Acuse de recibo
«Duele ver cómo se viola la legalidad con total impunidad, y el responsable de hacerla cumplir no cumple con su trabajo», manifiesta Yarily Castro Cruz, residente en calle 48 No. 1, entre 51 y carretera Patria, en el reparto La Victoria, de Morón, Ciego de Ávila.
Cuenta la remitente que el pequeño vecindario donde vive hace más de 20 años, colinda con la carretera Patria; y para acceder a esta usan un pasillo construido para ese fin, legalmente considerado como servidumbre de paso.
A fines de 2015, refiere, un vecino empezó a construir su vivienda, y decidió de forma unilateral y arbitraria cerrar el acceso al pasillo, adjudicándoselo a su propiedad. E hizo oídos sordos a los reclamos del vecindario, y obligó a este último a hacer un recorrido más extenso, totalmente oscuro de noche, por caminos irregulares de tierra y piedra, verdaderos lodazales cuando llueve.
Apoyada por la totalidad de los residentes, que aportaron sus firmas, Yarily se dirigió a reclamar a la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF). Y ante la ausencia de una respuesta, se desgastó visitando esa entidad durante todo 2016, primero en avanzado estado de gestación, y después con su hijo de meses de nacido. Y todo seguía igual.
Al fin, el 5 de mayo de 2017 la DMPF dictaminó Con Razón la queja de Yarily. En dicho dictamen se señala que en visita realizada por el técnico y un especialista de esa entidad, se comprobó que realmente existe el pasillo de servidumbre de paso, utilizado para el acceso de los vecinos que habitan el lugar desde antes de construida la vivienda de quien cerró el paso.
El dictamen establece que los vecinos continuarán el acceso por esa vía. Y quien la cerró no podrá oponerse, ya que en materia de servidumbre de paso, las regulaciones urbanas disponen que el propietario de una edificación sin salida a la vía pública tiene el derecho a acceder por la propiedad que promovió la servidumbre vecina; y el ancho de esta será de un metro como mínimo.
Yarily y el vecino demandado fueron citados a la DMPF y firmaron un acta de conformidad al respecto. Pero el demandado hizo caso omiso, y luego de ocho meses la situación permanece igual, a pesar de que ella ha reclamado a la DMPF que haga cumplir lo que ella misma dictaminó. Nunca le han dado una respuesta, afirma.
Lo más injusto es que te castiguen sin haber faltado a tu deber; por eso me escribe Mirelys García Díaz, residente en calle 101 No. 12809, apto. 9, entre 128B y Lindero, El Palmar, Marianao, La Habana.
Cuenta Mirelys que el 9 de enero Etecsa le interrumpió su servicio telefónico. Pensando en que la causa era una avería, llamó al 114, y le comunicaron que era ¡por falta de pago!
La clienta llamó al 112 y le dio a la operadora el número de transacción del pago realizado el 30 de diciembre, pues su esposo siempre liquida la cuenta mensual del teléfono mediante el cajero automático.
La operadora del 112 le comunicó que pasaría el dato a la oficina comercial de Etecsa en Marianao. Y al siguiente día fue hasta allí, donde le informaron que el servicio había sido interrumpido por un atraso de 2.14 CUP, que respondía al cambio de numeración que la empresa había realizado hacía dos meses a todos los clientes de la zona, por el cambio del gabinete.
Más allá de su disgusto, Mirelys hace unas cuantas preguntas que Etecsa debiera responder:
«¿Cómo me van a hacer responsable de un atraso de pago de algo que nunca se facturó? ¿Cómo me van a cobrar un cambio de numeración telefónica, cuando este se realiza por necesidad de Etecsa? ¿Cómo van a afectar el servicio telefónico de un cliente estando todas sus cuentas pagadas?».
Y al final, el puntillazo de Mirelys:
«En la oficina comercial de Etecsa en Marianao no fueron capaces de brindarme disculpas por tantas molestias».