Acuse de recibo
El 30 de noviembre de 2007, esta sección reflejó la insatisfacción del lector Osvaldo Rodríguez con el accionar de la Caja de Resarcimiento del Ministerio de Justicia.
Osvaldo, quien reside en calle 11 número 24, en Pedro Ballester, Primero de Enero, provincia de Ciego de Ávila, refería entonces que en 1997 fue sancionado a tres años de privación de libertad y a indemnizar al estado por la suma de 3 191 pesos con 54 centavos.
Aseguraba el lector que a partir del 4 de agosto de 2001 comenzó a pagar mensualmente por giros a la Caja de Resarcimiento. Pero en 2005 recibió un requerimiento por mora en los pagos. De inmediato se personó en la Caja de Resarcimiento con los comprobantes de giros. Estaba al día. Le informaron entonces que en las provincias se estaban instalando cajas de resarcimiento, y que pudiera ser que la de Ciego no estuviera actualizada.
Continuó enviando giros a la Caja Central en La Habana, pero continuó recibiendo requerimientos. Y argumentaba que tenía comprobantes de todos los pagos actualizados, y no encontraba tranquilidad por los constantes avisos.
Al respecto, responde el Licenciado Raúl Espinosa Díaz, director de la Caja de Resarcimiento del Ministerio de Justicia, quien, antes de aclarar el caso, significa que esa entidad, de acuerdo al artículo 71.1 del Código Penal de la República de Cuba, es la encargada de hacer efectivas las responsabilidades civiles en la reparación de los daños materiales y la indemnización de los perjuicios.
En tal sentido, manifiesta que por ello la Caja de Resarcimiento exige el pago a los obligados y abona a las personas naturales que resulten víctimas del delito las cantidades que les son debidas.
Puntualiza Espinosa que no fue hasta cuatro años después de la sentencia contra Osvaldo, en el 2001, que ese deudor comenzó a amortizar los pagos ante los requerimientos que se le realizaran.
Y en tal sentido, aclara que el reclamante no ha saldado su deuda acumulada. Actualmente debe más del 50 por ciento de la responsabilidad fijada por el Tribunal, «y como se puede apreciar, ya han transcurrido diez años».
Por ello, apunta el director, «el tratamiento que hemos dado al caso de Osvaldo Rodríguez corresponde al de un moroso que, aun y cuando ha realizado algunos pagos, debe a la Caja de Resarcimiento y consiguientemente es requerido cada vez que solicitamos información al respecto».
Abunda que «por simple deducción matemática, se puede calcular que demorará cinco años más en liquidar la deuda, y que sumado a los diez años que han transcurrido, elevaría a 15 el tiempo que la Caja demorará en recibir el total de la indemnización dispuesta por la Sala juzgadora».
Refiere Espinosa que el 10 de diciembre, Osvaldo recibió una visita de la Dirección Provincial de Justicia y de la Oficina Provincial de la Caja de Resarcimiento, en la que se le brindó una detallada explicación sobre el por qué de los reiterados requerimientos de pago.
Agradezco la aclaración de la Caja de Resarcimiento. No siempre las cartas de nuestros remitentes traen toda la razón, y por ello es importante que las instituciones y entidades esclarezcan los asuntos vertidos. Lo esencial es pensar que, lamentablemente, muchas veces las personas no reciben la información detallada y precisa en sus gestiones.
De paso, digamos que el sistema establecido de indemnización por medio de la Caja de Resarcimiento, aun cuando puede ser muy válido, provoca muchos descontentos sobre todo en los acreedores de esos pagos, que por lo general son las víctimas de los depredadores de la legalidad.
La «verdad verdadera», como dicen en mi barrio, es que el afectado depende totalmente de la voluntad del comisor del delito. Y tiene que esperar por él todo el tiempo que este último decida. Para reivindicar el derecho de los ciudadanos afectados, el Estado debería crear ciertas coerciones, que obliguen al desembolso. Es muy duro ser agredido, víctima total de desmanes, y luego tener que esperar, o simplemente cansarse de esperar, por esa indemnización.