Trabajadores cubanos. Autor: Abel Rojas Barallobre Publicado: 22/07/2026 | 11:30 pm
Ya se encuentra en la Gaceta Oficial de la República la Ley 189 «Código de Trabajo», aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular en julio último, la cual entra en vigor dentro de siete días, luego de su publicación, para actualizar el marco jurídico laboral del país y poner en manos de los trabajadores cubanos una herramienta que regula sus deberes y sobre todo, amplía y protege sus derechos.
Jesús Otamendiz Campos, titular del Ministerio del Trabajo y la Seguridad Social (MTSS), afirmó este viernes en conferencia de prensa que se trata de una norma legislativa de altos quilates que responde a los mandatos de la Constitución de 2019, a las recientes transformaciones socioeconómicas, a los Lineamientos de la Política Económica y Social y a los compromisos internacionales asumidos por Cuba en materia de derechos laborales.
Señaló el ministro que esta Ley sustituye a la 116 de 2013 y es el resultado de un proceso profundamente democrático en el que participaron dos millones 14 mil 338 trabajadores, y en el cual se generaron 96 mil 250 propuestas en 40 mil 591 reuniones en todo el país, cifras que expresan el carácter popular y colectivo de este Código.
Reconoció a todos los organismos e instituciones que hicieron posible esta obra legislativa, entre estos, el Grupo de Trabajo Temporal, integrado por académicos, expertos de los Organización de la Administración Central del Estado, profesores de las universidades de Villa Clara, La Habana y Santiago de Cuba, miembros de la Unión Nacional de Juristas y de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, especialistas del Centro de Estudios Psicológicos y Sociológicos y representantes de la Federación de Mujeres Cubanas.
Destacó el papel de los diputados de la Asamblea Nacional, cuyas consideraciones enriquecieron el proyecto, especialmente en los temas de enfoque de género, inclusión y cuidado.
Hizo una mención muy especial a la Central de Trabajadores de Cuba y a todas las organizaciones sindicales, que condujeron el proceso de consulta en los colectivos laborales incluso en medio de las limitaciones del bloqueo y los eventos climatológicos.
El Código actual formaliza la participación propositiva de los trabajadores, reconoce el teletrabajo, elimina la autorización administrativa para el pluriempleo en determinadas profesiones y protege los ingresos ante interrupciones laborales, exaltó.
Hay más espacios de participación, más formas de trabajo reconocidas y más protecciones para los trabajadores, subrayó Otamendiz Campos.
El ministro insistió en que este Código es una conquista, y también una responsabilidad, por lo que instó a divulgarlo en cada centro laboral, hacerlo valer y exigir su cumplimiento como instrumento de justicia social; hay que convertir esta ley en una herramienta de consulta cotidiana, concluyó.
Al proceso de elaboración y consulta de la nueva norma se refirió Yiseilis Ferrer Nariño, directora jurídica y de Relaciones Internacionales del MTSS, quien apuntó que esta consta de más de 500 artículos, y está acompañada por un decreto y 12 resoluciones complementarias.
Comentó que el Código de Trabajo consolida y perfecciona la protección de los derechos y el cumplimiento de los deberes y obligaciones, derivados de la relación jurídico -laboral establecida entre el trabajador y el empleador, y brinda mayor seguridad y estabilidad en el empleo, al homologar la forma de contratación en el sector estatal y no estatal.
También favorece la conciliación del trabajo con la atención a familiares en situación de dependencia, y contiene un enfoque inclusivo al hacer alusión a la persona trabajadora, para referirnos a hombres y mujeres en igualdad de derechos.
Muy importante es la posibilidad de una mayor participación de los trabajadores en la toma de decisiones y la inclusión de los principios de obligatorio cumplimiento, que refuerzan las garantías de los derechos laborales de todos.
Entre las novedades aparecen las modificaciones en el cambio de la capacidad para establecer relaciones laborales que pasa a los 18 años, las prioridades de acceso al empleo para jóvenes, mujeres y personas en situación de vulnerabilidad, así como la aprobación del teletrabajo desde el exterior.
En cuanto a los próximos pasos para la implementación del Código, precisó que los empleadores cuentan con un plazo de hasta 90 días contados a partir de la publicación de esta Ley para realizar las adecuaciones en lo que corresponda a los contratos de trabajo, los suplementos y los escritos de designación, además de definir las competencias laborales distintivas de la organización, de los procesos principales y de los cargos y actualizar los reglamentos disciplinarios internos, ramales y de actividad.
Lidier Aguila Machado, miembro del Secretariado de la Central de Trabajadores de Cuba, explicó que el movimiento obrero estará a la vanguardia de la implementación de la Ley, tal como le corresponde, y asumirán las acciones de capacitación y otras iniciativas en función de la mejor comprensión y aplicación del Código.
(Tomado de la ACN)
