Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

La cliente conocía la complejidad

El pasado 21 de mayo, la lectora Enma Martín Posada contaba aquí que el 16 de julio de 2013 se presentó en el Bufete Colectivo de la Víbora, en la capital, para subsanar un error en el segundo apellido de su hijo de 11 años que, a su vez, ella había enmendado en el primer apellido suyo, dos años atrás. Y el caso lo tomó la abogada Idania González.

Enma reconocía el buen trato de la jurista, pero apuntaba que hasta entonces no la habían citado del Tribunal, y que la abogada siempre le respondía que pronto la llamarían, pues el Tribunal tenía atrasos.

Semanas atrás —agregaba— solicitó una entrevista con la Directora del Bufete, quien le aseguró que vería cómo marchaba su solicitud. Y cuando llamó allí el pasado cuatro de abril, volvieron a decirle que el Tribunal tenía atrasos.

Enma fue a la sede provincial de Bufetes Colectivos, en el Vedado, y conversó con la funcionaria que atiende quejas. Esta llamó a la Directora del Bufete de La Víbora para alertarla del caso. Y según cuenta la clienta, el 16 de abril fue al Bufete de la Víbora a ver a su abogada, quien le dijo: «Vamos a ver si para el mes que viene (mayo) o para el otro resolvemos lo tuyo», al tiempo que reiteraba: «Es que el Tribunal ha tenido algunas complicaciones».

También añadía Enma que hacía más de 60 días había entregado en el Ministerio de Justicia una queja formal acerca de su caso, y aún esperaba una respuesta.

Enma abundaba en que su hijo tiene serios problemas de salud, y su padre hacía años había abandonado el país, sin jamás ocuparse del niño. Pero ella necesitaba resolver el problema del apellido, porque a los efectos legales el muchacho no era su hijo, por no coincidir su apellido con el de ella.

Al respecto, María Matilde Hernández Sáez, directora del Bufete Colectivo de la Víbora, responde que los sucesos se esclarecieron con una entrevista realizada a la clienta. Y niega que ni la abogada Idania González ni ninguna otra persona del Bufete expuso a Enma que «hay atrasos en los Tribunales», ni tampoco manejaron la palabra «resolver».

Refiere que la cliente realizó múltiples gestiones antes de llegar a ese Bufete, y había recibido en ellas respuestas negativas, teniendo en cuenta el alcance de la Ley.

Enma sabía en todo momento —señala— que el contrato suscrito con la abogada tenía por contenido el estudio de su caso, «muy difícil ateniéndonos a estricto Derecho». Aun así, la abogada Idania abrió el contrato para encontrar un proceso que la llevara a solucionarlo.

El asunto es que, de acuerdo al artículo 110 de la Resolución 157 de 1985 del Ministerio de Justicia (Reglamento de la Ley de los Registros del Estado Civil), solo se acepta la subsanación del asiento de nacimiento de un menor cuando comparecen ambos padres. Y en caso de estar uno de ellos en el extranjero, ha de expedir aprobación con documento público legalizado ante notario, precepto con base en el artículo 83 del Código de Familia, que establece el ejercicio conjunto de la Patria Potestad.

No obstante —afirma—, la abogada, en medio de casos muy complejos, asumió el caso y realizó su estudio. Y le informó a Enma que en el presente mes de mayo, o en el de junio, valoraría presentarlo en el Tribunal correspondiente. «Las advertencias, acuerdos y resultados del estudio realizado por la abogada —agrega— tienen carácter reservado con la cliente Enma, protegido por el Código de Ética de los Bufetes Colectivos».

Enma —añade María Matilde— señaló que compareció ante ese Bufete por las referencias altamente positivas que tenía del mismo, y especialmente del desempeño profesional de Idania. Y en el encuentro en el Bufete, resultante de la publicación del caso aquí, Enma manifestó: «Es de mi interés que la abogada siga con mi caso, porque realmente es la única que me brindó ayuda en el problema». Y en consonancia, la letrada accedió a seguir representándola, concluye.

Agradezco el esclarecimiento, no sin antes aclarar algunos puntos: Fue precisamente Enma en su carta quien manejó lo de «atrasos en los Tribunales» y «resolver».  Y si la clienta estaba al tanto de la complejidad de su caso, y de todo lo que iba haciéndose en el estudio, entonces habría que preguntarse por qué apeló a una sección como esta —siempre presta a auxiliar a la ciudadanía—, para luego expresar tanta complacencia.

Por cierto, el Ministerio de Justicia no se ha pronunciado…

Comparte esta noticia

Enviar por E-mail

  • Los comentarios deben basarse en el respeto a los criterios.
  • No se admitirán ofensas, frases vulgares, ni palabras obscenas.
  • Nos reservamos el derecho de no publicar los que incumplan con las normas de este sitio.