En el Código de las Familias habita nuestro país. Se trazan sus múltiples realidades y se propone resolver muchas cuestiones aplazadas desde hace años. De ahí que la principal responsabilidad como ciudadanos con aspiraciones de empujar una nación más sólida, equitativa y responsable para con sus habitantes, es valorar la disposición normativa especial con rango de ley como un todo.
De esa forma se concibió, luego de años de estudio por parte de profesionales especializados en diferentes ciencias, y más tarde, al ser objeto de consultas por parte del pueblo. Un legítimo proceso constructivo que hoy garantiza un Código novedoso, revolucionario, flexible, hospitalario, con los pies en el contexto cubano actual y con lo más relevante en materia de derecho familiar a nivel internacional.
Mucho se habló durante los días en que se puso sobre la mesa de análisis hasta en los más recónditos rincones del país, sobre sus nuevos enfoques y términos. Algunos resultaron totalmente nuevos, otros propiciaron opiniones encontradas, y estuvieron los que, luego de ser explicados, lograron un tanto disipar siglos de prejuicios y estereotipos heredados de la ideología patriarcal.
Y es que el Código propuesto rompe, afortunadamente, con todo lo que impide construir una sociedad pensada en el bienestar colectivo. Como un auténtico hijo, se parece mucho más a su entorno que a sus padres y responde a un imperativo de nación: los afectos son los únicos lazos posibles para sostener nuestras familias. Por tanto, concientizar que cada artículo no impone, sino que reconoce y protege la pluralidad de proyectos de vida que hoy coexisten, resulta su mayor ejercicio de justicia.
A fin de cumplir con su anhelo de ser base de una mejor sociedad, propone erradicar de raíz algunas cuestiones controversiales. Una de ellas es el matrimonio infantil. Deja claro que una persona menor de 18 años no podrá casarse, ya que ningún menor de edad se encuentra capacitado, ni física ni sicológicamente, para asumir las responsabilidades que trae consigo esa práctica.
Igualmente, el Código que se llevará a referendo el venidero 25 de septiembre visibiliza la unión de hecho afectiva, la reconoce sin prejuicio alguno y le concede protección legal. Según investigaciones sociales, lo más frecuente al interior de los hogares cubanos es la existencia de compromisos sin ser constituidos ante funcionario competente. Similar a lo que sucede en el resto del mundo.
En su aspiración máxima por proteger y fomentar los afectos, el Código introduce la responsabilidad parental en sustitución del arcaico concepto de patria potestad. Dicho cambio ha sido, quizá, lo más utilizado como punta de lanza para desacreditar la norma jurídica.
Mas, antes de emitir un criterio o seguir la rima a quienes niegan la trascendencia del nuevo concepto, detengámonos a pensar que ahora se integra el contenido de la que hasta este momento se denominó como patria potestad y se amplía para enfatizar en la corresponsabilidad de los deberes y otorgar mayor prioridad al bienestar del menor de edad.
Son esos algunos de los muchos elementos que hoy permiten a Cuba, gracias a la nueva norma jurídica, incorporar y defender un concepto de familias mucho más amplio y humano. De ahí que este 25 de septiembre será otro día histórico para nuestra nación, porque tendremos con nuestro derecho al voto la responsabilidad de respaldar un Código que nos permita construir un mejor presente y futuro.