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Cadena de incumplimientos

El pasado 18 de abril reflejé el disgusto de Sonia Fernández Carmenate, vecina de la cooperativa Julio Antonio Mella, en Loma Azul, Bartle, provincia de Las Tunas. Y no era para menos: el 28 de marzo no apareció el ómnibus que ella había contratado el día anterior en la Terminal Ferro Ómnibus de la ciudad de Las Tunas, para trasladar a quienes asistirían al sepelio de su padre. Un incumplimiento de por sí es lesivo, pero cuando se trata de un servicio acordado para algo tan sensible como la inhumación de un ser querido, el saldo es mucho más irrespetuoso y desagradable.

Al respecto, responde Luis Enrique Áreas Peña, director de la Organización Económica Estatal (OEE) de Transporte Las Tunas, quien aclara que el servicio de contratación de transporte para sepelios allí en la Terminal de Ómnibus está protegido y priorizado, a pesar de las dificultades bien conocidas en la transportación de pasajeros.

Reconoce la gravedad de lo que califica de «maltrato» a esa familia por parte de varios funcionarios de la entidad. Precisa que el procedimiento se aplicó correctamente solo hasta la realización del contrato; pero el propio 27, la jefa de turno de la Terminal no coordinó con la base de ómnibus dicha prestación, y sí le confirmó a los clientes. Vino a hacer dicha coordinación al siguiente día, a las 7 y 30 de la mañana, solo noventa minutos antes de la hora programada del entierro: las 9:00 a.m. Y aun cuando el margen de tiempo era tan estrecho para asegurar el servicio, el administrador de la base se aventuró a confirmarlo.

Luego, la dirección de la base decidió no prestar el servicio, porque las condiciones del camino no lo permitían. Y no se les comunicó a tiempo a los clientes. «La dirección de la Terminal, señala, tiene implicación por no dar seguimiento correcto de los casos de funeraria, y no comunicar a la dirección del municipio dicha afectación».

Por todo ello, el Consejo de Dirección de la OEE decidió aplicar a la jefa de turno de la Terminal, la principal causante del suceso, la medida consistente en separación del puesto de trabajo por un año. A la administradora de la Terminal y al administrador de la base de ómnibus se les descontó el 50 por ciento de sus respectivos salarios del mes. Y a los jefes de Producción de la base de ómnibus y de la OEE de Transporte Las Tunas, respectivamente, se les hizo una amonestación pública.

Asegura el director que «todas las medidas aplicadas conllevarán a que hechos como estos no vuelvan a repetirse, y dañen la imagen de nuestra entidad, y de nuestros cuadros, funcionarios y trabajadores, además de las molestias ocasionadas a nuestra población».

La segunda carta es también respuesta. La envía María Antonia Alfonso, directora de Atención a la Población de Correos de Cuba, a propósito de la denuncia, reflejada aquí el 21 de marzo pasado, en nombre de Ana Elvira Brito, vecina de El Cobre, en Santiago de Cuba.

Entonces, Ana Elvira revelaba que hacía más de cuatro meses le había enviado un bulto postal a su sobrina Loida Zabón, residente en la capital, y el mismo nunca llegó a su destino. El paquete contenía una jarra eléctrica de hervir agua que, vaya a saber a quién está sirviendo injustamente.

Al respecto, señala la funcionaria que, de acuerdo con las investigaciones hechas, dicho bulto postal, con el número CP 001852129CU, fue impuesto el 18 de octubre de 2006 en la unidad de Correos El Cobre, y su destino era la unidad Habana 20 de Correos de Cuba. Salió el día 26 de octubre del Centro de Clasificación Postal de Santiago de Cuba hacia el Centro de Clasificación Postal Nacional (CCPN), en el despacho 150 (1-16).

Y la gerente del CCPN notificó que dicho envío fue relacionado en el despacho 132, con sello 1823257 el 30 de octubre, hacia la unidad de Correos Habana 20. Allí fue recibido por el custodio, «a quien se le aplicó como medida disciplinaria la separación definitiva de la unidad por la pérdida de esta encomienda y la aplicación del decreto Ley 92, consistente en pagar dos veces el valor del artículo».

Aclara María Antonia que, aunque a quien corresponde indemnizar en situaciones como esta es al impositor del bulto, excepcionalmente en este caso se desagravió a la destinataria, luego de consultar a Ana Elvira, y para no dilatar más el proceso.

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