Acuse de recibo
El pasado 5 de abril, y desde la ciudad de Holguín, Orietta Magalys Torres Cañizares contaba aquí que su padre, Nicanor Torres Ochoa, colaborador cubano en la República Bolivariana de Venezuela, falleció el 3 de mayo de 2016 en esa nación, a consecuencia de un derrame cerebral.
Relataba ella que el 9 de mayo de 2016 la familia recibió el cuerpo del finado y una fotocopia de la certificación de defunción expedida en el hermano país. Inhumados los restos, intentaron iniciar el proceso de Declaratoria de herederos, sin que lo hubieran logrado hasta el presente, pues no contaban a esas alturas con la certificación de defunción legalizada en Cuba, ya que para la Declaratoria la copia de Venezuela no surte efectos legales aquí.
El Director de Colaboración Médica en Holguín los remitió a la asesora jurídica de Colaboración Médica Central del Ministerio de Salud Pública, quien les explicó que el certificado de defunción expedido en Venezuela había sido entregado por la Comisión Médica Central al Consulado Cubano en Venezuela, para que allí se contactara con la autoridad que lo había emitido, y así certificar el documento para que surtiera efecto en Cuba.
La asesora jurídica les había dicho que, una vez resuelto el trámite, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba se ocuparía de conciliar con el Registro Especial del Ministerio de Justicia (Minjus) de nuestro país, al cual ellos debían solicitar el certificado de defunción. Y entonces podrían iniciar el proceso. Ante la situación, Orietta planteaba que, evidentemente, existía demora injustificada en la tramitación.
Al respecto, responde Bruno Rodríguez Parrilla, ministro de Relaciones Exteriores de Cuba. Y comienza afirmando: «Le hemos trasladado a Orietta que tiene toda la razón en manifestar su malestar por el tiempo inaceptable que ha demorado en obtener el certificado de defunción cubano».
Explica el Canciller que para obtener el certificado de defunción de un connacional fallecido en el exterior, es necesario realizar en los Consulados cubanos un trámite denominado «Transcripción de la defunción», a partir de los datos y documentos debidamente legalizados, emitidos por las autoridades del país donde ocurrió el hecho.
«Ese proceso, refiere, no depende de nosotros, y en ocasiones ocurren demoras ajenas a nuestra gestión. Simultáneamente se le indicó a nuestra Embajada en Venezuela gestionar de inmediato el caso con la institución responsable de presentar el caso al Consulado.
«A partir de la queja publicada en el diario, indagamos con la misión diplomática en Venezuela, conociendo que la entrega a ella de esos datos y de los documentos no se había realizado hasta ese momento. Los documentos entraron a nuestro Consulado el 12 de abril de 2017, siendo enviada inmediatamente a nuestro Ministerio la transcripción de la defunción, la cual fue entregada al día siguiente, 13 de abril, en el Registro Especial del Ministerio de Justicia.
«Conocimos a través de los funcionarios del Minjus, que había sido realizado el asiento de la defunción y trasladado a la provincia de Holguín, donde reside Orietta, el mismo 13 de abril, lo cual se le informó a ella para que pudiera recoger el certificado de defunción».
Precisa el Canciller que se recibió en la Dirección de Asuntos Consulares y de Cubanos Residentes en el Exterior del Minrex, un mensaje de Orietta, agradeciendo la atención de ese Ministerio a su reclamo y la prontitud con la que se resolvió tan delicado asunto.
Agrega que ha sido sometido a revisión el procedimiento para que los consulados, tan pronto conozcan por cualquier vía la defunción de un colaborador, requieran a la institución concernida que obtenga y presente los documentos cuanto antes.
«A la vez que le trasladamos nuestro pesar por el lamentable fallecimiento del padre de la compañera Orietta Magalys Torres Cañizares, expresamos nuestra pena por la situación presentada con el trámite y las disculpas en nombre de las instituciones concernidas», concluye el Canciller de la República.