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Nuevos actores para dinamizar el escenario económico cubano (+Fotos y Video)

Cómo se implementarán los decretos-leyes sobre las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas no agropecuarias y el ejercicio del trabajo por cuenta propia.

Este y otros aspectos fueron abordados por varios ministros en la Mesa Redonda de este miércoles

Autores:

Ana María Domínguez Cruz
Yuniel Labacena Romero
Liudmila Peña Herrera
Monica Lezcano Lavandera

 

El perfeccionamiento de los actores económicos está vinculado con la necesidad de «prepararnos para aprovechar todas las potencialidades internas del país, todo el talento formado por la Revolución durante tantos años, las reservas que podemos explotar en función de respaldar una diversificación de la producción nacional y un crecimiento económico con el mínimo de componente importado».

Así lo afirmó este miércoles el vice primer ministro y titular de Economía y Planificación (MEP), Alejandro Gil Fernández, al intervenir en la Mesa Redonda. En esa dirección, subrayó la importancia del crecimiento económico sobre la base del incremento de la producción nacional, que no esté sustentada en un aumento de las importaciones.

Precisamente, el espacio radiotelevisivo estuvo dedicado a la importancia y los principales detalles para comprender la impronta de los decretos-leyes relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), las cooperativas no agropecuarias y el ejercicio del trabajo por cuenta propia, aprobados por el Consejo de Estado el 6 de agosto último.

También puntualizó que la economía cubana enfrenta una situación excepcional, debido a la pandemia de la COVID-19, con un gran impacto en los ingresos en divisas, pues la economía nacional perdió el pasado año más de 2 400 millones de dólares y en la actualidad ya son 480 millones menos de ingresos en divisas en el primer semestre, respecto a igual período de 2020, según sus declaraciones. Asimismo, subrayó el recrudecimiento del bloqueo con las 243 medidas impuestas por la administración Trump, que se mantienen vigentes.

Aprovechar las potencialidades internas

Gil Fernández explicó que la aprobación de los decretos-leyes como parte del perfeccionamiento de los actores de la economía cubana no está relacionada con los sucesos del 11 de julio, sino que responden a un proceso de elaboración, diseño y consenso de las normas jurídicas.

Informó que se trabaja en los últimos toques de las legislaciones, las cuales se publicarán en los próximos días en la Gaceta Oficial de la República, teniendo en cuenta que las personas necesitan un tiempo para poder leer, aprender y comprender los nuevos decretos.

El Ministro aclaró que el perfeccionamiento no se limita a las Mipymes, al trabajo por cuenta propia y a las cooperativas, sino que impacta también en la empresa estatal, principal actor económico cubano. En ese sentido, se refirió a la aprobación de un grupo de medidas para dotar de mayor autonomía a la empresa estatal, entre las que se encuentran la flexibilización de los indicadores directivos y la distribución de utilidades por la vía de ingreso al trabajador, y la eliminación de la obligatoriedad de aplicar la escala salarial.

Asimismo, dijo que las Mipymes son «un actor económico que nos debe dotar de una mayor flexibilidad, que puede aprovechar los recursos endógenos de los territorios; que puede ajustarse a un entorno más flexible, y que va a nacer dotado de una mayor autonomía para la toma de decisiones en cuanto a los precios».

Este tipo de empresas —aseguró— tendrá hasta cien trabajadores y se ha diseñado tanto en el sector no estatal como el estatal. Por eso se espera que dinamicen la empresa estatal, que ahora tiene la posibilidad de convertirse en empresa filial o formar una Mipyme a partir de la separación entre la propiedad y la gestión.

Gil Fernández explicó que en la actualidad se evalúa qué se crea como empresa filial o como micro, pequeña y mediana empresa, pues «esto lleva un rediseño de la estructura más tradicional del sistema empresarial en los últimos años (OSDE, empresa y UEB), teniendo en cuenta que aparecen los dos nuevos actores (la empresa filial y las Mipymes)».

Detalles necesarios

Por su parte, Johana Odriozola Guitart, viceministra del MEP, precisó que cada actor se corresponderá con la actividad y el diseño que tenga. El trabajo por cuenta propia —dijo— quedará para una actividad de hasta tres empleados; por tanto, los negocios que excedan esa cantidad de contratados tendrán que optar por Mipymes o por cooperativas no agropecuarias.

Añadió que las cooperativas no agropecuarias demandan como mínimo tres personas asociadas y recordó que son «una asociación voluntaria de personas que tienen en común la voluntad de cumplir un interés social y satisfacer necesidades económicas y sociales». Explicó que aquí la distribución de las ganancias se realiza a partir del aporte de los socios que son los dueños, y dijo que estas tendrán un régimen tributario más beneficioso.

Sobre las Mipymes, explicó que existirán las privadas, estatales y más adelante las mixtas (la fusión de las primeras), las cuales tendrán regulaciones propias. Tanto las privadas como las estatales están concebidas con formas de gestión similares.

A diferencia de las cooperativas no agropecuarias, la Viceministra señaló que «en el caso de la Mipyme privada el dueño es una o varias personas naturales, mientras que en la estatal el dueño o los socios es el Estado. «No es lo mismo ser un dueño persona natural que un dueño Estado. Es por ello que se ha tenido que concebir un diseño para las Mipymes estatales que tiene que ver con una transformación en el sistema empresarial estatal y la estructura actual».

Odriozola Guitart también habló de las novedades que trae este nuevo actor de la economía cubana. Enfatizó en que en Cuba pueden tener un único socio, ya sea una persona natural o el Estado, lo cual rompe con el concepto que plantea que, como mínimo, debían asociarse dos personas.

Las cooperativas no agropecuarias son una asociación voluntaria de personas que tienen en común la voluntad de cumplir un interés social y satisfacer necesidades económicas y sociales. Foto: Maykel Espinosa Rodíguez

Las Mipymes se diferencian de las cooperativas en que adoptan una forma jurídica diferente, explicó. «Una sociedad de responsabilidad limitada, que tiene componentes propios en su funcionamiento a partir de las aportaciones de los socios», detalló la Viceministra.

En el caso de la Mipyme estatal —apuntó— se ha diseñado un socio estatal que puede ser una empresa de esta categoría, una Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE), o una unidad presupuestada instrumental, estructura cuya única función es ser dueño en aquellas Mipymes estatales que sean de tipo locales.

Odriozola Guitart añadió que el representante del socio estatal no tiene que ser necesariamente un empleado en una empresa estatal: puede ser un experto, un profesor o un jubilado, quienes se podrán encargar de las inversiones fundamentales y de qué hacer con las ganancias. Puso el ejemplo de que podrá existir una Mipyme estatal, cuyo socio sea un ente presupuestado nacional, como universidades y centros de investigación.

La Viceministra afirmó que el MEP tiene la misión de conducir el proceso de aprobar y autorizar la creación de estos actores de la economía cubana. Las personas interesadas en constituir una Mipyme o una cooperativa no agropecuaria —informó— deberán acceder a una plataforma digital diseñada para agilizar el proceso, para llenar los datos en línea mediante navegación .cu (no se requiere navegación por internet). Para quien no tenga esta posibilidad, hay otras planillas que se pueden llenar y enviarlas al correo del MEP. El próximo paso es ir al banco porque estos actores tienen que crearse con una cuenta inicial de aportaciones.

«En este primer momento hemos concebido todo lo que tiene que ver con producción de alimentos, los proyectos de desarrollo local privados o estatales, los negocios de base tecnológica y los que han exportado a través de entidades empresariales estatales, y los negocios que tienen como concepto la economía circular, o sea, que usan recursos propios del país, que no llevan importación y lo que hacen es producciones a partir del reciclaje», puntualizó.

Medidas justas, racionales y efectivas

La ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, se refirió a las normativas existentes en la actualidad, como el Decreto-Ley sobre el ejercicio por cuenta propia, que es la norma general, la actualización del decreto de las contravenciones y un régimen especial de seguridad social que integra en una norma jurídica lo referente a los trabajadores por cuenta propia que existían, las cooperativas no agropecuarias y las Mipymes privadas.

Con estas normas jurídicas se elimina la dispersión legislativa, dijo. Especificó que el alcance de la actividad depende del tipo de proyecto que se presente, no existirán límites para ello y si el proyecto no se aprueba, la persona puede apelar ante el jefe inmediato superior de la autoridad que emite el certificado de validación.

«Los organismos y entidades nacionales que deben controlar y atender a los trabajadores por cuenta propia, en correspondencia con los permisos que se otorguen, tendrán sus representantes en las oficinas de trámites, en las cuales se concibió una ventanilla única para realizar todo lo necesario.

«Los interesados en ejercer la transportación de carga y pasajeros y los servicios auxiliares y conexos del transporte deben recibir en las oficinas del Ministerio de Transporte las licencias de Operación de Transporte. El resto de los trabajadores por cuenta propia que deseen ejercer otro tipo de actividad va a las oficinas de trámites en las direcciones municipales de Trabajo, y en caso de que se trate de un proyecto de trabajo mixto, es decir, donde se una el uso del trasporte con otras acciones, entrarán en esta oficina también», aseguró.

A partir de las nuevas decisiones se realizará una reinscripción de oficio de los actuales trabajadores por cuenta propia en el transcurso de hasta un año. Foto: Enrique González Díaz

La titular explicó que los trabajadores por cuenta propia al «único lugar al que deberán dirigirse es al banco, una vez que deban firmar y recoger la tarjeta magnética asociada a su cuenta fiscal». Afirmó que se prevé la realización de trámites en línea cuando se extienda en el país la firma digital.

En cuanto a la reinscripción de los actuales trabajadores por cuenta propia, dijo que será de oficio, salvo en el caso de los que requieran ampliar su proyecto de trabajo, quienes se dirigirán a la ventanilla única.

«Los que se van a reconvertir, de manera gradual y de acuerdo con la actividad que deseen ejercer, deben dirigirse a la oficina. Hasta que ese proceso no se inicie, pueden continuar con su actividad tal y como la hacen ahora. Los gobiernos provinciales del Poder Popular y los Consejos de la Administración municipales se encargan de atender, evaluar y controlar a los trabajadores por cuenta propia y enfrentar las ilegalidades», añadió.

Dijo además que se clasifican las contravenciones según la gravedad y que se establece la notificación preventiva «la cual es esencial porque el objetivo no es que los trabajadores por cuenta propia cesen su actividad ante una infracción; nos interesa educarlos».

En cuanto al régimen especial de seguridad social, detalló que se amplía la cobertura de riesgos. No hay diferencias entre los trabajadores, sea cual sea el sector en el que trabaja. «Modificamos la escala de contribución a la seguridad social porque la pensión que podrían generar estaría por debajo de la mínima del país, y eso no podemos permitirlo», aclaró.

También explicó que se hizo una disposición transitoria para que, durante los dos primeros años, quienes contribuyan con la escala anterior, puedan mantenerla o variarla, de acuerdo con lo regulado en el decreto-ley, y solo a partir del tercer año, todo debe realizarse según lo regulado ahora. Insistió Feitó Cabrera en la racionalidad, efectividad y justeza de las medidas que se aplican, «que es lo que nos ha guiado en este proceso».

Adecuaciones tributarias

Sobre las adecuaciones al trabajo por cuenta propia, la ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, explicó que se rediseña el régimen simplificado de tributación, en función de los ingresos obtenidos, o sea, aquellos cuyos ingresos anuales sean inferiores a 200 000 pesos y no contraten personas para el ejercicio de la actividad.

En cuanto a los tributos en el régimen simplificado, refirió que se debe pagar el 20 por ciento del ingreso mensual, descontando el mínimo exento de 3 260 pesos. El aporte se realiza de forma trimestral y no se realiza liquidación anual. Aun en el régimen simplificado, si los ingresos anuales superan los 200 000 pesos, corresponde realizar la liquidación y pago anual del impuesto sobre los ingresos personales.

La Ministra aclaró que se elimina el incremento de la base de cálculo del impuesto por la utilización de fuerza de trabajo en la medida que se contrata más personal. Sobre las cuentas bancarias fiscales, explicó que se generaliza la obligatoriedad de habilitar la cuenta a los trabajadores por cuenta propia que operen bajo el régimen general de tributación. Se flexibiliza su operatoria, se define como saldo mínimo 3 000 pesos y se elimina la obligación de depositar un porciento de los ingresos generados en el mes. En cuanto a las cooperativas no agropecuarias, se ratifica el régimen tributario ya aprobado para ellas.

Sobre las adecuaciones para las Mipymes, sus aportes tributarán a los presupuestos municipales ayudarán a la estrategia de desarrollo local, para el sostenimiento y crecimiento de los gastos sociales, aplicando un tipo impositivo del uno por ciento. Existirá una exoneración de este pago durante los dos primeros años de operaciones.

En cuanto a la aplicación del mínimo exento, la Ministra acotó que para el trabajo por cuenta propia del régimen general será de 39 120 pesos en la liquidación y pago anual del impuesto sobre ingresos personales mediante declaración jurada, mientras que en el régimen simplificado será de 3 260 pesos en el pago de las cuotas consolidadas mensuales.

Para las cooperativas no agropecuarias será de 39 120 pesos por cada socio en la liquidación y pago del impuesto sobre utilidades, y en las Mipymes, para los socios será de 39 120 pesos en la liquidación y pago anual del impuesto por los dividendos y para los empleados, 3 260 pesos en el pago mensual del impuesto sobre los ingresos personales.

Como incentivos fiscales generales, explicó que para los trabajadores por cuenta propia tendrán exención de pago por tres meses al constituirse, mientras que para las otras formas será de seis meses como término general y de un año para las de nueva creación que no deriven de la restructuración de otras formas organizativas.

Con la participación de todos

Finalmente, Alejandro Gil Fernández indicó que estas medidas se basan en un diseño integral y moderno, sustentado en la tecnología digital que pretende eliminar la burocracia y agilizar los procesos.

También nos permite entrar en una nueva etapa para la diversificación de la economía y a un nuevo escenario de desarrollo, que no estará ajeno a dificultades debido al entorno nacional e internacional. Todo se evaluará sistemáticamente y si hay que hacer ajustes serán realizados, precisó.

Como nación —manifestó— tenemos que concebir un modelo de desarrollo que brinde un programa de vida a las personas, sobre todo a los jóvenes, para que contribuyamos a la generación de empleos y oportunidades, un proyecto país con la participación de todos.

 

Vea aquí la transmisión en vivo:

 

 

 

 

 

 

 

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