.La lucha contra la impunidad de los represores que actuaron bajo la dictadura militar argentina entre 1976 y 1983, es larga.
.El juicio a las Juntas militares se realizó en 1985, dos años después de la llegada al poder del presidente Raúl Alfonsín, y de la derogación de la bochornosa ley de autoamnistía que dejaron los militares al abandonar el poder. Al fin de ese proceso judicial, se emitieron distintas condenas a los principales cabecillas de la dictadura, que fueron desde la prisión perpetua hasta los 18 años de cárcel. Pero en 1990, el entonces mandatario Carlos Saúl Menem premió a los sancionados con el indulto.
.Aunque ordenó el enjuiciamiento de los altos jefes militares, Alfonsín permitió que durante su mandato se emitieran dos leyes que garantizaron la impunidad del resto de los represores, y dejaron sin justicia los crímenes cometidos por más de un millar de ellos. Esas fueron la Ley de Punto Final, en diciembre de 1986, que limitó a apenas dos meses el plazo para la presentación de denuncias por los crímenes cometidos durante la dictadura, y la de Obediencia Debida, en junio de 1987, que argumentaba la «obligatoriedad» que pesó sobre los militares de cumplir las órdenes que les eran dadas: entiéndase torturas, asesinatos, detención ilegal (secuestro) y el robo de bebés nacidos en cautiverio.
.En abril de 1998 y bajo el propio mandato de Carlos Saúl Menem, el Congreso aprobó la derogación del Punto Final y la Obediencia Debida, lo que fue ratificado por el Ejecutivo, pero no se les anuló, por lo que quedaron «vivas».
.Como resultado de la vigencia de esas leyes, a principio de los años 2000, los primeros reclamos de justicia contra los represores había que ventilarlos en el extranjero.
.El 21 de agosto de 2003, y bajo el mandato de Néstor Kirchner, el Congreso declaró finalmente la nulidad de las leyes de Obediencia debida y Punto final, al considerarlas «insanablemente nulas».
.Un mes después, el presidente Kirchner promulgó la ley que decretó la nulidad.
.La derogación de ambas leyes y, en general, de cualquier amnistía para los autores de delitos de lesa humanidad, permitió la apertura de los juicios en Argentina, al tiempo que la Corte Suprema de Justicia declaraba ambas legislaciones como inconstitucionales.
.Los juicios comenzaron en agosto de 2009, y de estos resultaron 689 condenas por tortura, secuestro y asesinato, según un informe judicial en junio de 2016.
.La desaparición de personas y apropiación indebida de menores constituyen delitos de lesa humanidad, por lo cual no prescriben.
.Observadores estiman que el creciente rechazo al fallo de la Corte Suprema cuando aplicó ahora la 2x1 a favor de Luis Muiña, demuestra que hay consenso en Argentina contra la impunidad.
.Después de ocho días en silencio y, sospechosamente, a pocas horas de la manifestación en Plaza de Mayo, el presidente Macri dijo que estaba «en contra de cualquier herramienta que sea en favor de la impunidad y más aún cuando se quiere aplicar en delitos de lesa humanidad».
.El martes fueron acusados de prevaricato los tres jueces de la Corte Suprema que votaron el fallo a favor de Muiña (Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz), por considerar que se hizo de manera arbitraria y contrario a lo que dictan estándares internacionales en la materia.
.Durante los debates de la ley que limita la 2x1, el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, recordó que «Argentina se comprometió a penalizar los crímenes de lesa humanidad» y que ya el Congreso lo había previsto al dictar la Ley 27.156, que establece la prohibición de indultos, amnistías y conmutación de penas para genocidas y represores.
.Las leyes del perdón son inaplicables a los delitos de lesa humanidad, o si fuesen aplicables son inconstitucionales, afirmó Pinedo.