7mo. Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su 10ma. Legislatura. Autor: José Manuel Correa Publicado: 30/07/2026 | 12:33 pm
El 7mo. Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en su 10ma. Legislatura llega este jueves a su fecha conclusiva, donde el intenso debate volverá a guiar la jornada de trabajo.
El Parlamento cubano analizará dentro de las propuestas legislativas la Ley de Organización de la Administración Central del Estado, la Ley de la Vivienda, el Código del Trabajo y la Ley del Sistema de Identidad y Domicilio, normas que forman parte del proceso de actualización y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico antillano.
Aquí puedes conocer todos los detalles de lo acontecido la víspera.
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El General de Ejército Raúl Castro Ruz, líder de la Revolución, participa mediante videoconferencia en esta jornada parlamentaria; mientras Miguel Díaz-Canel Bermúdez, Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, está presente en el Palacio de Convenciones de La Habana.
Al inicio de la sesión se rindió un sentido homenaje a Frank País García, jefe de Acción y Sabotaje del Movimiento 26 de Julio, y a Raúl Pujol Arencibia, jóvenes asesinados en Santiago de Cuba por la dictadura batistiana y a quienes se honra en el Día de los Mártires de la Revolución Cubana, este 30 de julio.
Ley de Organización de la Administración Central del Estado: Un paso adelante, audaz y necesario

Foto: Abel Padrón Padilla/Cubadebate
Para alcanzar una mayor eficacia y optimización en las actividades ejecutivo-administrativas, este jueves quedó aprobada por el Parlamento cubano la Ley de Organización de la Administración Central del Estado.
Se trata, según explicó a los diputados el miembro del Buró Político José Amado Ricardo Guerra, secretario del Consejo de Ministros, de una normativa que reduce de manera significativa las organizaciones de la Administración Central del Estado.
Explicó entonces que todos los organismos a lo interno deberán reducir las actuales composiciones. Entre los ministerios con mayores cambios, señaló, se encuentran los de Agricultura y Alimentación; Economía y Finanzas; Comercio e Inversión Extranjera; Educación Superior, Ciencia e Innovación; Medio Ambiente Hábitat y Recursos Hidráulicos; Industria y Construcción; Deportes y Recreación.
Este paso, refirió, se alinea con el sentido y disposiciones de mejora y fortalecimiento de la institucionalidad estatal y de la definición constitucional de Estado socialista de derecho y justicia social.
Además, permite mejorar la unidad en el diseño, ejecución y control de las políticas públicas, y la atención más coherente y consecuente con la transversalidad de alguna de esas políticas en la actuación del Estado cubano, añadió.
Esta Ley, recordó, reduce la dispersión en la actuación administrativa central y elimina la duplicidad de competencias y actuaciones existentes en la gestión administrativa pública.
Ricardo Guerra argumentó que la normativa descarga de un peso estructural, burocrático y de costos en la organización y gestión administrativa central; y se ajusta a la realidad demográfica que vive el país.
En esa línea, también refirió que contribuye a una mayor coherencia del plan y el presupuesto a corto y mediano plazos, facilita la alineación entre la planificación estratégica (inversiones, proyectos de desarrollo), la gestión fiscal (ingreso, gastos, deudas), reduce duplicidad de funciones y conflictos burocráticos, además en situaciones especiales un solo organismo actúa con mayor rapidez.
Durante el proceso de consulta del proyecto de Ley de Organización de la Administración Central del Estado, comentó el secretario del Consejo de Ministros, se recibieron por diferentes vías un total de 242 observaciones, de ellas: 139 aceptadas o aceptadas en parte, y 103 no aceptadas, las cuales fueron atendidas y se explicaron las razones de su no aceptación.
Lo cierto es que, el redimensionamiento de la Administración Central del Estado constituye un paso adelante, audaz y necesario en el contexto de la peor crisis económica de las últimas décadas, apuntó.
Sin embargo, aclaró que los riesgos que pudieran existir son gestionables con las medidas identificadas para el proceso de implementación.
El proyecto de Ley de Organización de la Administración Central del Estado, se recordó, fue publicado el 9 de junio de este año en el sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular para general conocimiento de la población, recibiéndose por medio de los correos habilitados 84 criterios, de ellos aceptados 24, no aceptados 48 y 12 que exponen valoraciones generales del proceso.
Se realizaron intercambios con los consejos de Dirección de los organismos que se redimensionan. A partir de las Transformaciones Económicas y Sociales aprobadas, argumentaron, se consultó nuevamente el proyecto a los organismos de la Administración Central del Estado con el propósito de analizar el impacto que pudieran tener en la misión y funciones y proponer las modificaciones y adiciones correspondientes.
Un amplio debate se suscitó también este jueves en la Asamblea Nacional del Poder Popular, donde los diputados mostraron sus inquietudes y perspectivas con la nueva norma.
Esta Ley aprobada por el Parlamento entra en vigor a los 60 días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Aprueba Parlamento cubano nueva Ley de la Vivienda
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este jueves la Ley de la Vivienda, una actualización del marco jurídico de uno de los derechos más sensibles de nuestra sociedad.
Al presentar el proyecto de Ley, el ministro de Construcción, René Mesa Villafaña, explicó que «integra la producción y la gestión de la vivienda y sus urbanizaciones con un enfoque económico, legal, sociocultural y ambiental, en respuesta a la dinámica demográfica y a otras transformaciones económicas y sociales».
Entre los principales aspectos que se preservan, subrayó la responsabilidad del Estado en el desarrollo de programas de subsidio para la solución del déficit habitacional, la protección a personas en situación de vulnerabilidad, la voluntad del Estado de que los cubanos sean propietarios de su vivienda y el ejercicio pleno del derecho de propiedad.
Se preserva también «la construcción por esfuerzo propio, el pago del crédito de la vivienda que asignan los consejos de administración municipal, una ampliación del régimen de propiedad horizontal, las microbrigadas y el procedimiento para reclamaciones.
Novedades
Como aspecto relevante explicó que se define el Programa Nacional de Desarrollo Habitacional con un enfoque integral y sostenible, en el que participan todas las formas de gestión estatal, de esfuerzo propio, cooperativas de viviendas, micro, pequeñas y medianas empresas inmobiliarias y otras.
«Se eliminan las restricciones para que las personas naturales y jurídicas extranjeras compren y arrienden viviendas», expuso, «y se incluye la definición y protección de la vivienda social, mientras que el Consejo de Administración Municipal puede financiar el precio total o parcial a personas en situación de vulnerabilidad, con tratamiento diferenciado a barrios precarios y zonas degradadas».
En cuanto a la ampliación de derechos de los propietarios, el Ministro afirmó que «se reconoce el derecho a las personas naturales a tener hasta dos viviendas en propiedad, sin perjuicio de la que posee sobre la vivienda de descanso o garaje».
Además, sostuvo que «el propietario de una vivienda declarada en ruina puede tramitarla a favor de otras personas para recuperar su valor de uso en edificación de hasta dos pisos o apartamentos, así como ceder habitaciones a propietarios colindantes, siempre que se mantenga la condición de vivienda adecuada».
Mejoras para todos
Por su parte, Magda Ileana Pérez Matos, presidenta de la Comisión de Industria, Construcción y Energía del Parlamento cubano, explicó que «la Ley tiene como objeto establecer y regular las formas en que el Estado hace efectivo el derecho de las personas a una vivienda adecuada y a un hábitat seguro y saludable con criterios de resiliencia climática y eficiencia energética».
«Su ámbito de aplicación alcanza las acciones de protección pública, gestión de la vivienda, en términos de producción, calidad, financiamiento, distribución, uso y conservación, así como su acceso y transmisión», agregó.
José Carlos Cruz, diputado por el municipio de Baraguá, provincia de Ciego de Ávila, destacó que la norma constituye una herramienta muy novedosa, de alto impacto para la población desde el inicio del proceso constructivo de esta, y en consecuencia se reconoció el rigor del grupo de trabajo que la desarrolló porque hasta el último minuto se mantuvo proactivo incluyendo cambios oportunos.
Al respecto el titular de Construcción destacó que el proyecto tuvo un alto proceso de consulta en el que «se recibieron un total de 10 928 opiniones, dudas y criterios donde participaron jóvenes, y fueron aceptados el 56 por ciento».
Según se explicó, ante dudas de los diputados, el estado de abandono que recoge la norma es declarado por el Tribunal Popular, evaluando las características de los diferentes casos. Se detalló que en ese proceso de evaluación se estudian los casos para evitar vulnerar el derecho de los propietarios, y en caso de ser posible, se consignará una solución menos invasiva.
Esta ley, se explicó, «blinda jurídicamente todo el espíritu y accionar del Gobierno Revolucionario de atender un aspecto tan sensible como es la vivienda».
Aprueban Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio
Como parte de la jornada de cierre del 7mo. Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su 10ma. Legislatura se aprobó el proyecto de Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio, presentado por el Ministerio del Interior (Minint).
El cuerpo legal, dado a conocer por el primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación Inmigración y Extranjería del Minint, da cumplimiento al cronograma legislativo y responde de manera directa a los profundos procesos de transformación digital que impulsa el país.
La norma se sustenta en los artículos 48, 49 y 52 de la Constitución de la República de Cuba de 2019, los cuales consagran el derecho a la identidad personal, la inviolabilidad del domicilio y el derecho de los ciudadanos a cambiar de residencia sin más limitaciones que las establecidas por la ley.
Principales transformaciones y derogación del Decreto-Ley 248
La normativa deroga el Decreto-Ley 248 de 2007, vigente hasta el momento, que fue concebido en un contexto institucional y tecnológico diferente, carente de conceptos esenciales exigidos por los tiempos actuales.
Entre las novedades más significativas, destacó Méndez Mayedo, resaltan el nuevo concepto de Identidad Personal que se define de manera amplia y técnica, ajustado a estándares internacionales, integrando datos registrales (nacimiento o clasificación migratoria) y datos biométricos (huellas, rostro, firma, voz, iris, etc.) para garantizar la identificación indubitada de las personas.
Asimismo se reconoce el carácter universal del carné de identidad. Este se instituye como documento válido para todos los ciudadanos cubanos y extranjeros residentes dentro y fuera del país, incorporando la propuesta trascendental de entregar el carné de identidad a todos los ciudadanos cubanos dondequiera que se encuentren, superando la limitación histórica de hacerlo únicamente a los residentes en el territorio nacional.
En cuanto a la regulación jurídica del domicilio se define como la sede principal de la persona cuando constituye el centro de sus relaciones jurídicas y el lugar de residencia habitual o con la intención de establecerse. Se aclara expresamente que el domicilio registrado no otorga derechos patrimoniales, lo que evita conflictos sobre la propiedad o posesión de inmuebles.
En lo referente a la Identidad Digital Certificada es introducida y gestionada por un proveedor único (el Ministerio del Interior). Esta permitirá realizar trámites en línea con alta seguridad. La norma refrenda que la falta de identidad digital no restringe el ejercicio de otros derechos constitucionales, ateniéndose a los principios de soberanía tecnológica, protección de datos e interoperabilidad.
La ley consta de ocho Capítulos, 13 Secciones, 73 Artículos, una Disposición Transitoria y tres Disposiciones Finales. Su marco de aplicación refleja la realidad socioeconómica actual al abarcar a micro, pequeñas y medianas empresas, trabajadores por cuenta propia, cooperativas y otros actores económicos no estatales.
El primer coronel señaló que la norma fue objeto de una exhaustiva consulta interinstitucional con el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (Minfar), el Ministerio de Justicia, los grupos de Capacidad Legislativa, y las Comisiones de Defensa Nacional y Orden Interior y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.
Asimismo se constató su plena compatibilidad con las leyes vigentes (Protección de Datos, Registro Civil, Migración, Código Civil, Código de las Familias y las normativas de actores económicos), reduciendo al mínimo los riesgos de contradicciones normativas.
En cuanto a la participación ciudadana, tras publicarse el proyecto en el sitio web de la Asamblea Nacional para el conocimiento general de la población, se habilitaron correos electrónicos a través de los cuales se recibieron cinco criterios, los cuales fueron debidamente respondidos. Adicionalmente, el 17 de julio se efectuaron dos sesiones de trabajo con los diputados, donde se debatieron y formularon nueve opiniones y una propuesta que se incorporaron al texto (artículos 6, 10, 18 y 31), a excepción de una que no resultó aceptada y cuya explicación fue ofrecida a la diputada interesada.
Las Comisiones de Defensa Nacional y Orden Interior y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos coincidieron en que el texto guarda la debida correspondencia con la Constitución y el ordenamiento legal de la nación.
Con su entrada en vigor y reglamentación, la ley fortalecerá la seguridad jurídica, modernizará la administración pública y garantizará el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos en correspondencia con los principios del Estado socialista de derecho cubano.
