Anteproyecto de Ley de la Comunicación Social. Autor: Martirena Publicado: 03/09/2022 | 07:59 pm
Está dondequiera y muchos no la advierten, pues piensan que es solo asunto de medios, de un reducido grupo de especialistas que trabajan en la radio, la televisión o los periódicos, o que se encargan de velar por ciertos procesos en determinadas instituciones.
Aunque para algunos aún pase desapercibida, la comunicación constituye un proceso de intercambio de información, datos, estados de ánimo y significados que dinamiza nuestras relaciones humanas, y de igual forma posibilita el desarrollo de la vida en sociedad.
De ahí que cuando hablemos entonces de comunicación social, sea válido pensar, más que en medios y tecnologías, en culturas e identidades, como una apuesta permanente por liberar las potencialidades
del ser humano, reconociéndolo en todas las esferas y ámbitos de su existencia. Precisamente, hacia ese quehacer mucho más participativo y emancipador que requiere nuestra sociedad hoy, se orienta el Anteproyecto de Ley de la Comunicación Social, una norma inédita en la historia del ejercicio legislativo cubano en este campo, resultado de muchos años de discusión política y debate profesional, que se destaca por apuntalar la figura del ciudadano como centro de todos los procesos.
Entre sus novedades, esta norma considera la comunidad vehículo dinamizador del desarrollo económico, social y cultural, y es vista no solo como espacio geográfico, sino también como área de intereses. Asimismo, busca el desarrollo de una práctica comunicativa basada en la transparencia en la gestión de la información de interés público, la rendición de cuentas y el control popular.
Desde el pasado 12 de julio se vienen desarrollando las consultas especializadas de este anteproyecto, en su versión 32, fruto de una amplia construcción colectiva que ha incluido a académicos, expertos y profesionales de diversos campos del saber.
La publicación del Anteproyecto de Ley de la Comunicación Social en el sitio web del Ministerio de Justicia (www.minjus.gob.cu) ha abierto la posibilidad de estudiar el texto y emitir opiniones sobre su contenido, para lo cual aún está habilitado el correo electrónico: leycomunicacionsocial@minjus.gob.cu
Del resultado de las consultas y los criterios expresados por la ciudadanía, que deben contribuir a elevar el conocimiento en nuestra población sobre la comunicación social y su papel estratégico en la vida nacional, se elaborará una nueva versión del anteproyecto para su presentación a la aprobación de las diputadas y los diputados de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Apuntes sobre la norma
- Es el resultado de un largo proceso de investigación y conciliación, con base en los preceptos de la Constitución aprobada en 2019. Responde a la Política de Comunicación Social del Estado y el Gobierno cubanos y se sustenta en la práctica comunicacional de la nación.
- Para su elaboración se tuvieron en cuenta los documentos rectores aprobados y actualizados en los últimos congresos del Partido Comunista de Cuba, los principales acuerdos emanados de foros y congresos de la Unión de Periodistas de Cuba (UPEC), la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales (ACCS), la Unión de Escritores y Artistas de Cuba (Uneac) y la Asociación Hermanos Saíz (AHS), así como el estudio exhaustivo de documentos y disposiciones nacionales e internacionales, y los resultados de casi un centenar de tesis de pregrado y posgrado en el campo de la comunicación.
- Consta de dos títulos, 12 capítulos, 69 artículos, una disposición especial, una transitoria y seis disposiciones finales.
- Articula el sistema de comunicación social del país en los ámbitos institucional, mediático y comunitario, así como en los espacios públicos y digitales, desde una perspectiva estratégica e integrada. De igual forma, recoge los principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social.
- Busca fortalecer el diálogo a nivel social y fomentar la cultura ciudadana sobre el derecho a la información y la comunicación.
- Incorpora ordenadamente la publicidad y el patrocinio al ejercicio comunicacional del país.
- Deberá ser acompañado de normas complementarias asociadas a su reglamento, pues será una ley sombrilla para nuevas regulaciones y normativas.
Respuestas desde el anteproyecto
La nueva norma considera escencial los procesos de comunicación que se dan en el ámbito comunitario. Foto: Enrique González Díaz
¿Cómo se define la comunicación social?
La comunicación social transversaliza las relaciones humanas y sociales; permite el intercambio de datos, información, ideas, mensajes, sentidos y significados entre personas, entre personas y grupos, entre personas y entidades, entre entidades y al interior de ellas, y entre estas y la sociedad; contribuye a la articulación, la interrelación, el diálogo, el debate y la construcción de consenso.
¿Qué son los procesos comunicacionales?
Prácticas humanas, grupales, organizacionales y sociales que se materializan en la pro-
ducción, la distribución y el intercambio de contenidos simbólicos, mediante el empleo de diversos canales y soportes; se desarrollan en contextos determinados e implican transformaciones en los conocimientos, las emociones,
las conductas y las relaciones de sus actores. Tienen
como propósito lograr el ejercicio de una práctica comunicativa transparente, incluyente, emancipadora, diversa, responsable y participativa.
¿Qué se entiende por medios de comunicación social?
Son plataformas que comparten contenidos de interés público a través de distintos formatos, canales y soportes.
¿Qué es el sistema de comunicación social?
El conjunto integrado e interrelacionado de regulaciones, estructuras, recursos humanos, materiales y financieros, y acciones de comunicación articuladas a través del diálogo y la participación, que se establece entre todos los órganos, organismos, entidades, medios de comunicación social, organizaciones, formas asociativas y otros actores económicos y sociales. Regula en los espacios públicos físico y digital los procesos comunicacionales que aportan al desarrollo económico, social y cultural del país. Abarca los ámbitos institucional, mediático y comunitario. El Instituto de Información y Comunicación Social es el encargado, como organismo de la Administración Central del Estado, de articular y controlar la gestión de dicho sistema.
¿Cuál es el ámbito institucional?
La esfera de actuación de las instituciones y entidades del Estado, las organizaciones políticas, de masas y sociales, el sistema empresarial y de otros actores económicos y sociales.
¿Cuál es el ámbito mediático?
La esfera de actuación de las agencias de prensa, la radio, la televisión y los medios de comunicación social impresos y digitales. La comunicación mediática la realizan los medios de comunicación social que tienen la misión esencial de producir y socializar contenidos para informar, educar y entretener. En el ámbito de la comunicación mediática existen medios fundamentales de comunicación social y otros medios con objetivos, públicos y perfiles determinados.
Son medios fundamentales de comunicación social las instituciones mediáticas que tienen un carácter estratégico en la construcción del consenso y en la gestión participativa del desarrollo económico, social y cultural de la nación. Estos son de propiedad socialista de todo el pueblo o de las organizaciones políticas, sociales y de masas y no pueden ser objeto de otro tipo de propiedad, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República de Cuba; abarcan instituciones de la prensa impresa y digital, las agencias de prensa, la radio y la televisión.
¿Cuál es el ámbito comunitario?
La esfera de actuación de grupos humanos que tienen patrones lingüísticos comunes e interactúan entre sí en el espacio local, donde comparten actitudes, saberes, costumbres, sentimientos, tradiciones y en el que coexisten instituciones, entidades, los diferentes actores económicos, las organizaciones sociales, políticas, de masas y demás formas asociativas y los medios de comunicación social.
¿Qué se entiende por contenido?
Todo tipo de dato, información, conocimiento, concepto, interpretación, opinión, sentido y significado en formato textual, gráfico, sonoro, audiovisual o multimedial, que se comunica en los espacios públicos físico o digital, generado, publicado o compartido por cualquiera de los órganos del Estado, los organismos de la Administración Central del Estado, las entidades nacionales, los órganos locales del Poder Popular, las organizaciones políticas, de masas y sociales, otras formas asociativas, las instituciones mediáticas, el sector empresarial, demás actores económicos y sociales, todos los ciudadanos cubanos y los extranjeros que residan de forma permanente o temporal o transiten por el territorio nacional.
¿Qué son la imagen Cuba y la marca País?
La imagen Cuba es la identidad proyectada de manera armónica e integrada de la nación, para que comunicacionalmente sea percibida por los públicos, hacia el interior y el exterior del territorio nacional, como reflejo de su realidad cotidiana y su cultura. Por su parte, se considera marca país de la República de Cuba al signo gráfico oficial que representa la imagen país.
¿Qué son la publicidad y el patrocinio?
La publicidad se entiende como el modo de producción comunicativa con fines comerciales que se orienta hacia el desarrollo del conjunto de la economía y la sociedad. Por su parte, el patrocinio, en correspondencia con lo definido en esta disposición normativa, es la relación de intercambio, mediante la cual el patrocinado recibe aporte financiero o de cualquier otro tipo por parte de una persona natural o jurídica y, como contrapartida, el patrocinador obtiene una difusión de forma masiva de su nombre, producto o servicio para adquirir notoriedad o publicitar su marca, producto o servicio.
Consideraciones
- La práctica comunicacional que se propone funcionaría como agente movilizador y favorecedor de la continuidad de la cultura y los valores de la sociedad cubana. Y sobre todo es una oportunidad para perfeccionar nuestro sistema de gobierno, especialmente el Poder Popular. Como nunca antes, con esta ley el ciudadano encuentra refrendado su derecho al ejercicio político de participar, porque se le están dando todas las posibilidades para su expresión pública en torno a sus problemáticas e inquietudes y para que, a su vez, le sea devuelto a él una rendición de cuentas con explicaciones que necesita.
Hilda Saladrigas Medina, decana de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana
- Esta norma representa un paso de avance en el proceso de institucionalización del sistema de prensa del país y constituye una contribución importante para el ejercicio de la democracia en el socialismo, pues la ley respalda la construcción del nuevo modelo de prensa pública que queremos. Queda claramente establecido la responsabilidad de las instituciones del país de ofrecer información de interés público y la capacidad de los medios de emplazar en sus mensajes a quienes incumplan este deber.
- La propuesta coloca en primer plano al ciudadano, apuesta por la comunicación y la prensa como herramientas de control popular y ampara el aprovechamiento de filones económicos que, no exento de retos, pudiera mejorar la situación de los medios de prensa y de los periodistas.
Ricardo Ronquillo Bello, presidente de la UPEC
- El anteproyecto es inédito, robusto, integrador y estratégico por la construcción de un sistema de comunicación social en Cuba, lo que constituye, a su vez, una posibilidad para educar a nuestros públicos en materia de comunicación e información. Educar en comunicación nos hace mucha falta en los niveles institucionales y comunitarios. Asimismo, el texto abre una oportunidad para la relación efectiva entre la prensa, las instituciones y las fuentes, y posibilita la transformación editorial y económica de los medios de prensa.
Jorge Legañoa Alonso, vicepresidente de la UPEC
- La elaboración del anteproyecto conllevó un minucioso estudio de diagnóstico y evaluación del ámbito comunicacional en Cuba y el mundo. Específicamente, se revisaron 26 documentos políticos del Partido que trazan las pautas para el desarrollo de la comunicación en el país, y todas las constituciones cubanas, leyes, decretos leyes, resoluciones, estatutos y códigos de ética de organizaciones, estructuras y funciones.
- Además, se analizaron 61 documentos del fondo del Instituto de Historia de Cuba, 33 constituciones del mundo, 15 códigos penales de América Latina y España. Y se estudió toda la producción jurídica referida a la comunicación en el mundo, que incluye publicidad, protección del consumidor, sociedad de información, realización audiovisual. Todo ello propició un amplio diapasón de conocimientos sobre cómo se estructura y se establecen las normas de actuación de la comunicación en países como Estados Unidos, China, Vietnam y Japón, así como otros de América Latina, Europa y África.
Humberto Fabián Suárez, vicepresidente de la ACCS
- Hay que destacar que la norma pondera la trascendencia de los procesos comunicacionales para fortalecer la cultura del diálogo y la participación transformadora a nivel social. Y un aspecto relevante es que se defiende el uso ético de los datos, la información y la comunicación social con responsabilidad.
Onelio Castillo Corderí, vicepresidente del Instituto Cubano de Radio y Televisión (ICRT)
Fuentes: Anteproyecto de Ley de la Comunicación Social; programa Mesa Redonda del 19 de julio de 2022; sitio web Cubaperiodistas.