Acuse de recibo
«Encontrar una ventana», así titulamos el 6 de abril último el caso de Antonio Montano Peguero (calle 5ta., No. 4819, Central Río, Reparto Martín Pérez, San Miguel del Padrón, Ciudad de La Habana). El remitente, a quien le detectaron epilepsia desde pequeño, pudo vencer solamente la enseñanza primaria, y comenzó a trabajar en cuanto tuvo la edad. Después, las frecuentes crisis lo paralizaron.
En el 2004, tras numerosos estudios e ingresos, los galenos determinaron limitantes como no poder laborar con público, ni de noche, ni en alturas... Y la Seguridad Social le asignó una pensión de 37,00 pesos. Esta ayuda poco a poco fue subiendo hasta los 140 pesos. Pero de pronto le fue retirada y Antonio se quedó dependiente de su esposa, de 54 años, también enferma. Por eso clamaba por una alternativa de trabajo u otra variante de apoyo.
A propósito responde Arián Piñero Álvarez, subdirector de Empleo de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social en Ciudad de La Habana.
Explica Arián que, luego de la puesta en vigor de la Ley 105, de Seguridad Social, aprobada en 2008, comienza un proceso de revisión de todas las prestaciones. Esto se vincula también a lo establecido en el Decreto Ley No. 283, del 6 de abril de 2009, que impone revisar estas asistencias al menos una vez al año.
En cuanto al caso en cuestión, informa el directivo que el día 4 de mayo de 2005, solicitó Antonio a la Dirección Municipal de Trabajo (DMT) de San Miguel del Padrón una ayuda económica por estar incapacitado para trabajar. No contaba entonces con nadie de la familia que lo asistiera materialmente, excepto su mamá, que no vivía con él.
Con el documento de la Comisión de Peritaje Médico que lo identificaba como caso especial se confeccionó el expediente No. 8890, y se le aprobó una prestación monetaria continua de 37,00 pesos, afirma el funcionario.
«En la revisión realizada por especialistas de nuestra Dirección al expediente (...), se comprobó que no se archiva, desde el año 2001, ningún documento probatorio que identifique la permanencia de estado de necesidad (...). Se constató que Antonio en estos momentos convive con su esposa y que la misma (...) devenga un salario de 365,00 pesos, motivo por el cual la DMT propone retirar la ayuda...
«Esta decisión nunca se le comunicó a Antonio y él se entera de la misma el día 29 de diciembre de 2009, en el momento en que acudió a la DMT para recoger la chequera correspondiente al año 2010. En ese mismo instante la compañera Inés González Landa, gestora de Asistencia Social del Consejo Popular No. 1 (Rocafort), le brinda toda la explicación (...) y le recomienda comenzar a trabajar. A este fin lo envía con la compañera Mayra Guevara, especialista de la Subdirección municipal de Empleo, quien le hace la oferta de cuidador de parques, opción que está acorde a su nivel de calificación formal y que no contradice las limitaciones que presenta».
Apunta el directivo que Antonio rechazó la plaza, y manifestó que por su enfermedad había cosas que no podía hacer. En respuesta se le indicó que presentara toda la documentación necesaria para volver a valorar su caso en la Comisión de Peritaje Médico.
Luego de publicado el asunto en Acuse, se indicó al subdirector provincial de Empleo atenderlo personalmente. Este se presentó el día 7 de abril pasado en la DMT de San Miguel del Padrón y lo analizó con el Consejo de Dirección y los especialistas de Asistencia Social.
«Se demostró que aunque está bien concebido el retiro de la ayuda, se debió haber visitado al compañero en los años anteriores a 2009, con una periodicidad anual, para evaluar la permanencia del estado de necesidad (...). Una vez analizado su caso y aprobada la extinción de la prestación, se tenía que comunicar por escrito al demandante. Como los especialistas que incurrieron en los errores enumerados hoy no se encuentran laborando en la DMT, no se pudieron tomar medidas disciplinarias, pero se hizo un señalamiento al Consejo de Dirección».
A continuación relaciona Arián una minuciosa lista de acciones ejecutadas en los meses de abril y mayo: visitas, llamadas, explicaciones, en las cuales el denominador común ha sido que los especialistas de Trabajo y Seguridad Social le solicitan al capitalino actualice su documentación, y este, por un motivo u otro, aún no lo ha hecho.
Es responsabilidad del demandante aportar los datos necesarios para que la Comisión de Peritaje valore su caso y las autoridades competentes puedan auxiliarlo con una oferta laboral acorde a sus posibilidades, concluye el subdirector de Empleo.