Con las nuevas resoluciones se beneficiarán los agricultores pequeños, incluyendo los usufructuarios de tierra, vinculados o no a cooperativas o entidades estatales. Autor: Roberto Ruiz Espinosa Publicado: 21/09/2017 | 05:39 pm
A partir del 21 de octubre próximo entrará en vigor la Resolución número 581/2013, emitida por el Ministerio de la Agricultura (Minag), la cual se hace acompañar de las resoluciones 352 y 137 del mismo año, procedentes de los ministerios de Finanzas y Precios, y de Turismo, respectivamente.
Las tres resoluciones se publicaron en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, en su edición número 24 extraordinaria, el pasado 9 de septiembre. Conjuntamente refrendan la comercialización directa en CUP de diferentes productos entre los establecimientos hoteleros y gastronómicos del sector turístico y las empresas estatales que tienen en su patrimonio organopónicos, las Unidades Básicas de Producción Cooperativa, las Cooperativas de Producción Agropecuarias, las Cooperativas de Créditos y Servicios, así como los agricultores pequeños, incluyendo los usufructuarios de tierra, vinculados o no a cooperativas o entidades estatales.
Entre los productos agrícolas que podrán comercializarse con esta aprobación figuran los que no estén procesados industrialmente. Incluye además la flores frescas, plantas ornamentales, arroz para el consumo, carbón vegetal, arreglos florales, servicios de jardinería, especies y condimentos secos, huevos de gallina y de codorniz.
Teresa Suárez Rey, especialista de la Dirección de Comercialización del Minag, subrayó que estas resoluciones aumentan la nomenclatura de productos que se autorizan a vender directamente al Turismo, al tiempo que ofrecen la posibilidad al productor de participar en la comercialización de los mismos, sin que tenga que mediar la base productiva.
Recordó que desde el 1ro. de diciembre de 2011 entró en vigor la Resolución 122 —con fecha 14 de noviembre de 2011—la cual autoriza a la base productiva para comercializar con los hoteles y recintos gastronómicos turísticos, de forma mayorista solo productos agrícolas sin procesar industrialmente, arroz para el consumo y carbón vegetal.
«Con la entrada en vigor, el 21 de octubre próximo de las tres resoluciones mencionadas, se abre el diapasón de los productos y servicios que pueden comercializarse, y el vínculo del productor con las entidades hoteleras no requerirá de intermediarios, como en tantas ocasiones solicitaron los agricultores», aclaró.
Explicó que desde que se publicaron en la Gaceta Oficial, y hasta el momento de su implementación, ha distado un tiempo prudencial, para que todos los implicados en las mismas, incluyendo los usufructuarios de tierra, tengan conocimiento pleno de lo que estas aprueban.
Especificó que los productos de la minindustria no se han incluido en las mencionadas directrices, debido a que las normas internacionales, y las agencias que aseguran al turista exigen registros de trazabilidad de los productos que se consumen, los cuales no están establecidos en todas las minindustrias del país.
Al modo en que se establecerán las relaciones de compraventa de los referidos productos y servicios hizo alusión la especialista, dejando claro que el contrato es fundamental para las mismas, como se establece en la Resolución 137/2013 del Ministerio de Turismo, y el pago a los productores se realizará a través de la Casa Financiera Fintur S.A., y los bancos.
«Los precios que acuerden las partes se fijan en pesos cubanos (CUP), tomando en consideración que el volumen de productos a contratar se enmarque en el aprobado en su presupuesto de gastos. El precio de venta de cada producto se fija por acuerdo entre la partes», estipula el artículo tres de la Resolución 137/2013.
Para ofrecer claridad acerca de las relaciones de compraventa entre las partes que participarán en la concreción de lo dispuesto, en la Resolución 352/2013, emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios, se define el procedimiento financiero para el tratamiento de los recursos presupuestarios requeridos y la contabilización de los pagos a los productores agropecuarios por ejercer las ventas de productos y servicios de manera directa al Turismo.
En su artículo 2 puntualiza que «en las transacciones a las que se contrae este procedimiento se aplicará una compensación de nueve pesos cubanos (CUP) por cada peso convertible (CUC) destinado por los establecimientos hoteleros y gastronómicos del sector turístico para el pago de los productos y servicios vendidos, de manera directa, por los productores agropecuarios».
Más adelante el artículo 6.1 de la Resolución del Ministerio de Finanzas y Precios, dicta que «el Ministerio de Turismo, a través de su Casa Bancaria Fintur S.A. y las instituciones bancarias, por indicaciones que deben recibir de los establecimientos hoteleros y gastronómicos, cuando efectúen compras de forma directa a los agricultores pequeños, incluidos los usufructuarios de tierra, retendrán el cinco por ciento del valor del pago de la referidas compras en pesos cubanos (CUP), por concepto de importe mínimo del impuesto sobre los ingresos personales a que están obligados estos productores, de conformidad con lo establecido en el artículo 361 de la Ley No.113 del Sistema Tributario, de fecha 23 de julio de 2012».
Mercado muy exigente
Teresa Suárez valoró como un proceso de identificación y socialización de ambas partes a los 22 meses de implementación de la primera Resolución que facilitó la comercialización de las cooperativas de manera directa con los hoteles y recintos gastronómicos turísticos —la 122 de fecha 14 de noviembre de 2011—, la cual quedará sin efecto después de que rija la 581/2013 a partir de octubre venidero.
«El número de bases productivas con contratos ha disminuido desde que comenzó a ponerse en práctica hasta la fecha, pero se han incrementado las ventas. Inicialmente, bajo el furor del entusiasmo, muchas de estas cooperativas contrataron sin estar seguras de cuán preparadas estaban para la exigencia de ese segmento del mercado que demanda una calidad suprema.
«En la medida en que se han sentado las pautas, se han ido decantando aquellas que no tienen condiciones para abastecer al Turismo, por no responder a sus demandas de calidad y variedades, y han permanecido las más competentes, sobre todo las que han acondicionado sus producciones al vaivén de las necesidades de este sector».
«Lo que sí no debe dejar de reconocerse es que las ventas directas tributan proporcionalmente a la sustitución de importaciones, aunque no se reflejen en las estadísticas. Donde ha funcionado este sistema ha prendido una relación entre productor y cliente que conlleva a la satisfacción de ese mercado exigente que es el Turismo».
José Omar Padrón Abreu, especialista de la Dirección de Comercialización del Minag, informó que de enero a agosto de este año 187 cooperativas han participado en las ventas directas al Turismo. Han firmado para este ejercicio 403 contratos, de estos 249 con hoteles y 61 con restaurantes, fundamentalmente de la red extrahotelera Palmares.
«Se vendieron en el mes de agosto 713 toneladas de productos. El comportamiento mensual oscila entre 600 y 800 toneladas», apuntó.
Afirmó que reportes de la ejecución del presupuesto del Estado, emitidos por el Ministerio de Finanzas y Precios, dan cuenta que desde enero y hasta el cierre de julio se han vendido directamente de la base productiva al Turismo 17 710 000 CUP. El año anterior se reportaron 7 339 000 CUP.
«Este salto es el resultado de las relaciones directas entre la base productiva y los establecimientos hoteleros y gastronómicos del Turismo, las cuales se perfeccionan y establecen una empatía basada en la exigencia y el respeto de las normas y los contratos».
Entre las provincias que más han consolidado la comercialización prácticamente del surco a los hoteles y redes gastronómicas del Turismo sobresalen La Habana y Matanzas, por razones obvias, pero también porque ha prendido entre sus productores la cultura de la calidad, la cual debe extenderse a todos los mercados, sin excluir los Mercados Agropecuarios Estatales.