Acuse de recibo
El pasado 13 de octubre esta columna reflejó la carta de Lucía Marrero Fernández, en nombre de los trabajadores de la Unidad Empresarial de Base (UEB) de Servicios Generales de la Empresa Azucarera Antonio Guiteras, en Delicias, Puerto Padre, provincia de Las Tunas. Lo hacía en su condición de secretaria general de la sección sindical de ese centro.
Refería la remitente que el objeto social de ese colectivo, integrado por 148 trabajadores, es la atención al hombre que está laborando directamente en la producción de azúcar. Ellos garantizan el desayuno, merienda, almuerzo y comida imprescindibles para que los de la primera línea cumplan con el país. Y no por ello son menos importantes.
En síntesis, se cuestionaba el porqué a ellos no les pagan también la estimulación en divisa o en pesos, al igual que a los obreros directos en la producción, pero sí les penalizan el salario cuando la empresa incumple. Precisaba que habían canalizado la inquietud por distintas instancias del movimiento sindical, pero no quedaron satisfechos, pues en ciertos casos no recibieron ni respuesta.
Al respecto, responde ahora Ramón Morales Pérez, director de la empresa, quien aclara que el pago de estimulación en pesos cubanos convertibles está regulado por la Orden Ministerial 908, dirigida al ministro del Azúcar, por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social. El mismo se aplica en las empresas azucareras, a partir de una tasa por tonelada de azúcar producida, a los trabajadores de la operación de las fábricas del dulce, el mantenimiento, el transporte ferroviario, los centros de acopio, el laboratorio y las salas de análisis. Y están excluidas de él las áreas indirectas de la producción, entre ellas la de Servicios Generales.
Respecto al pago de estimulación en moneda nacional, recalca que lo tienen aplicado todas las unidades de base de la empresa, a partir de los resultados económicos de sus centros. Según el comportamiento de los costos, los trabajadores pueden ser estimulados o penalizados, de acuerdo con lo establecido por el Sistema de Perfeccionamiento Empresarial que aplican.
Y manifiesta que durante el año analizado, los trabajadores de esa unidad no han sido ni estimulados ni penalizados, de acuerdo a sus resultados económicos. Todo lo expresado, agrega, es del conocimiento de los mismos. En reunión efectuada reflejaron que dominan lo legislado al respecto y no cuestionan a la empresa, que siempre esclareció sus planteamientos, sino al principio mismo que les excluye de esa estimulación en CUC.
Al respecto, también responde Carlos Mateu Pereira, director de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), quien reafirma en su carta todo lo expresado por el director de la empresa en cuanto a lo que está legislado.
El funcionario señala que la carta es concretamente un deseo de trabajadores que no reciben CUC y consideran que lo merecen. Y argumenta que «la política del país va encaminada a que la moneda nacional (en pesos) se convierta en el elemento principal de estímulo a nuestros trabajadores».