban los correos. Lo cierto es que no nos llegó. Y a pesar del tiempo transcurrido, quise desenterrar el desenlace de esta historia, por el impacto que tuvo en los lectores.