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Oportunidad única para tractores y cosechadoras autopropulsadas no inscritos

Cuando las personas naturales previstas realicen la inscripción aumentará el parque de tractores y cosechadoras autopropulsadas que actualmente cuenta con más de 63 000 en todo el país. Se estima que se registren más de 3 000 equipos que hasta la fecha están fuera de ese mecanismo de control y han tenido que permanecer ociosos por no tener un estatus legal

Autor:

Marianela Martín González

El martes último, en su edición ordinaria No 4, la Gaceta Oficial de la República de Cuba emitió varias resoluciones, entre las que está la 575/2019 relativa al Reglamento sobre el ordenamiento de los tractores y cosechadoras autopropulsadas no inscriptos en el registro correspondiente.

Para dilucidar aspectos del referido decreto, JR conversó con Mildrey Mantrana González, subdirectora de la Dirección de Suelos y Control de Tierra, adscrita al Ministerio de la Agricultura.

Sus primeras apreciaciones fueron que cuando las personas naturales previstas realicen la inscripción aumentará el parque de tractores y cosechadoras autopropulsadas —que actualmente cuenta con más de 63 000 en todo el país—, lo cual traerá consigo una mayor disponibilidad de maquinarias para explotar la tierra en aras de la producción de alimentos, desarrollo forestal y cañero.

Apuntó que se estima que se registren más de 3 000 equipos que hasta la fecha están fuera de ese mecanismo de control y han tenido que permanecer ociosos por no tener un estatus legal. Solo son eximidos de registrase aquellos equipos pertenecientes a las Fuerzas Armadas Revolucionarias y su empresas agropecuarias, los del Instituto de Aeronáutica Civil y aquellos que se dedican a la construcción u otras actividades no agropecuarias que poseen aditamentos especiales de forma permanente.

Mantrana González precisó que desde 1998 se creó en el país el registro de estos equipos. En ese momento se controlaron muchos de los cuales han sufrido baja debido a su estado técnico. Dijo, además, que no todos los que no aparecen registrados tendrán la posibilidad de hacerlo, puesto que hay que tener requisitos como: buen estado técnico, estar vinculado a la actividad agropecuaria y que el propietario posea tierra. Tampoco aquellos medios que tengan procedencia dudosa serán aceptados.

Acotó que esta medida se adoptará por única vez, a partir de que entre en vigor pasados los 60 días de haberse publicado en la Gaceta. Los que no acudan en la fecha perderán la oportunidad de registrar su equipo. Tras esos 60 días, los interesados tendrán otros 60 días para efectuar la solicitud del registro.

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