El taller fue punto de encuentro para revisar el funcionamiento de estas entidades. Autor: Roberto Suárez Publicado: 21/09/2017 | 05:40 pm
Las nuevas medidas adoptadas esta semana para el trabajo por cuenta propia, en este caso por parte de los ministerios de Comercio Interior y de Turismo, no solo siguen abriéndole el camino y haciéndole «la vida más fácil» a quienes han optado por trabajar en los modelos de gestión no estatal, también continúan favoreciendo el servicio y los beneficios a la población, e incluso a quienes visitan el país.
No son noticias nuevas. Las dos decisiones ministeriales publicadas en la Gaceta Oficial extraordinaria No. 29 de este 8 de octubre le dan curso firme a lo que se había anunciado.
Complementan las disposiciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de agosto último, que incrementaron las actividades del cuentapropismo y dotaron de una nueva reglamentación a esta forma de gestión no estatal, como parte de la actualización del modelo económico cubano.
La restitución de la venta de ron en establecimientos gastronómicos que fueron arrendados por sus antiguos trabajadores estatales —quienes pasaron a ser cuentapropistas— ayudará a estos a brindar un servicio más integral.
También resuelve el problema creado a quienes antes compraban la bebida espirituosa allí y de la noche a la mañana debieron caminar más para llevarse la «botellita» a casa o a algún festejo.
Además de esa aplaudible medida que le correspondía viabilizar al Ministerio de Comercio Interior, el de Turismo ha hecho firme, definido y esclarecido otro mandato: el pago en pesos convertibles (CUC) a personas naturales, en este caso a cuentapropistas.
No fue un «puro trámite». Es una decisión de peso, estructural, de largo aliento, que involucra a una de las locomotoras económicas del país, y que amplía y consolida el mercado al que podían aspirar arrendadores de viviendas privadas, «paladares», cocheros, taxistas y otros emprendedores.
«Ya eso estaba pasando», dirá el lector. Verdad. Pero ahora será con gran altura: los dueños de los negocios podrán pactar con las mismísimas agencias de viajes del sistema de Turismo.
Esto impactará saludablemente en los ingresos de los cuentapropistas, que ahora podrán entrar —si sus servicios son de excelencia— en el paquete de las agencias que traen viajeros, y ampliará la oferta de las instituciones turísticas en sí.
También les hará el camino más expedito a los millares de vacacionistas que quieren conocer a Cuba en toda su plenitud. Ya no tendrán que estar orientándose por lo que le dijo un amigo, o por la tarjetica que recogió, o por lo que leyó en la prensa u hojeó en una promoción en Internet o una guía incompleta...
Además de estas medidas, los establecimientos del «sistema turismo» que brindan alimentación obrera a sus trabajadores podrán contratar a personas naturales para que les presten el servicio, y pagarles en CUC, «siempre que lo tengan aprobado en su presupuesto de gastos en pesos convertibles (CUC) y no se supere el monto percápita planificado».
Las entidades del sector también tendrán acceso a otras 28 actividades por cuenta propia y podrán honrar la prestación, según la naturaleza de la empresa, en pesos convertibles o en moneda nacional.
Albañiles y cerrajeros, plomeros y soldadores, mecánicos de refrigeración y de equipos eléctricos y electrónicos, reparadores de colchones y tapiceros... ahora podrán ser contratados por los actores institucionales de este importante mercado.
No obstante, 28 no es un número cerrado. Grupos empresariales, empresas independientes y unidades presupuestadas pueden contratar a otros emprendedores si tienen la autorización, por escrito, del Ministro de Turismo o de aquel en quien este delegue.
¡Tu roncito aquí!
La resolución No. 305 de 2013 de la Ministra de Comercio Interior, publicada el pasado 8 de octubre en la Gaceta Oficial, reconoce que la aplicación de la medida que un año atrás puso en vigor el paso de determinadas cafeterías estatales de hasta cinco trabajadores al sistema de arrendamiento, y el de sus empleados al cuentapropismo, afectó el «servicio en las cafeterías que vendían ron, al no considerar la venta de bebidas alcohólicas dentro de la nomenclatura autorizada».
La actual resolución modifica la No. 241 de 2012 del Mincin (Reglamento para el Sistema de gestión económica de arrendamiento de locales para el trabajo por cuenta propia en los servicios gastronómicos) en varios artículos, a fin de atemperarla a la reciente ampliación de este modelo y a su reglamento, emitidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Y autorizó de plano a los cuentapropistas de las antiguas cafeterías estatales que vendían bebidas alcohólicas y cervezas a que continuaran haciéndolo, y la venta de cigarros y tabacos en la modalidad de cafeterías de alimentos ligeros.
Como en casa, pero con orden
Con la resolución No. 145 de 2013, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 29, el Ministerio de Turismo definió los servicios por los que las entidades de su sistema pueden efectuar pagos en CUC o en pesos cubanos (CUP) a las personas naturales.
Entre las medidas adoptadas está la autorización a las agencias de viaje del sistema de Turismo para contratar y pagar en CUC el alojamiento de grupos turísticos en viviendas particulares cuyos propietarios estén autorizados a arrendar, para realizar sus programas de recorridos, circuitos y excursiones, y el servicio de «paladares», adonde llevarán grupos de turistas organizados.
Agencias de viaje y otras entidades del sistema de turismo podrán, además, organizar excursiones contratando a prestatarios de servicios por cuenta propia, a fin de realizar «paseos en caballo, coches, carretas, autos antiguos, taxis y otras que surjan y así se aprueben por el Ministerio de Turismo».
Estas transacciones se pagarán mediante instrumentos bancarios y según los procedimientos que se establecen en la resolución, donde se fijan las obligaciones de cada parte. Las entidades también podrán comprar productos de trabajadores por cuenta propia en pesos cubanos, pero empleando el sistema establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios para la venta directa de productos agropecuarios al sector turístico.
Todo incluido
La resolución No. 145 de 2013 del Mintur autoriza a las entidades del sistema de Turismo, «incluidas las de apoyo y las vinculadas con su desarrollo» a efectuar pagos en CUC a personas que se desempeñan en 28 actividades del cuentapropismo; mientras que el Grupo Empresarial Campismo Popular y las empresas estatales que lo integran lo harán en CUP.
A continuación JR reproduce la lista de estas actividades.
Actividades aprobadas por el Mintur para contratar a trabajadores por cuenta propia |
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1. | Albañilería |
2. | Carpintería |
3. | Cerrajería |
4. | Cristalería |
5. | Electricista |
6 | Jardinería |
7. | Limpieza y reparación de fosas |
8. | Masillero |
9. | Mecánica de equipos de refrigeración |
10. | Pintura y barniz de bienes muebles |
11. | Pintura de inmuebles |
12. | Plomería |
13. | Recolección y venta de materias primas |
14. | Soldadura |
15. | Tapicería |
16. | Parqueo y cuidado de equipos automotores, ciclos y triciclos |
17. | Reparación de equipos eléctricos y electrónicos |
18 | Reparación de equipos mecánicos y de combustión |
19. | Reparación de cocinas |
20. | Reparador de colchones |
21. | Chapistería de bienes muebles |
22. | Enrollado de motores, bobinas y otros equipos |
23. | Pintura automotriz |
24. | Pintura de rótulos |
25. | Pocero |
26. | Techador |
27. | Producción y venta de flores y plantas ornamentales |
28. | Servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles |