Hace unos días leyendo la novela El último jurado de John Grisham, me detuve detenidamente cuando se narra el juicio al joven Danny Padgitt, acusado de violación y asesinato de una mujer en un pueblo del sur de los Estados Unidos en 1970.
Sabía que la novela es una obra de ficción, pero sabía también que Grisham es graduado de Derecho de la Universidad de Mississippi, y ejerció durante años como abogado especializado en materia penal y civil, por lo que, precisamente, sus novelas sobre temas judiciales en las que la trama se mantiene fiel al desarrollo del proceso judicial, aprovechando los detalles y técnicas del proceso, trabajando sobre ello la ficción, han sido verdaderos best seller. Fuerte razón para prestar atención a los detalles del proceso contado.
—Sería imposible que mi defendido pueda tener un juicio imparcial en este condado.
Aseveró el abogado, en una parte del juicio, y enumeró entre otras causas que:
—Se está intentando acusar a mi cliente antes de ofrecerle la oportunidad de defenderse, y creo que el tribunal debería intervenir de inmediato con un mandato judicial de mordaza para impedir comentarios. Y agregó:
—Reportajes de primera plana, fotografías espeluznantes, fuentes anónimas, ¡una sarta de medias verdades e insinuaciones más que suficientes para condenar a cualquier inocente!...
Se refería a una sola edición del periódico local en la que se comentaba el caso.
Más adelante Grisham narra como se consiguió anular un veredicto de culpabilidades en otro caso en el propio condado al alegarse en la apelación que el acusado se presentó al jurado vestido con un mono carcelario anaranjado por lo que «tenía pinta de culpable ya de entrada».
Otro aspecto sobresaliente de la trama judicial en la novela es cuando el Juez, al terminar la selección del jurado, decide proteger su actuación imparcial para lo cual hace uso del derecho que le concede la ley para los casos de gran connotación y dispone la «reclusión del jurado» (sequestration of the jury), ordenando su internamiento en las habitaciones de un hotel, a criterio y costo de la Corte, para su aislamiento y mejor deliberación, apartándolo de la comunidad durante varios días hasta el fin del juicio. A lo que están obligados legalmente los jueces en casos notorios como el expuesto en la novela y como el de los Cinco.
Para todos los que de una forma u otra conocemos del caso de los Cinco, estos detalles del proceso judicial, que según el autor resultan de gran significación para que un acusado tenga el debido proceso legal que exige la Quinta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, no pasan inadvertidos.
Recordemos que los Cinco fueron juzgados en Miami bajo una intensa y virulenta campaña mediática. Solo el Nuevo Herald les llamó espías en más de 160 ocasiones antes y durante el juicio. Fueron presentados a la luz pública, al jurado y a la corte como enemigos de los Estados Unidos, como personas que «venían a destruir la nación». Se publicaron fotos vestidos con el traje carcelario, despeinados, esposados, como vulgares y peligrosos delincuentes.
El jurado no fue separado de la comunidad, sino todo lo contrario. Se vieron imágenes en la televisión cuando los jurados salían del edifico de la Corte, tomaban sus autos o marchaban hacia la parada del ómnibus, haciendo pública su imagen, marcando su «responsabilidad» ante los verdaderos terroristas integrantes de la «mafia miamense» que clamaban «venganza» bajo la palabra «justicia». No en balde el Fiscal les echó en cara momentos antes de que se retiraran a deliberar «que el gobierno ya había hecho su trabajo y ahora ellos debían hacer el suyo». Todo lo que constituye frases indebidas, que ejercen coacción, típicas de una mala actuación, jurídicamente inadmisible, ejemplo de la violación de los derechos del acusado al debido proceso legal, que vician el proceso y lo hacen nulo de pleno derecho.
¿Qué orden de mordaza se dispuso por la Jueza Lenard? Se habló y se habló, se blasfemó y hasta se ofendió, no solo por la prensa miamense, sino por el Fiscal, y por testigos de la acusación.
En la novela de Grisham el acusado, culpable a pesar de toda la evidencia, no recibe la severa sanción que debió corresponderle.
En el caso de los Cinco, los acusados, inocentes, sin ninguna evidencia probatoria de los graves delitos imputados, son condenados a las más severas penas, tanto que resultan extremadamente exageradas en comparación con las impuestas durante todos estos años a casos que se pudieran considerar similares en la imputación y hasta mucho más graves como el espionaje, con la agravante que en estos casos la prueba ha sido abrumadora y el daño o peligro a los Estados Unidos se ha producido, mientras en el caso de los Cinco ni ha habido evidencia (porque no puede haberla), ni se ha producido daño o peligro alguno para la nación norteamericana.
En la novela de Grisham el acusado, una vez sancionado, amparado (según las propias palabras del autor) por un sistema legal cuestionable, es puesto unos años después en libertad. En el caso de los Cinco, los patriotas, víctimas de ese sistema legal cuestionable y de las más inescrupulosas presiones políticas que cualquier ciudadano honrado pudiera imaginarse, cumplirán nueve años injustamente presos el próximo día 12 de septiembre.
Ahora, luego de la Vista celebrada hace unos días en Atlanta, los tres jueces designados por el Onceno Circuito tienen la posibilidad de hacer justicia, y que el caso de los Cinco quede solo como un ejemplo de la injusticia en Miami. Espero que así sea, y se ponga fin así a este injusto proceso, que va constituyendo ya, por el tiempo transcurrido, un baldón, una negra e imborrable mancha del sistema judicial norteamericano, del cual tendrán material para escribir todos aquellos que quieran acercarse a la verdad que en este caso supera con creces cualquier ficción.