El Código de las Familias será puesto a disposición del pueblo de Cuba para su ratificación en referéndum el próximo domingo 25 de septiembre. Autor: Juventud Rebelde Publicado: 19/09/2022 | 08:35 pm
Inclusivo, contemporáneo y basado en los afectos. Sin duda, esos tres adjetivos describen muy bien al Código de las Familias que estaremos votando el próximo domingo. Pero se quedan cortos. Si recorremos las más de cien páginas de la detallada norma jurídica con ayuda de una lupa «demográfica» encontraremos un coherente correlato de todo su articulado con la dinámica poblacional del patio ahora mismo. Como en una fotografía, nuestros desafíos en materia de población encuentran respuestas diversas en el texto que acapara en estos días los titulares de las noticias.
Cuba cerró el año 2021 con una población de poco más de 11 113 200 habitantes. En un apretado resumen, la dinámica demográfica de esta nación insular se caracteriza por muy bajos niveles de fecundidad, alta esperanza de vida, una mortalidad que crece por la llegada de cada vez más personas a la adultez mayor y un sostenido saldo migratorio internacional negativo.
O sea, vivimos en un país que decrece y envejece poblacionalmente. En 2021 se produjo el más bajo número de nacimientos de los últimos 60 años y la población disminuyó por cuarto año consecutivo. Mientras, el 21,6 por ciento de quienes desandan los campos y ciudades de este Archipiélago ya superó la cota de los 60 años.
Además, casi la mitad de los hogares están encabezados por mujeres y se registran altas tasas de divorcios. Solo en uno de cada tres núcleos familiares viven menores de 15 años y en cuatro de cada 10 hay un adulto mayor; alrededor del 30 por ciento de niñas, niños y adolescentes convive solamente con los abuelos y la mayoría de las parejas jóvenes comparte el espacio cotidiano con sus familias de origen.
Toda esa realidad puede encontrarse en el Código de las Familias.Decía la sicóloga Patricia Arés, justo el pasado jueves, que además de la diversidad familiar esta norma también atiende a la heterogeneidad social del país y protege la vulnerabilidad que de ella puede desprenderse.
Durante el Seminario multidisciplinar sobre familias, dignidad y protección integral, celebrado en la Universidad de La Habana, muchas razones para votar SÍ se sucedieron desde la mirada de profesionales de especialidades diversas.
Para la también sicóloga Teresa Orosa, presidenta de la Cátedra del Adulto Mayor de la casa de altos estudios capitalina, visibilizar los derechos, pero igualmente los deberes de las personas mayores, contribuye a cambiar estereotipos en torno a la vejez y a promover el envejecimiento activo, un desafío identificado como esencial en la política cubana de atención a la dinámica demográfica.
Muchas veces no se respetan las preferencias e historias de vida de las personas de la tercera edad, añadió la especialista. Con ella coincide el jurista Leonardo Pérez Gallardo, presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia. «Usted no puede tratar al adulto mayor como si fuera un niño, con las técnicas de formación y comunicación que tiene con ellos, porque son personas ya formadas, con valores cultivados».
En Cuba, además, no existe una ley específica de protección del adulto mayor. Por tanto, este Código de las Familias también legisla sobre los derechos de estas personas en el entorno familiar y vela por su autonomía, inclusión, respeto a las preferencias y seguridad; con un enorme énfasis en la prevención de cualquier manifestación de violencia. Pero además, protege a quienes cuidan, en un contexto donde diseñar un sistema integral de cuidados se hace cada vez más urgente.
A juicio de Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC), brindar protección jurídica a las personas cuidadoras que, en un país marcado por disímiles estereotipos machistas, suelen ser esencialmente mujeres, también está protegiendo su bienestar. A eso se suma el paso importantísimo que representa el reconocimiento del aporte económico de las tareas de cuidado, junto a la incorporación de la posibilidad de compensación económica por realizarlas, o por la dedicación a tiempo completo al trabajo doméstico. Todo ello apunta a proteger la autonomía de las mujeres, mayoría hoy entre la fuerza técnica y profesional del país, pero que muchas veces se ven obligadas a dejar empleos bien remunerados, pues tienen familiares dependientes a su cargo.
Según la Doctora Magela Romero Almodóvar, profesora del Departamento de Sociología de la Universidad de La Habana, es necesario «sensibilizar a la población y generar conversaciones, basadas en evidencias, en torno al cuidado de la vida, su relevancia para el desarrollo sostenible del país y la necesidad de acortar las brechas de género asociadas a estas labores». Esta legislación, justamente, lo hace.
A juicio de González Ferrer, además, la actualización del modelo económico cubano ha impactado en los núcleos familiares, lo que conlleva modificaciones al interior de las familias, en aspectos tales como la situación económica y las relaciones de poder. Esto significa que las parejas tendrán el derecho de pactar el régimen económico del matrimonio, ya sea de comunidad o de separación de bienes. Y, sobre todo, que tanto en este como en la unión consensual existirá protección frente a la violencia económica y se reconocerá el deber de socorro y protección para ambas partes de la pareja.
Y si de blindar se trata, el reconocimiento de derechos sexuales y reproductivos en el entorno familiar sin exclusión por edad, sexo, género, orientación sexual e identidad de género, situación de discapacidad o cualquier otra circunstancia personal, clasifica como fortaleza indiscutible.
Proteger el futuro
Eliminar la autorización excepcional para el matrimonio infantil antes de los 18 años es otro de los pasos enormes de la norma en aprobación, pues apunta directamente a prevenir el matrimonio infantil y con él, el embarazo adolescente, un fenómeno con bombillos rojos ahora mismo en Cuba.
Sin duda, un desafío extra lo suponen las uniones consensuadas en estas edades. Los menores de edad tampoco podrán legalizar uniones de hecho con valor jurídico como segunda alternativa al matrimonio, porque para cumplir el requisito deben demostrar dos años de convivencia luego de tener 18 años. Eso no evitará, probablemente, que las uniones ocurran; sin embargo, la clara indicación desde la legislación también funcionaría como herramienta educativa para una sociedad con herencias patriarcales bien visibles.
Entre otros muchos pasos ganados, la nueva normativa de familia también elimina obstáculos al derecho de comunicación entre las diferentes personas que conforman un hogar. La aspiración, según el Doctor Leonardo Pérez Gallardo, es contar con un régimen de comunicación en red entre padres y madres, hermanos, abuelos, tíos y sobrinos, abuelos y nietos, independientemente del lugar donde se encuentren, lo que apunta a establecer líneas de contacto con esa necesidad de reconocer la migración como un factor funcional para el desarrollo del país.
Y si de garantizar el futuro se trata, reconocer a la niñez y la adolescencia desde una nueva dimensión, más respetuosa de sus derechos y capacidades a la par de precisar el deber de las familias de proporcionar a sus menores educación para una sexualidad responsable, para compartir las tareas domésticas y para respetar a las demás personas, con independencia de su condición humana, nos pone a las puertas de un cambio necesario para una sociedad diferente y, sin duda, mejor.(Tomado de Cubadebate)