Acuse de recibo
El pasado 28 de enero, y desde La Habana, Guillermo Chalita contó aquí que es una persona de la tercera edad. Y a causa de la pandemia y la congestión en los bancos, el 16 de ese mes optó por la plataforma Transfermóvil para pagar el impuesto sobre transporte terrestre de este año antes del 28 de febrero. Así, por pago adelantado tendría una bonificación del 20 por ciento.
Hizo la transacción, y recibió un mensaje con todos los datos, incluidas las bonificaciones. «Para mi sorpresa, decía, me hicieron el descuento por uso del canal electrónico, pero no el correspondiente al pago adelantado, que es el de mayor cuantía».
Tras varias llamadas al Banco Metropolitano y a la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) provincial, le informaron que debía reclamar el descuento por escrito ante la ONAT municipal. Lo hizo, y quien le atendió allí le informó que debía rehacer su carta, y poner otros datos que faltaban. Que volviera al otro día y le viera directo sin hacer cola. Al otro día fue, pero ella no estaba.
Por tercera vez, el 23 de enero fue a la ONAT. Le recibieron la carta y el comprobante impreso que emite Transfermóvil. Y le dijeron que esa solicitud la tramitaría la abogada de la ONAT municipal. En 50 días hábiles le llegaría la resolución aprobatoria de la devolución, la que debía presentar en la oficina de Finanzas para que le entregaran un cheque, el cual cobraría en el Banco.
«¿Quién es el responsable del mal trabajo: Etecsa, Banco Metropolitano u ONAT? ¿Quién me indemnizará por el tiempo invertido y el que me falta para culminar este proceso; y por las consecuencias que puede tener para mi salud?», preguntaba finalmente Guillermo.
Responde Arelys Pérez García, directora de Atención al Contribuyente de la ONAT, que esa entidad potencia los servicios digitales y los canales electrónicos de pago, como protección ante la COVID-19 y como parte de la informatización de la sociedad. Entrega en formato digital o impreso el vector fiscal con las obligaciones de pagos del contribuyente, con el que se puede hacer el aporte. Y proporciona periódicamente a Redsa la base de datos de la cual se nutre Transfermóvil, con la obligación del contribuyente que aparece en ese vector fiscal con los importes, beneficios y códigos.
El Transfermóvil, añade, tiene el servicio de pago de tributos con dos opciones: por vector fiscal y por carné de identidad.
La primera es para el pago de las obligaciones periódicas de los contribuyentes inscritos y se hace por el vector fiscal que contiene los códigos para hacerlo correctamente. La aplicación lo verifica contra la base de datos. Y con la segunda se realizan los pagos eventuales de personas naturales, como compra venta de autos o viviendas. Y en esa última la aplicación no comprueba con la base de datos, porque los importes y párrafos no son periódicos.
En cuanto a Guillermo, precisa que la base de datos actualizada con todas las obligaciones fue entregada a Redsa el 14 de enero de 2021. Según se informó en la Mesa Redonda, a partir del 15 de enero estarían creadas las posibilidades de pagar por los canales electrónicos recibiendo el beneficio del tres por ciento, así como el pago por el vector fiscal con descuento del 20 por ciento.
Según el reporte del Banco, él pagó el 18 de enero, y lo hizo con la opción carné de identidad, que no consulta la base de datos, por lo que el importe con el beneficio, debió plasmarlo Guillermo cuando la aplicación le solicitó importe a pagar.
Concluyendo, agrega, la aplicación Transfermóvil funcionó correctamente, descontado solo el tres por ciento por el uso del canal electrónico. Y no se descontó el 20 por ciento de la bonificación, porque se hizo por carné de identidad, que no comprueba con la base de datos el importe obligado.
De hacerlo por vector fiscal, al introducir como importe 52.00 CUP, respondería al cliente con un mensaje de Fallo. El importe de la factura es distinto al proporcionado porque el importe se comprueba con la base de datos. El contribuyente debe solicitar la devolución de lo pagado en exceso en la oficina de la ONAT.
La Resolución que aprueba la devolución fue notificada al promovente el 12 de marzo en su domicilio fiscal, refiere. Y acota que situaciones como esta ratifican a la ONAT como institución la necesidad de perfeccionar sus servicios e incrementar las acciones divulgativas para evitar errores.