Acuse de recibo
Hace 14 años, cuando no era permitida la compra-venta de casas, el camagüeyano Héctor Miguel Trujillo Rodríguez compró una. Pero tras este error, y siguiendo varias recomendaciones especializadas, trató de enrumbarse por el camino más correcto y declarar la compra-venta.
Cuenta el residente en calle 7ma. No. 102, e/ Joaquín Agüero y Ángel Castillo, en Florida, que declaró su acción e «inmediatamente me aplicaron un “impuesto” de 33,01 pesos en moneda nacional, mensual y “de por vida”, según las personas de Vivienda me dicen.
«En el papel que me hacen en Vivienda, dejando claro que mi esposa y yo somos arrendatarios, me valoran la casa en 5 909 pesos en moneda nacional, es decir que debo pagar 33,01 pesos mensuales hasta llegar a los 5 909 pesos (en el papel no dice que es de por vida)».
Cuando cambió la legislación sobre este particular y se hizo posible comprar y vender casas, al agramontino le surgió la duda de si debía continuar abonando la mensualidad en los términos en que inicialmente le comunicaron. Por ello acudió a las autoridades de Vivienda (no especifica si a nivel municipal o provincial). «Allí me informan que tengo que seguir pagando y me preguntan de qué ley estoy hablando; lo que me sorprende, y es cuando busco información».
Revisando la Ley General de la Vivienda, el remitente encontró que el capítulo III, sección 2da., específicamente el artículo 45 sostiene que «el comprador podrá optar por adelantar en cualquier momento el pago de todas o algunas de las mensualidades que le falten por pagar al Banco Popular de Ahorro».
También se percató de que en el capítulo IV, artículo 52, se expresa que «el arrendatario de viviendas propiedad estatal tendrá los derechos siguientes: c) solicitar la transferencia de la propiedad de la vivienda cuando tuviere derecho a ello; ch) permutar la vivienda o ceder los derechos de arrendamiento de la misma, previa aprobación de la Dirección Municipal de la Vivienda».
«Cuando averiguo en Vivienda municipal me dicen que no tienen conocimiento de esa ley y que incluso allí hay trabajadores en mi situación y siguen pagando sus casas mensualmente sin poder adelantar el pago. Mi intención no es dejar de pagar la casa, sino poder acudir al banco y terminar con mi deuda de una vez. Me pregunto si algún día podré tener la propiedad de mi casa, porque por tratar de estar legal ahora estoy peor que los que nunca declararon compra-venta en aquel momento», se duele el lector.
Valdría la pena que las autoridades correspondientes esclarecieran qué derechos le asisten a Héctor Miguel y su familia, y qué deberes debe observar; también, por qué no se le brindó la información oportuna en las instancias que tienen que ver con el asunto.
Siempre resultan oportunas reflexiones como las del granmense Idelfonso Senra Pérez (calle N, e/ G y C., No. 220, Cayo Redondo, Yara) en torno a la calidad de algunos libros que se ofertan habitualmente.
En los dos últimos años la impresión de la guía oficial de béisbol ha tenido dificultades, según opina el lector. Entre estas menciona la omisión de datos, la publicación de datos erróneos y los pies de fotos que no se corresponden, dice, con la imagen.
En cuanto a textos de referencia como la citada guía, Idelfonso solicita que se haga una revisión más exhaustiva, pues se trata de un material de consulta para los que se dedican al deporte nacional. Y en ella está contenida la historia de nuestros clásicos beisboleros, esencia de la cultura cubana.