Acuse de recibo
Yonis Balbier espera justicia, desde Beneficencia No. 265, entre 7 y 8 Norte, en Guantánamo, y revela una historia en que el maltrato y la ineficiencia se dan la mano. Cuenta que el 6 de noviembre de 2013 se le aplicó en el municipio de Niceto Pérez, de esa provincia, una multa de cien pesos por un inspector de la Dirección de Supervisión Integral (DSI). Hizo su reclamación. «Y al ser rechazada por la Directora de esa entidad —afirma—, acudí al Poder Popular de Niceto Pérez».
A los 22 días, en la oficina de Atención a la Población del Gobierno municipal, y junto a los inspectores, el Vicepresidente que atendió su reclamación le dio la razón a Yonis. En 72 horas debía tramitarse el caso y devolvérsele el dinero, y el jefe de los inspectores le dijo que pasara por las oficinas de la DSI para explicarle el procedimiento.
El 8 de diciembre, Yonis fue a la DSI de Niceto Pérez. Le dieron la resolución para que la firmara y le entregaron una copia. Con ella debía ir a la Oficina de Control y Cobro de Multas (OCCM) de Guantánamo, y le devolverían el dinero. Ese mismo día fue a la referida dependencia y su Director le planteó que, para proceder, los de la Oficina de Multas de Niceto Pérez debían enviar una copia de esa resolución.
Yonis esperó una semana para dar tiempo a que llegara la copia. Cuando volvió el 15 de diciembre, no la habían recibido. Entonces, llamó a la Oficina de Multas de Niceto, donde le dijeron que lo dicho en Guantánamo no era así, pues ellos no tenían que enviar más nada.
Volvió a la oficina de Guantánamo y le contó al Director quien, irritado, llamó a la oficina municipal de Niceto Pérez e hizo entender que ese es el procedimiento. Yonis esperó una semana, y cuando fue a la Oficina de Multas de Guantánamo, no había llegado la copia de la resolución.
Yonis llamó a la DSI de Niceto Pérez, donde se emitió la resolución. Habló con la Directora, quien refirió que ya ese no era su problema, pues nunca había tenido que mandar copia de resolución ni nada por el estilo, pues bastaba con la que se le entregaba al reclamante. Pero al final le dijo que trataría de ayudarlo, que la llamara al día siguiente. Desde entonces, cada vez que Yonis llama y se identifica, no puede hablar con la Directora: le dicen que está en una reunión, o de recorrido. Y tampoco llega el documento a Guantánamo…
«Han pasado más de dos meses y aún no he podido recuperar mi dinero. Todavía no se ha cumplido la indicación del funcionario del Gobierno. Es una muestra más del papeleo y burocratismo imperante en no pocas instituciones», concluye.
María Antonia López (Ricardo Trujillo No. 239, Colón, Matanzas) es trabajadora por cuenta propia, con licencia para vender discos. Y el 20 de enero, de visita en Varadero, su hijo le compró allí 250 discos vírgenes en una tienda en divisas.
Cuando el hijo retornaba a Colón, en la ciudad de Cárdenas un agente del orden público le revisó el maletín y al ver los discos lo condujo a la Unidad de la PNR. Allí, una inspectora le impuso una multa de 1 500 pesos y le decomisó los discos. Él explicó que eran para su mamá, que tiene licencia de trabajadora por cuenta propia. La inspectora ripostó que era grave: él no podía comprarlos; debía ser la poseedora de la licencia.
Le orientó que pagara la multa antes de 72 horas, para acogerse a la bonificación, de manera que entregara la mitad de la misma (750 pesos) e hiciera la reclamación. El mismo día, el hijo de María Antonia redactó la reclamación.
El 22 de enero, María Antonia fue a pagar 750 pesos de la multa en la oficina correspondiente, y le dijeron que no podían cobrar la mitad, pues a su hijo le habían aplicado el artículo 5, inciso b, que es el más grave del Decreto-Ley 313 —así lo calificaron quienes la atendieron—, por el cual no tiene derecho a bonificación.
Al otro día, ella y su hijo fueron a la Dirección de Supervisión Integral de Cárdenas y allí la jefa de los inspectores ratificó que el hecho de ir a comprar los discos para su mamá se considera una falta grave por la ley.
María Antonia quiere que le expliquen por qué un hijo no puede hacerle ese favor a su madre, una persona de la tercera edad que no puede trasladarse fácilmente desde Colón a Varadero. Y pregunta más: ¿Un ciudadano no puede ir a una tienda en divisas y adquirir lo que allí ofertan?
Este redactor adiciona: si esos vendedores de discos, autorizados con su licencia, no tienen un mercado mayorista donde adquirir los soportes vírgenes y se ven precisados a comprarlos en el comercio minorista, ¿por qué se considera una infracción grave?