Acuse de recibo
El pasado 2 de enero, esta columna reflejó la denuncia de la trabajadora Rosa Amelia Laurencio, acerca de lo que consideraba una arbitrariedad de la administración del Combinado de Secado de Arroz Reynaldo León Llera, perteneciente al CAI arrocero Ruta Invasora de Vertientes, en la provincia de Camagüey.
La demandante señalaba como una violación el hecho de que, desde que comenzó a laborar allí, le hicieran contratos por tiempo indeterminado, pero por ciclos. O sea, laboraba durante los tiempos de cosecha, y concluida esta iba para su casa sin remuneración alguna. Así durante cinco años.
Señalaba también que durante uno de esos períodos sin cosecha, le propusieron una plaza en un punto de control del CAI, la cual ocupó durante dos años, hasta que enfermó y permaneció en su casa con certificado médico. Y, según Rosa Amelia, fue cuando le otorgaron la plaza a otra trabajadora, y ella quedó sin ubicación ni remuneración.
Entonces la trabajadora decidió jubilarse, pero le fue imposible porque no constaba todo el tiempo como laborado, de acuerdo con el tratamiento de su contrato de trabajo, cuestionado por ella.
Así ella estuvo hasta julio de 2006, cuando hizo una reclamación al Órgano de Justicia Laboral del centro, el cual, asegura en su carta, le dio respuesta cinco meses después y declaró con lugar su demanda. La trabajadora considera que la han tratado muy a la ligera, porque solo le pagaron los seis meses anteriores a la reclamación. «Es una falta de respeto que en una sociedad como la nuestra se haya dejado a un trabajador a la deriva», concluía Rosa Amelia.
Entonces, este redactor solicitaba que alguien respondiera ante tales acusaciones. Y he aquí que responde Juan Antonio Brito Llanes, director de Trabajo y Seguridad Social en el municipio de Vertientes, quien aclara que Rosa Amelia, desde que inició su relación laboral con el combinado en junio de 1997, lo hizo mediante un contrato de trabajo que establece el carácter cíclico correspondiente a las cosechas arroceras, de acuerdo con la resolución 51 de 1988 y la resolución 8 de 2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Es cierto, reconoce, que ocupó una plaza en dos períodos en el punto de control, cuando este no era oficial. Pero a partir de que este último se institucionaliza como punto de la PNR y se aprueba la plaza de cocinera, optaron por la misma tres trabajadoras, incluyendo a Rosa Amelia. Y la comisión, por idoneidad, se la concedió a otra de ellas; nunca porque existiesen limitaciones de salud.
Precisa el director que cuando Rosa Amelia decidió jubilarse no contaba con el tiempo de trabajo requerido para ello, como todavía no lo cumple; no fue por el tipo de contrato ni el tratamiento dado a ella. En general, acumula como tiempo de servicio 23 años y unos días.
Y explica que la inactividad laboral de la trabajadora fue real. En ese período de cosecha, Rosa Amelia no se presentó en la entidad en los primeros siete días hábiles, como establecen las obligaciones de su contrato, el cual debió ser anulado y no se hizo. Por ello le dio derecho a establecer un proceso de reclamación ante el Órgano de Justicia Laboral, el cual la declaró con lugar. De ahí que le abonaran los seis meses.
Se pudo comprobar, abunda Brito, que la trabajadora hizo su reclamación el 20 de julio de 2006, la cual fue entregada al Órgano de Justicia Laboral el 28 de julio. Y este dictaminó en un plazo de 53 días y no de cinco meses, como la denunciante alega. Tal alargamiento se debió a la falta de coordinación del presidente del Órgano de Justicia Laboral y la administración de la entidad.
E informa que desde agosto de 2006 Rosa Amelia cumple un ciclo de trabajo en otra actividad en la propia unidad. Y desde octubre de 2006 se decidió que se mantendría permanentemente laborando hasta tanto alcance el tiempo de trabajo necesario.
Recalca finalmente que, de acuerdo con la investigación realizada, no ha existido tal desatención. Incluso son conocidos los esfuerzos de la unidad en la reconstrucción de la vivienda de la trabajadora, y en otras atenciones muy humanas que se le han proporcionado.