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Sin bytes en la conciencia

Las huellas que dejamos en el mundo digital ¿a cargo de quiénes quedan? ¿Quién se ocupa de gestionar todo lo que hicimos en el ciberespacio cuando ya no estemos más? ¿Es posible designar a alguien para esta singular tarea?

Autor:

Yurisander Guevara

Antes de comenzar a escribir este reportaje pregunté al menos a 15 personas si habían pensado alguna vez qué pasará con todos sus datos digitales una vez que fallezcan. Cercanos como estamos, en el rango de edad, a las personas a las que les pregunté, aún no pensamos siquiera en la muerte. Pero de forma unánime todos los inquiridos confesaron que no saben cuál será el destino de sus registros digitales y preguntaron si pueden hacer algo al respecto.

Hasta la fecha, en Cuba y el mundo es escasa la existencia de una legislación que permita definir el destino de toda nuestra interacción con el mundo digital, aun cuando vivimos desde hace unas dos décadas en la era de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

El tema, aunque pueda parecer algo macabro, es digno de tomar en cuenta si analizamos que estamos rodeados de tecnologías con las que interactuamos, una tendencia que se incrementará por el rumbo de la Internet de las cosas y la informatización de nuestro entorno.

Morir en la era digital

Nuestros bienes quedan en poder de quienes así lo designemos mediante un testamento. En caso de no existir documento legal alguno, entonces hay leyes dictadas que otorgan derechos y deberes a nuestros descendientes y familiares.

Pero ya existe otro tipo de interacción, a partir del uso de los dispositivos digitales, que deja una huella. Así, además de la casa que pudiéramos poseer, la caja de cartón con nuestras fotos o un viejo auto que atesoramos, al partir de este mundo una buena parte de nosotros dejará archivos digitales, teléfonos celulares y cuentas en línea que alguna vez nos permitieron comunicarnos y expresarnos en la red de redes.

¿Qué pasa con todo esto?

Hace tres años Juventud Rebelde abordó el tema y aunque no son sustanciales los cambios desde entonces, hay ya algunas pautas para responder a la interrogante planteada.

Primero, los abogados mantienen su recomendación para que desde el mundo real preparemos los destinos de nuestros activos digitales. Una solución puede ser designar a uno o varios albaceas de nuestras cuentas, ordenador personal, celular y cualquier otro dispositivo que contenga datos privados para que sean ellos quienes se encarguen de ejecutar nuestra última voluntad al respecto.

No obstante, según señaló un reportaje de la BBC, es necesario que seamos muy específicos con todos nuestros activos digitales.

Y es que a lo largo de nuestras vidas dejamos un sinnúmero de huellas en el ciberespacio a las que muchas veces no prestamos atención.

Se trata de cuentas «fantasmas» que quedan en numerosos servicios en línea, como es el caso de los correos electrónicos. Una buena parte de los usuarios de este servicio ha tenido al menos dos cuentas en su vida. La primera quedó «en el aire» porque encontraron una opción mejor, olvidaron la contraseña o decidieron que no les gustaba el nombre de usuario escogido, por solo citar algunas causas.

Si bien no es un crimen poseer cuantos correos electrónicos consideremos pertinentes, acaso sería prudente eliminar las cuentas que hayamos decidido no utilizar más. De quedar a la deriva alguna de estas podría darse el caso, por ejemplo, de una acción de piratería y suplantación de identidad, algo problemático tanto en la vida como después la muerte.

Cuentas claras

En el estado de Delaware, Estados Unidos, una ley aprobada a finales de 2014 y que entró en vigor el primer día de este año brinda mayor acceso a nuestras cuentas en línea a las personas que previamente hayamos designado mediante un testamento.

El correo electrónico, las fotos, los videos o los mensajes en redes sociales quedan por tanto al alcance de esas personas.

Este nuevo cuerpo legal, llamado Ley de Acceso Fiduciario Uniforme de Activos Digitales, es el primero de su tipo en el mundo que permite a terceros administrar, distribuir, copiar o eliminar activos digitales tras la muerte de sus titulares.

La llamada Ley Delaware es, no obstante, solo aplicable en ese estado de la Unión, aunque aclara que tiene toda la validez sin importar dónde se hayan creado los contenidos digitales.

The Wall Street Journal señaló que esto podría entrar en conflicto con las leyes federales estadounidenses, promulgadas para proteger la privacidad de los consumidores, las cuales restringen a las empresas revelar los contenidos digitales sin consentimiento del propietario.

Y aunque hasta el momento no hay caso de una disputa legal conocida en la cual se enfrente la Ley Delaware con alguno de los gigantes de Internet, se avizoran problemas a corto plazo.

La debilidad jurídica en este sentido es tal que el destino de nuestros activos digitales en línea queda a merced de lo que dispongan las grandes compañías. Esto se aplica desde que se crea una cuenta en cualquiera de estos servicios, donde los acostumbrados Términos y condiciones —que casi nadie lee— explican cuán soberanos o no son nuestros datos.

Google, la mayor compañía de Internet, tomó la iniciativa hace un tiempo con su Administrador de cuentas inactivas, el cual permite decidir el destino de nuestro usuario. Aunque es un proceso medianamente engorroso permite que un correo electrónico en Gmail y otros servicios como YouTube o Blogger sean desactivados o gestionados por terceros si así lo deseamos.

Microsoft, entretanto, permite desactivar cuentas de forma limitada. Los correos electrónicos se eliminan mediante el proceso conocido como Pariente más cercano, el cual posibilita a la compañía comprobar que efectivamente su propietario falleció, aunque a veces tarda hasta seis meses.

Sin embargo, el almacenamiento en la nube, conocido como OneDrive, y la cuenta de Xbox Live, la consola de Microsoft, no prestan este servicio. Literalmente el usuario, si muere, queda a la deriva en el ciberespacio.

Facebook y Twitter, por su parte, no permiten el acceso a los datos de sus usuarios sin una orden judicial, aunque dan la posibilidad de que los perfiles se conviertan en «memoriales». Si los familiares prueban a estas compañías que el usuario falleció y solicitan cerrar su cuenta, las dos permiten hacerlo.

Yahoo! es aún más estricto y jamás dejará que nadie desactive o entre en tu cuenta bajo el principio de privacidad. Pero en este caso el usuario fallecido, luego de un período de no usar la cuenta pasa a ser desactivado y con el tiempo lo borran de los servidores.

Con Apple no existe posibilidad de transferencia alguna. La compañía tiene un principio de «no derecho de supervivencia», según el cual una cuenta no es transferible y cualquier derecho de la cuenta en Apple termina con la muerte. Así lo dice en sus términos y condiciones.

La música, aplicaciones y dispositivos asociados a los servicios de esta compañía son sencillamente intransferibles. No obstante, Apple aclara en ese mismo texto que en caso de muerte, si se envía una copia del certificado de defunción, «la cuenta se eliminará y todo el contenido será borrado».

En nuestro país no poseemos todavía un gran número de servicios en línea, pero los que existen tampoco contemplan el destino de nuestros datos en caso de muerte. En la plataforma de blogs Reflejos, por ejemplo, las Condiciones de Uso solo explicitan el destino de la cuenta en caso de inactividad por parte del usuario.

Aun cuando el mundo digital es todavía joven, los pocos asideros legales con que hoy contamos para legar nuestros datos indican que el camino que se debe seguir empieza por el mundo físico. Por ahora podría seguir algunos de los consejos de este reportaje, aunque el redactor espera sinceramente que ninguno de los que lean estas líneas use estos servicios en mucho tiempo.

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