Acuse de recibo
El pasado 17 de marzo, desde Limpios Grandes, en Florencia, provincia de Ciego de Ávila, el campesino Gianni Martínez Aragón, socio de la Cooperativa de Crédito y Servicios (CCS) José Antonio Echeverría, denunció aquí los infructuosos trámites para poner a su nombre las tierras de su abuelo, fallecido en julio de 2012.
Refería que en septiembre de ese año inició gestiones en la Delegación Municipal de la Agricultura. Y luego de incontables accesos a esa entidad, luego de mucho completar, actualizar y arreglar documentos, finalmente, como a los tres años de iniciado el proceso, su expediente fue declarado completo y correcto.
Pero las instancias provinciales hallaron una discordancia en el área de la finca: en el expediente se notificaba 0,83 caballería, a partir de mediciones del Catastro municipal. Y en los Archivos de Herencias aparecían 0,82 caballería. Así, el expediente se rechazó una y otra vez a nivel provincial, donde le ratificaron que ya no les quedaban recursos para resolver el caso.
«El Catastro se aferra a sus matemáticas y Herencias a las suyas —afirmaba Gianni—; ¡no hay arreglo! Mi expediente no tiene solución. Mientras tanto, mis vacas han seguido pariendo, mi potrero sobrecargado, los pastos y la caña no me alcanzan, el agua escasea cada vez más y las cercas no aguantan el desespero del ganado.
«Pero no puedo vender ni un animal, porque la Pecuaria continúa a nombre de mi abuelo, lo cual no se puede cambiar hasta que no se haga efectivo el trámite hereditario. Esto apunta al nunca jamás. Estoy desesperado, y mis animales también. ¿Cuántos años más tendré que esperar? ¿Resistirán mis vacas? ¿Resistiré yo?», concluía Gianni.
Al respecto responde Orlando J. Pérez Pedreira, delegado provincial de la Agricultura en Ciego de Ávila, que la comisión que investigó el caso a raíz de lo publicado, «comprobó que desde octubre de 2015 se habían detectado incongruencias en la tasación según categorías de los lotes de terreno. Y que en los certificos catastrales aportados, no coincidían las áreas con las inscritas por el ajuste de área emitido por el delegado de la Agricultura en 2003».
Precisa que, para solucionarlo, en enero de 2016 se efectuó un encuentro con representantes del Instituto de Planificación Física en Florencia, y del Registro Municipal de la Tierra. Allí se indicó concluir dichos trámites, «sin que hasta la fecha de la queja se viabilizara la solución dada, lo que conllevó a que el proceso se retrasara, propiciado por la falta de exigencia y control para que se ejecutaran las definiciones y el procedimiento establecido».
Por ello, anota, se aplicó al delegado municipal de la Agricultura la medida disciplinaria de amonestación ante el colectivo laboral, por retrasar o extender injustificadamente los plazos establecidos para la solución del caso.
Pérez Pedreira confirma la razón del demandante. Y por ello, para enmendar lo sucedido, con fecha 17 de marzo (el mismo día de la publicación de la queja) se aprobó la Resolución 57/2016, en la que se adjudica a Gianni Martínez Aragón la Unidad de Producción Agropecuaria La Naranjita, Limpios Grandes y San José, con una extensión de 11,25 hectáreas, así como los demás bienes agropecuarios.
«La fecha de notificación al promovente —señala—, fue el 20 de marzo de 2016, quedando el caso resuelto y el promovente conforme con la respuesta recibida», concluye.
Se agradece la respuesta y la solución del caso. Pero cabe preguntarse, primero, ¿por qué demoró tres años el expediente de Gianni? Y en segundo orden, ¿por qué el campesino se desgastó tanto frente a una muralla burocrática; y, sin embargo, el mismo día de la publicación de su queja aquí, ya se enmendaba lo sucedido con la Resolución que le adjudica las tierras del abuelo fallecido?
El delegado municipal de la Agricultura, que no exigió ni controló que se cumplieran las orientaciones al respecto, con la consiguiente afectación a Gianni, fue amonestado ante el colectivo. Y, evidentemente, tampoco fue controlado el proceso por la Delegación Provincial de la Agricultura, que conocía los antecedentes del caso.