Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Las cooperativas no agropecuarias ya pueden tener Internet

La normativa, publicada ayer en la Gaceta Oficial No. 26 Ordinaria, explica que Etecsa, en la prestación de los servicios de acceso a Internet a estas formas productivas, aplicará las tarifas vigentes para los servicios contratados con entidades del sector estatal

Autor:

René Tamayo León

Las cooperativas no agropecuarias (CNA) ya pueden acceder al servicio de Internet que presta la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (Etecsa), que lo hará con su infraestructura propia.

Al realizar el contrato para recibir esos servicios, a las CNA se les exigirá, entre otros documentos, la presentación previa del contrato de prestación de servicio telefónico básico correspondiente al local ocupado por la cooperativa.

Según dicta la Resolución No. 396 de 2014 las del Ministerio de Comunicaciones, tales servicios se prestarán «solamente desde las facilidades de acceso existentes en los locales de las cooperativas no agropecuarias y solo para el uso de las mismas, por lo que resulta imposible su prestación a terceras personas».

La normativa, publicada ayer en la Gaceta Oficial No. 26 Ordinaria, agrega que Etecsa, «en la prestación de los servicios de acceso a Internet a las cooperativas no agropecuarias, aplica las tarifas vigentes para los servicios contratados con entidades del sector estatal».

Las CNA estarán obligadas, como usuarios de Internet, a cumplir con lo establecido en la legislación vigente del Ministerio de Comunicaciones.

El nuevo servicio también puede ser favorecido por otra resolución, la No. 397 de 2014, del Ministerio de Comunicaciones, también publicada en la edición ordinaria de ayer de la Gaceta Oficial.

La misma no se refiere en específico a esa prestación, está dedicada a incrementar el servicio de telefonía para las CNA, es decir, otra buena noticia para estas nuevas formas de gestión no estatal.

Las que no lo tienen, podrán tener teléfono y, por carambola, Internet —contrato y dinero mediante, por supuesto.

En específico, la Resolución No. 397 de 2014 autoriza a Etecsa, «de existir las condiciones tecnológicas, a instalar nuevos servicios telefónicos básicos a cooperativas no agropecuarias», a los cuales les serán aplicados «las tarifas vigentes en pesos convertibles (CUC)».

Al realizar el contrato, Etecsa exigirá a las CNA «los documentos que dispone la legislación específica para establecer relaciones jurídicas contractuales».

Comparte esta noticia

Enviar por E-mail

  • Los comentarios deben basarse en el respeto a los criterios.
  • No se admitirán ofensas, frases vulgares, ni palabras obscenas.
  • Nos reservamos el derecho de no publicar los que incumplan con las normas de este sitio.