El proyecto del Código de las Familias posee un sello de identidad cubano y latinoamericano, trascendió este sábado durante la presentación a los diputados. Autor: Maykel Espinosa Rodríguez Publicado: 19/12/2021 | 12:09 am
Después de todas las consultas y análisis realizados y cuando tenemos profesionales tan capaces de llevar al texto de una ley las vivencias de la población, la realidad del país y darle esta robustez, uno se siente orgulloso de ser cubano y de tener compatriotas como ustedes, aseveró este sábado Miguel Díaz-Canel Bermúdez, Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República, tras la presentación a los diputados del proyecto de Código de las Familias.
Precisamente en la sesión vespertina de la primera jornada de las actividades previas al 8vo. Período Ordinario de sesiones del Parlamento en su 9na. Legislatura, Oscar Silvera Martínez, ministro de Justicia, informó sobre el proceso de consulta e intercambio desarrollado en el país y destacó que el Código posee «un sello de identidad cubano y latinoamericano, con una visión multidisciplinaria de la protección de las familias».
Igualmente, expresó que esta norma jurídica es expresión de la constitucionalización del Derecho de las familias, con principios como la pluralidad y diversidad familiar, la inclusión y no discriminación, y con el afecto como eje central de las relaciones familiares. También refrenda —dijo— la condición de Estado cubano laico.
Asimismo, el Ministro de Justicia lo calificó como respetuoso de los tratados internacionales de los que Cuba es parte, con un carácter educativo y pedagógico. Explicó que mantiene 11 títulos y un grupo de disposiciones finales, así como un glosario con 92 términos que se enriqueció en el transcurso de las consultas desarrolladas hasta la fecha.
Garantías dentro del espacio familiar
Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC), también formó parte del equipo que brindó información sobre el proyecto de Código de las Familias, con el fin de contribuir a la comprensión de los diputados.
Explicó que en el Título I se marca el ámbito de aplicación de la norma en las relaciones familiares en cualquiera de sus representaciones. También se abordan los derechos de las personas, garantizados en el espacio familiar; así como los derechos de la infancia y la adolescencia. Se destacó el rol de las abuelas, los abuelos y otros parientes.
Por otro lado, la jurista se refirió al título sobre la discriminación y la violencia en el ámbito familiar, destacando que incluye desde la verbal, la física, hasta la negligencia y la desatención. Igual tratamiento se confiere a los hechos de esta naturaleza cometidos entre personas con relaciones de convivencia. Otro de los asuntos mencionados fue la tutela urgente en materia de violencia familiar, y la responsabilidad por daños derivados de la misma.
En cuanto a mediación y defensoría familiar, sobresalió en la exposición de González Ferrer la intervención especializada, la participación de terceros, la figura de colaboración de la Fiscalía General de la República y de acompañamiento en la defensa de intereses familiares en caso de oposición de intereses.
Una de las novedades que incorpora la propuesta se encuentra en el Título III Del parentesco, y está relacionada con la socioafectividad como fuente de parentesco, determinada judicialmente entre quienes demuestren interés en ese reconocimiento. Además, resaltó que se amplía el concepto de alimentos y los sujetos obligados como tíos y sobrinos y a las madres, padres y sus hijos e hijas afines.
González Ferrer detalló que, igualmente, se reconoce el papel de los llamados padrastros y madrastras. Otro de los aspectos subrayados es la obligatoriedad de padres o tutores legales de satisfacer las necesidades elementales de los jóvenes para que puedan continuar sus estudios durante la educación superior.
El Código amplía el derecho a la comunicación y alcanza a parientes afines y personas que justifiquen un interés afectivo legítimo. Este proyecta el reconocimiento de abuelas y abuelos, por su papel en la familia, en la educación y la formación de valores.
Otro de los aspectos interesantes está relacionado con la filiación, pues esta transforma sus fuentes: a la biológica-consanguínea y la legal-adoptiva reconocida judicialmente. Con ello se propone respetar la tradición en cuanto al orden de los apellidos, pero permitir que, de común acuerdo, se pueda pactar un orden distinto. También realiza un reconocimiento de la multiparentalidad.
La Vicepresidenta de la UNJC recalcó que el consentimiento a los fines de adopción tiene como principal objetivo evitar el abandono de los recién nacidos o que estos vayan a familias que no los quieren. Este consentimiento puede ser por entrega en el momento del nacimiento y antes de su inscripción, mediante consentimiento informado, con los procedimientos que se establezcan a tales efectos en las instituciones correspondientes, y es efectiva una vez transcurridos 180 días, sin que de este acto sea exigible responsabilidad penal alguna.
En cuanto a la gestación solidaria, se definen fórmulas protectoras para garantizar que personas que hoy no pueden tener hijos, los tengan, siempre que no pueda ser posible otro tipo de gestación; pero debe realizarse sin ningún tipo de mercantilización.
El nuevo Código implica entender a los niños como sujetos de derecho, por eso en el texto se sustituye el término patria potestad por el de responsabilidad parental. Además, se incorporan figuras importantes como la guardia y cuidado compartidos, que contribuirá a un ejercicio más equitativo de la maternidad y la paternidad. «Con la nueva redacción, no se les quita potestad a los padres, más bien se concibe al niño como sujeto de derecho», subrayó la jurista.
defender la pluralidad
El doctor Leonardo Pérez Gallardo, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, explicó que este Código de las Familias defiende la pluralidad y desarrolla figuras de protección y apoyos amigables con la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El jurista explicó términos como:
—guarda de hecho: institución de apoyo por la cual una persona unida por vínculos familiares o allegados, sin nombramiento judicial ni administrativo, de manera general y continuada asume deberes de protección y cuidado, sin que sea de los obligados legalmente a hacerlo.
—acogimiento familiar: medida de protección aplicable como alternativa al acogimiento institucional y en respeto al derecho de toda persona a vivir en familia.
—alimentos voluntarios: convenio de asistencia, donde una persona se obliga a ofrecer alimentos (en su más amplio sentido) a otra que queda obligada a la transmisión de bienes o derechos.
—tutela: queda reservada exclusivamente para las personas menores de edad en ausencia de quienes ejercen la responsabilidad parental.
En la normativa se reconoce y protege a la persona que asume total o parcialmente la responsabilidad de la atención de otra que forma parte de su familia y que, por razón de edad, enfermedad o discapacidad, se encuentran en situación de dependencia para realizar sus actividades de la vida diaria o para satisfacer sus necesidades materiales y emocionales. Incluye el respeto a la autonomía y la dignidad, la prohibición de la violencia, la capacitación y los derechos y deberes de los cuidadores.
Acerca de las personas adultas mayores y las personas en situación de discapacidad en el entorno sociofamiliar se les garantiza la vida familiar con dignidad, elegir lugar de residencia, vida familiar libre de violencia, a un entorno accesible, la comunicación familiar, los apoyos respetuosos de sus preferencias y ajustes razonables, entre otros derechos.
El Código garantiza el derecho de todas las personas a contraer matrimonio, sin distinguir orientación sexual o género. Pérez Gallardo se refirió a otros aspectos de la normativa como el consentimiento matrimonial a los 18 años de edad, porque la mayoría de las instituciones consultadas abogaron por que no se permita el matrimonio de adolescentes; y a la transformación radical del régimen económico (la pareja tiene la posibilidad de pactar un régimen económico).
También se refuerza el valor económico del trabajo en el hogar, se regulan reglas de liquidación en presencia de una empresa familiar y queda establecida una regla de atribución de la vivienda en que residió el matrimonio.
Pérez Gallardo aseguró que se reconoce la unión estable y singular que, de hecho, forme un proyecto de vida en común, como otra de las formas de organizar la vida en pareja y como hecho fundante de la familia.
Recordó que el Código de las familias vigente data de 1987; por tanto, necesita una renovación, necesita oxigenarse. «Nosotros, los individuos, estamos destinados a pasar por esta vida, pero la familia es para siempre», finalizó.
Un código que enorgullece
«Estamos ante un Código de las Familias que nos debe hacer sentir orgullosos, y es algo que debemos trasladarle a nuestro pueblo, con independencia de cualquier diferencia. No tengamos miedo a la diferencia. Logremos explicar, persuadir, esa es la esencia de la política, y es lo que tenemos que hacer».
Lo anterior fue expresado por el diputado Homero Acosta Álvarez, secretario de la Asamblea Nacional, y aplaudido por los diputados. Y dijo más: «El Código ha abordado todos los contenidos constitucionales para ser abarcador y profundo. Hemos llegado aquí después de haber analizado bien todos los aspectos y convencidos de que el Código de las Familias no es solo el artículo 68, sino mucho más…
«Nuestros ancianos, nuestros niños, nuestras madres, el matrimonio, las relaciones entre padres e hijos, entre abuelos y nietos… todo está reflejado en este Código, porque tiene como punto de partida nuestra Constitución. Este es un Código que, además, protege a los miembros de las familias de la violencia; a los niños, niñas y adolescentes.
«Está a tono con las características de la población cubana, envejecida y por eso contempla el cuidado a las personas adultas mayores y las garantías para sus cuidadores, sin importar el grado de consanguinidad o si es un conocido dispuesto a asumir el cuidado de estos. Muchos de los desarrollos legislativos no han tenido lugar por derecho constitucional como ha sido el caso de Cuba, y eso hay que fortalecerlo cada vez más», reiteró Acosta Álvarez.
La Constitución no dice que tipo de familia se debe crear, solo da el derecho a crearla. Y eso es abierto, para reconocer todas las formas posibles de crear la familia, basadas solamente en el amor, agregó el diputado, quien insistió en que el pueblo va a entender mayoritariamente lo que estamos aprobando ahora porque «aquí están las ideas de Vilma, de Fidel, de Raúl, de todos los que han hecho esta Revolución y nos acompañaron siempre con los principios formadores de este país».
Acosta Álvarez subrayó que la responsabilidad de madres y padres se define así de conjunto, no solo de la madre, como muchas veces sucede. También se define ahora la responsabilidad de los hijos con sus padres, que en la Constitución anterior no se establecía, tanto como si el vínculo no es sanguíneo como si lo es.
Valores sociales y no solo familiares
La diputada Mariucha Lenzano se refirió al problema que se puede generar si una madre falsea la identidad de los padres de sus hijos con el objetivo de beneficiarse de la ayuda del Estado, ante lo cual Yamila González Ferrer explicó que existe la fórmula para evitar que el padre verdadero se quede sin reconocer a los hijos porque la madre no quiere. «La madre tiene el derecho de reclamar la paternidad, tanto como el padre tiene el derecho de registrar».
La ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, abundó en que la principal protección de un ciudadano es el empleo como piedra angular de la seguridad social. «En un hogar monoparental el Estado protege de manera inmediata, en forma monetaria o en especie.
«La prestación se otorga, luego de analizar la situación específica de ese hogar. Pero debe quedar claro que la Asistencia Social es una mano que se tiende en un momento específico, pero si se tiene edad para trabajar, por ejemplo, se crean los mecanismos para eso, y no es eterna esa prestación», apuntó.
La diputada Mariucha Lenzano también se refirió a la posibilidad de modificar el número de años que debe existir entre un posible adoptado y una persona que desee adoptarlo, tomando como ejemplo el caso de un hermano mayor que desee adoptar a su hermano menor.
En tal sentido, el abogado Leonardo Pérez Gallardo explicó que la adopción es un asunto peculiar. «Se requiere madurez sicológica y condiciones materiales y económicas para llevarla a cabo. Además, como institución que crea vínculos familiares, debe existir una diferencia de edad coherente con ello para establecer el modelo parental que se requiere. Por ello, no puede proceder si un hermano de 23 años, por ejemplo, quiere adoptar a un hermano de 14 años, si sus padres no existen».
La doctora Patricia Arés destacó que el Código no solo habla de la familia sino también de los valores sociales. «Nos pone a la altura de lo que significa en nuestro país pertenecer a un proyecto de sociedad inclusiva y digna».
Magalys María Sairo abordó, preocupada, la manera en la que la guarda y custodia de un menor se comparte entre sus progenitores. «Hay que tener en cuenta que las rutinas de un menor deben respetarse en la formación de sus hábitos y estilos de vida. Los padres deben ponerse de acuerdo para evitar que el niño o niña, o incluso si es adolescente, vaya de una casa a la otra, con costumbres diferentes cada vez».
González Ferrer explicó que se comparte la guarda y custodia si el divorcio ocurre en una pareja, quizás la práctica más conocida, pero en todo caso se deben incorporar en el Código todas las posibles variantes de convivencia alternada o formas de organización de la familia a partir de las experiencias reales que se conocen de nuestro país.
El Ministro de Justicia ponderó el valor educativo del Código de Familia y la potencialidad que tiene de brindar las herramientas necesarias para encontrar la respuesta a cualquier conflicto que pueda generarse en un entorno familiar.
Mientras, la joven diputada Karla Santana Rodríguez consideró prudente valorar en un Código que aspira a multiplicar afectos la posibilidad de introducir la responsabilidad del animal doméstico que se tenga en el hogar, teniendo en cuenta que ante un divorcio también el animal es objeto de conflictos.
En consonancia con ello, la doctora Patricia Arés reconoció la factibilidad de su planteamiento, y coincide en que debe ser valorado porque es cierto que se generan situaciones desagradables en ese sentido que, en muchas ocasiones, si existe un menor, este también sufre.
La diputada María Armenia Yi enfatizó en que no es saludable propiciar el enfrentamiento entre miembros de diferentes comunidades religiosas. «Somos un país que avanza en una ley que regula las formaciones familiares, en un país donde los niños son felices porque tienen derecho a serlo con el disfrute de todos los beneficios que se les ofrecen, donde la idolatría a la riqueza no existe».
El diputado Gerardo Hernández, coordinador nacional de los Comité de Defensa de la Revolución, manifestó el apoyo a esta norma jurídica, «que después de 23 versiones, todavía el debate enriquece este cuerpo legal». Este será uno de los Códigos más avanzados del mundo, moderno e inclusivo, que enaltece la dignidad humana como valor supremo y que nos acercará al sueño martiano de tener una Cuba con todos y para el bien de todos, afirmó.
Por su parte, el diputado Miguel Barnet Laza, presidente de honor de la Unión de Escritores y Artistas de Cuba, recordó que la Revolución Cubana siempre ha sido auténtica y renovadora, por eso este Código hay que verlo como un canto a los derechos humanos de todos y ser fieles a los principios fidelistas de que una revolución verdadera debe cambiar todo lo que debe ser cambiado.
Y la diputada Yailín Orta, directora del periódico Granma, reconoció el diagnóstico profundo que se ha realizado de la familia cubana para configurar este Código «y confío en la sabiduría popular para superar prejuicios, individualidades y superficialidades».
El diputado Raúl Alejandro Palmero insistió en la bondad del Estado cubano en querer reflejar a todos y cada uno de nosotros. «Se reconocieron los derechos, pero había que debatir profundamente sobre su respeto e implementación. Confío en que los jóvenes aprueben este proyecto porque es el proyecto de nuestro futuro, de nuestras familias a construir y del país que respeta a todos».
Antes de concluir el debate, la diputada Teresa Amarelle Boué, secretaria general de la Federación de Mujeres Cubanas, destacó que el Código protege a las mujeres, a las niñas y a las adolescentes. Se analizaron las brechas de género de nuestra sociedad y se ha abordado la prevención de la violencia desde la Constitución y claro está, ahora en el nuevo Código. «Esa vocación de unidad que tiene nuestra Revolución está en cada letra de este Código tan necesario para la sociedad actual».