Acuse de recibo
El pasado 13 de septiembre, y desde el municipio capitalino de Playa, Pedro Andrés González Cárdenas denunció aquí que el Sistema de Atención a la Familia (SAF) de calle 11, esquina a 86, en ese municipio, enfrentaba serios problemas para atender la alimentación de los ancianos y personas vulnerables que allí acuden.
Contaba que hacía tres meses que no surtían el botellón de gas requerido para cocinarles sus platos. Y ello generaba demoras en el servicio, pues tenían que recurrir a la olla eléctrica. Además, cuando hay apagón ni se sabe cuándo llegará la comida.
Y para colmo, añadía, el teléfono de allí no había sido pagado por la empresa de Gastronomía que hace unos meses atendía el SAF. Y la entidad que lo atiende actualmente, Comercio, no se hacía cargo de este.
«El resultado, decía, es que no tenemos teléfono al que llamar para conocer el menú del día y en qué momento se pueden ir a recoger los alimentos. Y en el caso del gas, hay problemas entre la empresa de Comercio y Cupet. Al parecer, la empresa no tiene dinero para pagar el gas», concluía.
Al respecto, responde Sara Cecilia Puig Ortiz, directora general de la Empresa de Gas Licuado de La Habana, que esa unidad de 11 y 86 es una de las diez amparadas en el contrato 854/2016 entre la Empresa Filial Municipal de Comercio de Playa y la Empresa de Gas Licuado.
Refiere que la asignación de la cifra de gas licuado para instituciones estatales transita por un proceso, en el que el Ministerio de Economía y Planificación asigna las toneladas de gas aprobadas en el plan para los consejos de la Administración provinciales. Y estos desglosan su cifra para sus entidades, municipios y unidades de servicio. Posteriormente cada empresa es la encargada de solicitar el servicio, según la asignación, a la Empresa de Gas Licuado. En el caso de la unidad de 11 y 86, informa que el 25 de enero se le sirvieron dos cilindros de 45 kg; el 22 de marzo, tres cilindros, y el 22 de abril, cuatro cilindros; y este fue el último consumo registrado, hasta la fecha en que se publicó la queja en Acuse de Recibo.
En mayo, señala, a pesar de contar con una asignación de cuatro cilindros, esa unidad no realizó pedido del servicio a la Empresa de Gas Licuado. En junio y julio, la Empresa Filial Municipal de Comercio de Playa no desglosó ni planificó cifra de consumo para ninguna de sus unidades, aunque contaba con la asignación del Consejo de la Administración Provincial (CAP). Y en agosto el CAP no otorgó cifra a la unidad y, por tanto, no se le solicitó el servicio a la Empresa de Gas Licuado.
«En mayo de 2022, dice, el CAP decidió pasar las empresas de Gastronomía a una filial de Comercio y Gastronomía. Y en el momento del traspaso existía una deuda con la Empresa de Gas Licuado que fue saldada, por lo que la deuda no es la razón para no prestar el servicio a las unidades del SAF.
«Es importante destacar que este tipo de instituciones son priorizadas, y no se les paraliza el servicio por incumplimientos de obligaciones contractuales.
«El 13 de septiembre de 2022, la Empresa Filial Municipal Comercio de Playa renovó el contrato con nuestra Empresa de Gas Licuado. Ese mes la unidad de 11 y 86 contaba con la asignación de dos cilindros, pero no realizó pedido del servicio a nuestra empresa. Posteriormente el 12 de octubre se solicitó un pedido de seis cilindros para esa unidad, el cual fue servido el 21 de octubre.
«Por las razones antes expuestas, afirmamos que nuestra empresa no es responsable del desabastecimiento de combustible presentado en la unidad de 11 y 86, pues nunca existió solicitud de servicio atrasada, y se declara su queja sin razón», concluye.
Agradezco la respuesta, que aclara lo concerniente a la Empresa de Gas Licuado y sus deberes para con los SAF. Pero la queja de Pedro Andrés evidentemente sí tenía razón, pues queda en entredicho la responsabilidad de la empresa de Comercio municipal, que ni siquiera ha respondido por ello a esta sección. Al final, los humildes comensales fueron los afectados.