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Prever y controlar

El pasado 13 de junio revelé la denuncia de Vicente Vázquez, un contribuyente que deseaba cumplir sus deberes con el fisco y no podía hacerlo, por razones ajenas a él pero muy ligadas a responsabilidades de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).

Contaba Vicente que estaba inscrito en las oficinas de la ONAT del municipio capitalino de Plaza de la Revolución. Y en enero de 2014, al mudarse para Marianao, hizo su liquidación del año y presentó su declaración jurada de 2013 en la de Plaza, donde le fue confeccionado el modelo de baja por su directora.

Allí le orientaron que se diera de alta en la ONAT de Marianao una semana después, pues ellos harían llegar su expediente en ese lapso. Así lo hizo Vicente, y cuando fue, su expediente no había llegado a la ONAT de Marianao. El contribuyente estuvo llamando en todos esos meses, y la respuesta siempre era la misma: No ha llegado.

«Conociendo cómo son las cosas —señalaba entonces— y que en ocasiones la soga se rompe por el lado más débil, pese a no estar inscrito como contribuyente hice el pago correspondiente al primer trimestre de 2014. Pero, ¡qué sorpresa!, en la ONAT de Plaza me dicen que es posible que ese pago no haya llegado a Marianao».

El 11 de junio, cuando escribió, Vicente había acabado de llamar a la ONAT de Marianao, y le repitieron la frase consabida: No ha llegado. Le sugirieron que fuera a la ONAT de Plaza. Y con toda su razón, se rebeló: «No iré a Plaza una vez más».

«El colmo es que un contribuyente quiera cumplir con el fisco, y no pueda por razones ajenas a él, en un país que aboga por la disciplina tributaria», comentó entonces este redactor.

Al respecto, responde Marisol Hernández Martínez, directora de la ONAT en La Habana, que de acuerdo con las investigaciones realizadas, al contribuyente le asiste total razón, pues se dilató el trámite injustificadamente.

Precisa que se incumplió lo establecido en el Decreto 308 de octubre de 2012, Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios, en su sección Tercera, Capítulo Cuatro, donde se expone que el traslado del expediente del contribuyente por cambio de domicilio fiscal debe realizarse entre las oficinas de la ONAT en un término de diez días naturales.

Señala Marisol que, tras las gestiones correspondientes, se comunicaron con el contribuyente, y le informaron que su expediente fue trasladado a la ONAT de Marianao. Se realizó la inscripción en el Registro de Contribuyentes de allí, y ya él mismo podía recoger su documentación fiscal.

En cuanto al pago efectuado, precisa que se encontraba acreditado en la cuenta del Presupuesto de dicho municipio desde el 9 de abril.

Afirma la Directora provincial de la ONAT que «la Oficina realizó el análisis correspondiente, y adoptará las medidas que correspondan. La funcionaria implicada directamente se encuentra sancionada por incumplimiento en el desempeño de sus funciones.

«Además, se revisaron los procedimientos establecidos para la actualización, de manera que esos trámites se realicen con mayor eficacia y no generen quejas ni insatisfacción de los contribuyentes».

Agradezco la respuesta, no sin antes acotar que, al final, lo más importante no es sancionar al paso, cuando se revele la denuncia en un medio de prensa. Ya el mal se había hecho, el contribuyente pudo perder la confianza en la ONAT, y nadie reaccionó hasta que la historia se hizo pública.

Lo esencial es prever y controlar, de manera que el prestigio de una institución tan importante en la disciplina financiera y tributaria, no se resquebraje, ni siquiera a los ojos de un solo contribuyente.

Ojalá que tales trámites puedan ganar en eficacia y no generen quejas ni insatisfacciones. La disciplina y rectitud que la ONAT predica para los contribuyentes debe empezar por ella misma.

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