Acuse de recibo
Ante un caso de «morosa jubilación», como el de Tirso Fagés —reflejado aquí el pasado 27 de enero—, no puede dilatarse la respuesta. Es asunto sensible. Por eso desde el 10 de febrero Marta Elena Feitó, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS), esclareció el asunto en carta a esta sección.
Comencemos por el detonante: Tirso, trabajador capitalino de 66 años de edad y 43 de trabajo, narraba que en junio de 2009 presentó su solicitud de jubilación, con todos los requisitos. Y la filial del INASS radicó su expediente. Pero cuando me escribió, aún no le había llegado la chequera. «¿No se estará violando la política de Seguridad Social que nuestra Revolución puede exhibir con orgullo en el mundo y que opacan hechos dilatorios como estos?», se preguntaba el demandante.
Aclara Marta que la explicación del caso se le había hecho llegar en noviembre de 2009 al reclamante, mediante carta firmada por la directora de la filial del INASS en Ciudad de La Habana. La misiva aclaraba que la dilación en la jubilación fue ocasionada por la entidad que realizó los trámites: el Establecimiento Penitenciario 1580, pues Tirso se encuentra cumpliendo una sanción penal en el mismo. Como se conoce, el recluso que continúa laborando en esa condición, acumula años para su jubilación.
La investigación reveló que, al ser revisado el expediente de Tirso en la filial municipal del INASS, fue devuelto al establecimiento solicitante en dos ocasiones, por encontrarse incompleta la documentación, «asunto que debió haber sido informado por la entidad al reclamante».
Precisa la Directora General que «los términos para la concesión de pensiones de Seguridad social se miden a partir del momento en que el expediente queda radicado en la Filial, una vez que cumple con los requisitos que la Ley exige para su tramitación, y no a partir de que los trabajadores solicitan jubilarse».
En el caso de Tirso, precisa, no fue hasta noviembre de 2009 que la entidad presentó el expediente de forma correcta, e inmediatamente se realizó el trámite. A Tirso se le concedió la pensión a partir del 1ro. de diciembre de 2009, mediante expediente 090863103, por un importe de 340 pesos mensuales; a cobrar en la agencia bancaria 2722, sita en el centro Comercial de Alamar, cercana a su domicilio.
Abunda en que al conocerse que Tirso actualmente tiene su dirección de residencia en el municipio de Plaza de la Revolución, junto a sus hijas, se realizó una visita allí. Y pudo conocerse que él había nombrado a una de ellas como su apoderada para el cobro de la pensión.
Agradezco la respuesta prolija y la atención pormenorizada al caso por parte del INASS. A fin de cuentas, un recluso es un cubano más, con los mismos derechos a jubilarse si acumuló años de labor y se incorporó en prisión al trabajo, con su remuneración correspondiente.
La información precisa y esclarecedora es profilaxis y sanidad mental y social. Por eso Martha Arévalo (26 de Julio Nro. 378, San Juan El Cristo, Bayamo, Granma) quiere saber qué ha sucedido con el cambio de televisores como parte de la Revolución Energética, que está paralizado.
«No sabemos cuándo continuará, y si las condiciones lo permitirán, teniendo en cuenta la situación financiera que nos afecta; además de la morosidad de muchas personas en el pago de los artículos entregados ya.
«Mi preocupación es saber si se continuará con el cambio de televisores, ya que si no fuera así, tendría que sacrificarme y comprarlo en el comercio en CUC, pues soy una trabajadora que solo recibo mi modesto salario».
La preocupación de Martha es justa: ella misma se adelanta a conjeturar lo que puede estar gravitando en la paralización de esos programas. Sea lo que fuere, siempre lo más saludable es informar y no dejar a las personas en la incertidumbre. El cubano, por su tremenda capacidad de comprensión, merece que se le explique, para saber a qué atenerse.