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Cuba, Revolución y contrato social: ¿un eje incómodo?

El país asiste a la reconfiguración más dramática del contrato social de la Revolución en el período socialista. Si con la primera Constitución después de 1959, la de 1976, se desmontaba el orden burgués en el país para iniciar el camino de la construcción de una sociedad socialista, con la del 24 de febrero de 2019 y las transformaciones que ahora se fundamentan en ella se apunta a superar el modelo de socialismo del siglo XX

Autor:

Ricardo Ronquillo Bello

Las trasformaciones radicales del modelo económico y social en Cuba ya fueron definitivamente aprobadas y son de conocimiento público. Lo que no acaba de zanjarse son los ejes de la discusión, que continuarán por largo tiempo, mientras la plasmación tenga puntos pendientes y los resultados se mantengan como interrogantes.

Solo hay que asomarse por alguna de las hendijas sísmicas de las redes físicas del archipiélago, o de las más volcánicas en las redes internáuticas, para cerciorarse de que lo único que está definitivamente listo es el qué, luego de pasar por todos los filtros de los órganos de dirección colegiada del país.

Tiene toda la lógica del mundo que cada ciudadano, cada familia e institución nacional —o internacional con intereses o relaciones en el país, o con predisposición para hacerlo—, padezca ahora mismo de un síndrome de adaptación. Se trata de congeniar el sistema mental con el abrupto replanteo estructural que se nos presenta.

Es absolutamente razonable, también, que en la medida que van despejándose las nebulosas, con el paso de las horas y los días, en el choque entre los presupuestos abandonados y los emergentes, se entrecrucen y disparen diversas corrientes de opinión, en buena medida dictadas por esa percepción colectiva del sentido común —no siempre el más común de los sentidos— y por el lugar en que nos reubica el proceso en la pirámide social.

En una transformación estructural de la profundidad y ramificaciones de la que se perfila, por la influencia que ejercerá en la existencia de cada individuo, comunidad o institución, es previsible que sus arquitectos no pudieran prever cómo funcionaría cada variable al insertarse a la tozuda realidad, marcada criminalmente por el castigo colectivo externo, por lo que la mejor opción a favor de su éxito está en el carácter flexible de cualquiera de las decisiones y el anunciado seguimiento, participación  y control social y público.

Nadie con un mínimo de amor por el destino de Cuba dejaría de admitir que el calado y magnitud de los cambios nos sitúan frente a la concertación de un gran contrato, el más movedizo y desconcertante de los concebidos en estos años.

Es perfectamente demostrable desde la filosofía, las ciencias políticas, la sociología, el derecho, y especialmente desde la concepción iluminista de Jean-Jacques Rousseau, que tras la aprobación mayoritaria de la Constitución del año 2019 —reforzado con las últimas decisiones— asistimos al tercer gran contrato social desde que triunfó la Revolución en enero de 1959.

Como ya recordé en otro momento, la primera de esas extraordinarias concertaciones nació con la promulgación de la Ley Fundamental de la República de inicios de febrero de 1959 que, sedimentada en los preceptos de la avanzada Constitución de 1940, abrió paso a la serie de medidas revolucionarias que rompieron con el caótico, torcido y sumiso orden institucional burgués, para abrir el camino al nuevo orden justiciero revolucionario y a un cambio radical y acelerado de percepción acerca de los significados y alcances del ideal socialista.

Sin que ocurriera formalmente entonces un referendo aprobatorio —aunque las grandes movilizaciones y concentraciones populares aprobatorias podrían equiparárseles—, era muy claro que Cuba se sumía en un nuevo y volcánico pacto social que duraría hasta 1976.

En esa fecha —después de una larga etapa en la que la política prevalecería sobre el derecho, aunque sin su ausencia, porque toda revolución es fuente de este— los cubanos aprobarían en referendo su segundo gran contrato social del período socialista, porque ya el carácter de la Revolución había sido proclamado el 16 de abril de 1961.

El Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana sería aprobado el 15 de febrero de 1976 con la asistencia del 98 por ciento del electorado y con solo un uno por ciento de votos contrarios, expresión de los elevados niveles de consenso con los que contó siempre el proyecto político de la Revolución.

Desde esa inicial declaratoria —con un énfasis especialmente clasista— sobre el carácter del nuevo Estado a erigir, se perciben las señales inequívocas de la época.  La Carta Magna proclamada entonces tuvo sus referentes fundamentales en sus homólogas de los países de la llamada comunidad socialista y especialmente de la Unión Soviética, aunque también estaría marcada por la singular impronta creativa de revolucionarios cubanos.

La desaparición del mundo que le daba aliento y sustento, junto a análisis rectificativos internos que se adelantaron a esa hecatombe política, aconsejaban la necesidad de una nueva concertación o pacto social en la Cuba del siglo XXI, para ofrecer viabilidad jurídica y sustrato institucional y constitucional a la nueva Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista surgida tras los masivos debates desde el 6to. Congreso del Partido Comunista.

Desde el primer capítulo y artículo de la Constitución aprobada en 2019 se hacen visibles los signos de los nuevos tiempos que ahora tenemos claramente frente a nosotros. Hay desde esta portada un carácter menos clasista y más ecuménico, al proclamarse ahora la construcción de un «Estado socialista de derecho y justicia social, democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos como república unitaria e indivisible, fundada en el trabajo, la dignidad, el humanismo y la ética de sus ciudadanos para el disfrute de la libertad, la equidad, la igualdad, la solidaridad, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva».

Desde ese mismo artículo resaltan particularmente tres aspectos muy renovadores, algo que tipificará en otros muchos preceptos la voluntad política expresada en esta Constitución. El primero de ellos es la centralidad que se le ofrece al derecho, singularizado aquí por ser de naturaleza socialista. Le siguen por su interés la preminencia de la justicia social y del carácter democrático del Estado.

No resulta casual por ello que entre las nuevas propuestas lo que más suspicacia levante sea el efecto que puedan tener las transformaciones en el carácter y la naturaleza del estado y sus implicaciones en la justicia social, que lo definen.

Incluso quienes apuestan más convencidamente por estos cambios no escapan de la preocupación —pese a mantenerse incólumes, en su formulación, los pilares de justicia social alcanzados, porque hay peligros reales derivados de la expansión de la propiedad privada, la acentuación de las diferencias sociales por la acumulación de riqueza, la creciente corrupción, la falta de rigor en el cumplimiento de la ley, lo que incluye la preocupante indisciplina fiscal y el compadreo ilegítimo entre actores públicos y privados, entre otras deformaciones ya presentes.

Se trata de un Estado Socialista que debe incentivar y promover la riqueza, y que con ese propósito acepta la acumulación legal de riqueza, pero que nunca podría permitirse aceptar, con indiferencia, la pobreza y la marginación, que comienzan a hacerse dolorosamente visible.

Es un Estado que acepta la riqueza, pero que debe ser absolutamente incompatible con la injusticia o la merma de la dignidad plena del hombre. La Revolución, como me reafirmó un cura jesuita santiaguero, enseñó a dar por justicia lo que antes se daba por caridad.  Podemos soñar y diseñar una sociedad solidaria y socialmente responsable, pero la meta está en la justicia y no en la caridad pública.

No podemos ignorar que en una sociedad más desigual siempre habrá mayor peligro, como alertó Fidel, de que la igualdad ante la ley no signifique siempre igualdad de oportunidades.

Perder de vista lo anterior sería alimentar las teorías de quienes, desde las filas contrarias a la Revolución, o incluso para intentar defender las rectificaciones y transformaciones actuales, intentan levantar con sus discursos y sus actos un extraño muro entre los intereses de los ciudadanos, y los del Estado que estos eligieron para representar la soberanía de sus intereses y los de su país.

Por ello es tan importante que la volcánica actualización económica y social en marcha permita superar asunto tan delicado, que erosiona el espíritu cívico y hasta la gobernabilidad, como señalan analistas.

En el país armonioso entre aporte social, ingresos y bienestar que buscamos cristalizar con la propuesta, las leyes deben ser tales que se puedan hacer cumplir, como nos recuerda Montesquieu.

También resulta singular el acento puesto en la reconfiguración del Estado que se proyecta y su vocación democrática. Ya habíamos señalado en estas páginas que la sola discusión de si esa palabra —con todos sus significados— debería aparecer en dicho modelo provocó abundantes debates. Muchos aludían que sobraba mencionarla cuando de socialismo se trata, porque el modelo que no sea democrático ya no es socialista.

Pero definitivamente se impuso la coherencia y la honestidad para reconocer que no todos los modelos que se proclamaron bajo esos ideales lo fueron, y que en nombre de sistemas que dijeron asumirlos se cometieron pecados incontables, aunque deba recordarse aquí aquella idea leninista de que las revoluciones en sí, como procesos, son sabias, inequívocas, quienes se equivocan son los revolucionarios.

Sobre este tema vale repetir que el edificio verdadero que debemos habitar en la democracia socialista nuestra es aquel donde se honre cada vez más el artículo tercero de la Constitución del 76, que se mantuvo en igual lugar y sentido que la aprobada en el 2019: «En la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual emana todo el poder del Estado». En consecuencia, hay que continuar reconciliando nuestra institucionalidad política, estatal y gubernamental con los preceptos de la soberanía popular que deben marcar especialmente las aspiraciones del socialismo en este siglo.

Sobre este particular es válido destacar que la nueva estructura del Estado y su organización territorial con una muy acentuada descentralización, así como la naturaleza de los órganos del Poder Popular, la amplitud de las formas de propiedad, los derechos y garantías, acentúan, como nunca antes en la experiencia socialista cubana, la importancia de los contrapesos, un tema en el que hasta este momento no ocurrieron las profundizaciones y autocríticas necesarias.

Lo que estamos definiendo con los últimos y sorprendentes pasos es la suerte del más relevante contrato o pacto social y político cubano del siglo XXI. y convengamos, junto al Apóstol de todos nuestros sueños, en que nada es tan justo para alcanzarlo como la democracia puesta en acción.

Cuba asiste a la reconfiguración más dramática, del contrato social de la Revolución en el período socialista.  Si con la primera Constitución después de 1959, la de 1976, se desmontaba el orden burgués en el país para iniciar el camino de la construcción de una sociedad socialista, que reivindicaba y temporizaba las aspiraciones de una patria en libertad y con justicia social, con todos y para el bien de todos, como postuló José Martí, con la del 24 de febrero de 2019 y las transformaciones que se fundan en ella se apunta a superar el modelo de socialismo del siglo XX que, aunque corrosivo y deficiente como evidenció su derrumbe en la URSS y Europa del Este, resultó funcional para Cuba durante una larga etapa.

Entendida la lección de que entre los más graves errores de idealismo —reconocidos por Fidel— estuvo creer que alguien sabía cómo se construía el socialismo, el modelo cubano intenta hoy abrir sus propios caminos, bajo la premisa marxista y latinoamericana de José Carlos Mariátegui, de que este tiene que ser creación heroica.

Pero, sobre todo, no la creación de ninguna élite iluminada, sino la de un pueblo comprometido con un destino por el que luchó durante siglos. Por lo tanto, hay que evitar que tratando de ajustar lo tortuoso del sendero ocurra como al personaje de Juan en una fábula: «No quepa duda, duda no quepa, a Juan lo mató el camino, sí, lo mató el camino, lo afirmo y lo vuelvo a afirmar…».

Como tanto advierte Graziella Pogolotti, la contienda más importante de la contemporaneidad ocurre entre la tecnocracia y el humanismo. Esa es también la tremenda pelea cubana: reubicar exitosamente su modelo de socialismo en el tormentoso siglo XXI con el ser humano como el centro de todas las decisiones y como real protagonista. Liberar al hombre de toda enajenación, como adelantó el Che Guevara en El Socialismo y el hombre en Cuba.

La Revolución Cubana está desafiada a tomar adecuadas y sabias medidas técnicas, que a la vez estén perfectamente conectadas con su vocación humanista. En esa ecuación, al sumar, restar, dividir o multiplicar, siempre debería darnos perfectamente la cuenta. Para que lo social, en las nuevas transformaciones, no se convierta en el eje incómodo.

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